1、 Recomendacin UIT-R M.2091-0 (10/2015) Metodologa para calcular las necesidades de espectro para las comunicaciones del servicio mvil aeronutico (en rutas) por satlite en las bandas de frecuencias 1 545-1 555 MHz (espacio-Tierra) y 1 646,5-1 656,5 MHz (Tierra-espacio) relacionadas con las categoras
2、de prioridad 1 a 6 del Artculo 44 del Reglamento de Radiocomunicaciones Serie M Servicios mviles, de radiodeterminacin, de aficionados y otros servicios por satlite conexos ii Rec. UIT-R M.2091-0 Prlogo El Sector de Radiocomunicaciones tiene como cometido garantizar la utilizacin racional, equitativ
3、a, eficaz y econmica del espectro de frecuencias radioelctricas por todos los servicios de radiocomunicaciones, incluidos los servicios por satlite, y realizar, sin limitacin de gamas de frecuencias, estudios que sirvan de base para la adopcin de las Recomendaciones UIT-R. Las Conferencias Mundiales
4、 y Regionales de Radiocomunicaciones y las Asambleas de Radiocomunicaciones, con la colaboracin de las Comisiones de Estudio, cumplen las funciones reglamentarias y polticas del Sector de Radiocomunicaciones. Poltica sobre Derechos de Propiedad Intelectual (IPR) La poltica del UIT-R sobre Derechos d
5、e Propiedad Intelectual se describe en la Poltica Comn de Patentes UIT-T/UIT-R/ISO/CEI a la que se hace referencia en el Anexo 1 a la Resolucin UIT-R 1. Los formularios que deben utilizarse en la declaracin sobre patentes y utilizacin de patentes por los titulares de las mismas figuran en la direcci
6、n web http:/www.itu.int/ITU-R/go/patents/es, donde tambin aparecen las Directrices para la implementacin de la Poltica Comn de Patentes UIT-T/UIT-R/ISO/CEI y la base de datos sobre informacin de patentes del UIT-R sobre este asunto. Series de las Recomendaciones UIT-R (Tambin disponible en lnea en h
7、ttp:/www.itu.int/publ/R-REC/es) Series Ttulo BO Distribucin por satlite BR Registro para produccin, archivo y reproduccin; pelculas en televisin BS Servicio de radiodifusin (sonora) BT Servicio de radiodifusin (televisin) F Servicio fijo M Servicios mviles, de radiodeterminacin, de aficionados y otr
8、os servicios por satlite conexos P Propagacin de las ondas radioelctricas RA Radioastronoma RS Sistemas de deteccin a distancia S Servicio fijo por satlite SA Aplicaciones espaciales y meteorologa SF Comparticin de frecuencias y coordinacin entre los sistemas del servicio fijo por satlite y del serv
9、icio fijo SM Gestin del espectro SNG Periodismo electrnico por satlite TF Emisiones de frecuencias patrn y seales horarias V Vocabulario y cuestiones afines Nota: Esta Recomendacin UIT-R fue aprobada en ingls conforme al procedimiento detallado en la Resolucin UIT-R 1. Publicacin electrnica Ginebra,
10、 2015 UIT 2015 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. Rec. UIT-R M.2091-0 1 RECOMENDACIN UIT-R M.2091-01 Metodologa para calcular las necesidades de espectro para las comunicacione
11、s del servicio mvil aeronutico (en rutas) por satlite en las bandas de frecuencias 1 545-1 555 MHz (espacio-Tierra) y 1 646,5-1 656,5 MHz (Tierra-espacio) relacionadas con las categoras de prioridad 1 a 6 del Artculo 44 del Reglamento de Radiocomunicaciones (2015) Alcance En esta Recomendacin se fac
12、ilita una metodologa destinada al clculo de las necesidades de espectro para el servicio mvil aeronutico (en rutas) por satlite en las bandas de frecuencias 1 545-1 555 MHz (espacio-Tierra) y 1 646,5-1 656,5 MHz (Tierra-espacio). Est destinada a ser utilizada para cuantificar las necesidades de espe
13、ctro relacionadas con las categoras de prioridad 1 a 6 del Artculo 44 del RR para el SMA(R)S a las que se aplican las disposiciones de la Resolucin 222 (Rev.CMR-12). Palabras clave SMA(R)S: requisitos de espectro; comunicaciones prioritarias; metodologa Abreviaturas/Glosario AES Estacin terrena de a
