1、 Recomendacin UIT-R RS.1884(02/2011)Metodologa para determinar los criterios de comparticin y coordinacin deenlaces terrenales y espacio-Tierra delservicio de ayudas a la meteorologaen las bandas 400,15-406 MHz y 1 668-1 700 MHzSerie RSSistemas de deteccin a distanciaii Rec. UIT-R RS.1884 Prlogo El
2、Sector de Radiocomunicaciones tiene como cometido garantizar la utilizacin racional, equitativa, eficaz y econmica del espectro de frecuencias radioelctricas por todos los servicios de radiocomunicaciones, incluidos los servicios por satlite, y realizar, sin limitacin de gamas de frecuencias, estudi
3、os que sirvan de base para la adopcin de las Recomendaciones UIT-R. Las Conferencias Mundiales y Regionales de Radiocomunicaciones y las Asambleas de Radiocomunicaciones, con la colaboracin de las Comisiones de Estudio, cumplen las funciones reglamentarias y polticas del Sector de Radiocomunicacione
4、s. Poltica sobre Derechos de Propiedad Intelectual (IPR) La poltica del UIT-R sobre Derechos de Propiedad Intelectual se describe en la Poltica Comn de Patentes UIT-T/UIT-R/ISO/CEI a la que se hace referencia en el Anexo 1 a la Resolucin UIT-R 1. Los formularios que deben utilizarse en la declaracin
5、 sobre patentes y utilizacin de patentes por los titulares de las mismas figuran en la direccin web http:/www.itu.int/ITU-R/go/patents/es, donde tambin aparecen las Directrices para la implementacin de la Poltica Comn de Patentes UIT-T/UIT-R/ISO/CEI y la base de datos sobre informacin de patentes de
6、l UIT-R sobre este asunto. Series de las Recomendaciones UIT-R (Tambin disponible en lnea en http:/www.itu.int/publ/R-REC/es) Series Ttulo BO Distribucin por satlite BR Registro para produccin, archivo y reproduccin; pelculas en televisin BS Servicio de radiodifusin sonora BT Servicio de radiodifusi
7、n (televisin) F Servicio fijo M Servicios mviles, de radiodeterminacin, de aficionados y otros servicios por satlite conexos P Propagacin de las ondas radioelctricas RA Radio astronoma RS Sistemas de deteccin a distancia S Servicio fijo por satlite SA Aplicaciones espaciales y meteorologa SF Compart
8、icin de frecuencias y coordinacin entre los sistemas del servicio fijo por satlite y del servicio fijo SM Gestin del espectro SNG Periodismo electrnico por satlite TF Emisiones de frecuencias patrn y seales horarias V Vocabulario y cuestiones afines Nota: Esta Recomendacin UIT-R fue aprobada en ingl
9、s conforme al procedimiento detallado en la Resolucin UIT-R 1. Publicacin electrnica Ginebra, 2011 UIT 2011 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. Rec. UIT-R RS.1884 1 RECOMENDACIN
10、 UIT-R RS.1884 Metodologa para determinar los criterios de comparticin y coordinacin de enlaces terrenales y espacio-Tierra del servicio de ayudas a la meteorologa en las bandas 400,15-406 MHz y 1 668-1 700 MHz (2011) Cometido Esta Recomendacin proporciona informacin sobre la forma de determinar los
11、 criterios de comparticin y coordinacin de los enlaces terrenales y espacio-Tierra del servicio de ayudas a la meteorologa (radiosondas, radiosondas descendentes y cohetes sonda) que funcionan en las bandas 400,15-406 MHz y 1 668,4-1 700 MHz. La Asamblea de Radiocomunicaciones de la UIT, considerand
12、o a) que las bandas de frecuencia atribuidas las servicio de ayudas a la meteorologa pueden ser compartidas por sistemas que funcionan en otros servicios, incluidos los servicios de exploracin de la Tierra por satlite y de meteorologa por satlite; b) que los criterios de comparticin y coordinacin pa
13、ra estos sistemas deben hacer referencia al mximo nivel de interferencia que pueden aceptar procedente de una sola fuente interferente; c) que la metodologa empleada a fin de desarrollar los criterios de comparticin y coordinacin para los servicios de exploracin de la Tierra por satlite y de meteoro
14、loga por satlite pueden aplicarse a sistemas que funcionan en el servicio de ayudas a la meteorologa para determinar los niveles aceptables de interferencia procedente de una solo fuente iguales o superiores a los niveles admisibles, recomienda 1 que para el desarrollo de criterios de comparticin y