14、eronave. Como se define en el nmero 1.84 del RR, una AES es una estacin terrena mvil del servicio mvil aeronutico por satlite instalada a bordo de una aeronave AES (Nmero de) Nmero de AES realmente operativas dentro de la zona especificada de la red de satlite y conectada a esa red de satlites duran
15、te un periodo definido en una zona/haz particular. Tngase en cuenta que dentro del nmero de AES se incluyen nicamente las AES que prevn utilizar la red de satlites en cuestin SMA(R)S Servicio mvil aeronutico (en rutas) por satlite. Como se define en el nmero 1.36 del RR, el SMA(R)S es un servicio mv
16、il aeronutico por satlite reservado a las comunicaciones relativas a la seguridad y regularidad de los vuelos, principalmente en las rutas nacionales o internacionales de la aviacin civil AOC Control de operaciones aeronuticas. AOC son las comunicaciones requeridas para el ejercicio de la autoridad
17、sobre la iniciacin, desviacin o terminacin de un vuelo en el inters de la seguridad de la aeronave y de la regularidad y eficacia del vuelo ATS Servicio de trfico areo: ATS es un trmino genrico que significa de forma muy diversa servicio de informacin de vuelo, servicio de alerta, servicio de aviso
18、de trfico areo, servicio de control de trfico areo (servicio de control de rea, servicio de control de acercamiento o servicio de control de aerdromo) 1 La Federacin de Rusia se opuso a la adopcin de la Recomendacin por los motivos expuestos en el Informe del Presidente de la CE 4 a la AR-15 y decla
19、ra que la Recomendacin debe aplicarse nicamente entre los operadores que prestan servicios relativos a la transmisin de trfico del SMA(R)S con las prioridades 1 a 6 del Artculo 44 del RR y que los asuntos conflictivos relativos a la determinacin de las necesidades de espectro se resolvern entre los
20、operadores. 2 Rec. UIT-R M.2091-0 CS Con conmutacin de circuitos Erlang Unidad de intensidad de trfico. Es una magnitud sin dimensin que expresa la actividad vocal en unidades de tiempo que se constataran durante un cierto intervalo temporal, normalmente una hora. Se utiliza para determinar el nmero
21、 de circuitos necesarios para satisfacer la demanda de servicios vocales FEC Correccin de errores en recepcin GES Estacin terrena en tierra. La GES es una estacin terrena utilizada para los enlaces de conexin de un sistema del SMA(R)S. Equivale a una estacin terrena aeronutica, como se define en el
22、nmero 1.82 del RR IP Protocolo Internet RDSI Red digital de servicios integrados Recomendaciones, Informes de la UIT relacionados Recomendacin UIT-R M.1037-0 Objetivos en material de caracterstica de bits errneos para los radioenlaces del servicio mvil aeronutico (R) por satlite (SMA(R)S) Recomendac
23、in UIT-R M.1089-1 Consideraciones tcnicas para la coordinacin de sistemas mviles por satlite relacionadas con el servicio mvil aeronutico por satlite (R) en las bandas 1 545 a 1 555 MHz y 1 646,5 a 1 656.5 MHz Recomendacin UIT-R M.1180-0 Disponibilidad de los circuitos de comunicacin en los servicio
24、s mviles aeronuticos por satlite (R) (SMA(R)S) La Asamblea de Radiocomunicaciones de la UIT, considerando a) que, en la actualidad, los operadores de sistemas mviles por satlites geoestacionarios planifican la capacidad en las bandas de frecuencias 1 525-1 559 MHz (espacio-Tierra) y 1 626,5-1 660,5
25、MHz (Tierra-espacio) en reuniones de coordinacin multilaterales regionales, en el marco de los acuerdos concluidos entre sus respectivas administraciones, para coordinar peridicamente el acceso al espectro necesario para colmar sus necesidades, incluidas las necesidades de espectro del SMA(R)S para
26、la transmisin de mensajes de prioridad 1 a 6 del Artculo 44 del RR; b) que la metodologa empleada debe, por encima de todo, arrojar resultados precisos que no sobreestimen ni subestimen las necesidades de espectro; debe ajustarse lo ms posible a los algoritmos realmente utilizados por el sistema de
27、satlite en cuestin y debe ofrecer un medio simple, eficaz y rpido de determinar los requisitos de espectro; c) que esta metodologa para determinar los requisitos de espectro slo se aplicar a las comunicaciones del SMA(R)S con prioridad 1 a 6 del Artculo 44 del RR soportadas por el haz del sistema de
28、 satlite en cuestin; d) que la metodologa debe soportar el actual entorno del SMA(R)S, teniendo en cuenta, no obstante, los cambios que se operen en ese entorno durante el periodo considerado, incluida la puesta en servicio de nuevas redes del SMA(R)S, la modificacin de la oferta de servicio del ser
29、vicio de trfico areo (ATS) y del control de operaciones aeronuticas (AOC), del trfico, de los equipos de aeronave y de la tecnologa; e) que la metodologa debe tener en cuenta las caractersticas del equipo de aeronave y de la red de satlites, y slo debe tomar en consideracin los servicios y capacidad
30、es de transmisin del equipo Rec. UIT-R M.2091-0 3 de comunicaciones instalado en la aeronave, la estacin terrena en tierra (GES) y el satlite en cuestin; f) que la metodologa debe evitar contar dos veces el ancho de banda necesario para el trfico de comunicaciones en zonas donde se solapan las zonas
31、 de cobertura de dos o ms redes de satlites; g) que la informacin facilitada para cada red de satlites del SMA(R)S, que se utilizar para alimentar la metodologa, debe ser, en la medida de lo posible, verificable de manera independiente; h) que los parmetros utilizados por la metodologa deben estar c
32、lara y adecuadamente definidos y/o descritos, segn proceda, para evitar el riesgo de interpretacin errnea y para garantizar que se determinan adecuadamente los requisitos de espectro de las comunicaciones del SMA(R)S con prioridad 1 a 6 del Artculo 44 del RR asociadas a cada haz de satlite; i) que l
33、a metodologa slo debe tener en cuenta la porcin del espacio areo del cliente SMA(R)S en que se emplearn comunicaciones por satlite, excluyendo as el espacio areo de zonas donde se emplean comunicaciones por ondas mtricas (VHF) y decamtricas (HF), considerando adems a) que las necesidades de espectro
34、 de una red de satlites del SMA(R)S deben determinarse como las necesidades de espectro de cada haz de satlite; b) que se han de tener en cuenta las medidas correspondientes cuando el sistema de satlites del SMA(R)S puede configurar dinmicamente sus recursos de red de satlites; c) que se han de tene
35、r en cuenta las medidas correspondientes cuando la red de satlites del SMA(R)S tiene capacidad de compresin de voz y/o compresin de datos, y de soporte de tal compresin, reconociendo a) que la CMR-97 atribuy las bandas de frecuencias 1 525-1 559 MHz (espacio-Tierra) y 1 626,5-1 660,5 MHz (Tierra-esp
36、acio) al SMS para facilitar la asignacin de espectro a mltiples sistemas del SMS de manera flexible y eficiente; b) que la CMR-97 adopt el nmero 5.357A que da prioridad a la satisfaccin de las necesidades de espectro del SMA(R)S que transmite mensajes con prioridad 1 a 6 segn las categoras del Artcu
37、lo 44 en las bandas de frecuencias 1 545-1 555 MHz y 1 646,5-1 656,5 MHz; c) que la Resolucin 222 (Rev.CMR-12) atae a la utilizacin de las bandas de frecuencias 1 525-1 559 MHz y 1 626,5-1 660,5 MHz por el servicio mvil por satlite y a los procedimientos para garantizar un acceso al espectro a largo
38、 plazo para el servicio mvil aeronutico (R) por satlite; d) que en la Resolucin 422 (CMR-12) se invita al UIT-R a realizar estudios sobre una metodologa y a preparar una o varias Recomendaciones UIT-R al respecto, en las que se definan claramente los parmetros y las hiptesis que se han de emplear pa
39、ra calcular las necesidades de espectro del SMA(R)S en las bandas de frecuencias 1 545-1 555 MHz (espacio-Tierra) y 1 646,5-1 656,5 MHz (Tierra-espacio) para las comunicaciones de prioridad 1 a 6 segn las categoras del Artculo 44; e) que se han creado sistemas que ofrecen servicios de seguridad en b
40、anda ancha y que la OACI est estudiando su posible incorporacin en las normas de aviacin, observando a) que los sistemas del SMA(R)S son un elemento esencial de la infraestructura de comunicaciones normalizadas de la Organizacin de Aviacin Civil Internacional (OACI) utilizada en la gestin del trfico
41、 areo para la seguridad y la regularidad en los vuelos de aviacin civil; 4 Rec. UIT-R M.2091-0 b) que, como los recursos de espectro son limitados, es necesario que los diversos sistemas del SMS los utilicen de manera ms eficiente, recomienda 1 que en las bandas de frecuencias 1 545-1 555 MHz (espac
42、io-Tierra) y 1 646,5-1 656,5 MHz (Tierra-espacio), los requisitos de espectro de las comunicaciones del SMA(R)S con prioridad 1 a 6, segn las categoras del Artculo 44 del RR, que se asignen en reuniones de coordinacin de frecuencias bilaterales o multilaterales en virtud de la Resolucin 222 (Rev.CMR
43、-12), se calculen utilizando la metodologa descrita en el Anexo 1; 2 que cuando se acuerde utilizar la metodologa del Anexo 1 en una reunin de coordinacin de frecuencias, los participantes en dicha reunin se pongan tambin de acuerdo sobre los parmetros necesarios para utilizar esa metodologa; 3 que
44、, dado que no se dispondr de informacin histrica pertinente sobre los nuevos sistemas del SMA(R)S antes de que se pongan en servicio, los operadores del SMA(R)S establecidos faciliten puntualmente en las reuniones de coordinacin de frecuencias la informacin histrica pertinente aplicable a la zona de
45、 servicio de nuevo operador SMA(R)S, necesaria para determinar los requisitos de espectro para el primer ao de funcionamiento de los nuevos sistemas, utilizando la metodologa descrita en el Anexo 1; 4 que toda ambigedad de los parmetros especficos de la metodologa del Anexo 1 (por ejemplo, si los me
46、nsajes pertenecen a las categoras de prioridad 1 a 6 del Artculo 44 del RR) se resuelva por acuerdo mutuo de los supuestos; 5 que toda metodologa alternativa para determinar los requisitos de espectro de las comunicaciones del SMA(R)S de prioridad 1 a 6, segn las categoras del Artculo 44 del RR, que
47、 se asignen en reuniones de coordinacin de frecuencias bilaterales o multilaterales en virtud de la Resolucin 222 (Rev.CMR-12), se base en los principios y directrices de los considerando b) a i) y los considerando adems a) a c). Anexo 1 Mtodo de clculo de los requisitos de espectro para las comunic
48、aciones del SMA(R)S en las bandas de 1,5/1,6 GHz 1 Generalidades 1.1 Introduccin En virtud del nmero 5.357A, se han de satisfacer prioritariamente los requisitos de espectro de las redes de satlites del SMA(R)S para la transmisin de mensajes con prioridad 1 a 6 con arreglo al Artculo 44 del RR. En este Anexo se presenta una metodologa, que puede utilizarse para determinar los requisitos de espectro del SMA(R)S por cada haz de cada satlite para las comunicaciones del SMA(R)S. Cabe sealar que se utilizan habitualmente enlaces aire/tierra/aire en ondas mtricas (VHF) para pr
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