15、coordinacin y en los estudios de compatibilidad entre los servicios de exploracin de la Tierra por satlite y de meteorologa por satlite y el de ayudas a la meteorologa se utilice el mtodo indicado en el Anexo 1; 2 que como gua para la implementacin de la metodologa que figura en el Anexo 1 se emplee
16、 el ejemplo que aparece en el Anexo 2; 3 que a la hora de desarrollar criterios de coordinacin para sistemas especficos que funcionan en los servicios de exploracin de la Tierra por satlite y de meteorologa por satlite se consideren los criterios de interferencia de la Recomendacin UIT-R RS.1263 par
17、a el servicio de ayudas a la meteorologa en las bandas 400,15-406 MHz y 1 668,4-1 700 MHz. 2 Rec. UIT-R RS.1884 Anexo 1 Metodologa para determinar los criterios de comparticin y coordinacin 1 Divisin inicial de los criterios de interferencia En los casos en que intervienen servicios espaciales y ter
18、renales, es conveniente dividir inicialmente el nivel admisible de la potencia total de la seal interferente (es decir, el criterio de interferencia) entre la interferencia que llega a travs de trayectos de la seal terrenal (es decir, transmisiones de estaciones terrenas y terrenales) y a travs de t
19、rayectos de la seal en el sentido espacio-Tierra, porque el nmero supuesto de fuentes de interferencia y las estadsticas de interferencia asociadas normalmente difieren entre estas dos categoras de servicios interferentes. En otros casos, esta divisin inicial no es necesaria. La divisin inicial se r
20、ealiza mediante las siguientes ecuaciones: is (20) = i (20) (As /100) (1a) it (20) = i (20) is (20) (1b) it (pt) = i (p) is (ps) (2a) ps= p (as /100) (2b) pt= p ps(2c) donde: i (20): es el nivel admisible de potencia total de la seal interferente (W) que no debe rebasarse durante ms del 20% del tiem
21、po (es decir, el criterio de interferencia de larga duracin) is (20), is (ps): es el nivel de potencia de la seal interferente (W) presupuestado para las seales espacio-Tierra que no debe rebasarse durante ms del 20% y el psdel tiempo respectivamente it (20), it (pt): es el nivel de potencia de la s
22、eal interferente (W) presupuestado para los trayectos de la seal terrenal que no debe rebasarse durante ms del 20% y el pt% del tiempo respectivamente As: es el porcentaje de nivel admisible de potencia total de la seal interferente (W) adjudicada a la interferencia procedente de las seales espacio-
23、Tierra i (p): es el nivel admisible de la potencia total de la seal interferente (W) que no debe rebasarse durante ms del p% del tiempo (es decir, el criterio de interferencia a corto plazo) p: es el porcentaje de tiempo asociado al criterio de interferencia a corto plazo ps: es el porcentaje de tie
24、mpo durante el cual las seales espacio-Tierra pueden rebasar el umbral de interferencia pt: es el porcentaje de tiempo durante el que las seales que se propagan por trayectos terrenales pueden rebasar el umbral de interferencia as: es la porcin del porcentaje de tiempo p adjudicado a la interferenci
25、a procedente de las seales espacio-Tierra. Rec. UIT-R RS.1884 3 En las ecuaciones (1a) y (1b), los criterios de interferencia a largo plazo se dividen segn la potencia entre diferentes categoras. Ello se debe a que cabe esperar que los niveles de interferencia a largo plazo en los trayectos espacio-
26、Tierra y terrenales estn presentes simultneamente. Los criterios de interferencia a corto plazo se dividen, en las ecuaciones (2a), (2b) y (2c), entre categoras de interferencia espacio-Tierra y terrenal. No es probable que aparezcan simultneamente los niveles de interferencia mejorados a corto plaz
27、o. Sin embargo, debe considerarse la interferencia procedente de los trayectos espacio-Tierra en sus niveles a largo plazo cuando se establece el balance de interferencia a corto plazo para los trayectos terrenales de la seal interferente y viceversa. Los valores para los parmetros Asy asdeben selec
28、cionarse de manera que se correspondan con los niveles relativos de la interferencia esperada de los servicios espaciales y terrenales. Estos valores de los parmetros se estiman a partir de las atribuciones, las caractersticas del servicio interferente y el uso previsto de la banda de frecuencias en
29、 cuestin. 2 Determinacin de los niveles admisibles de interferencia procedente de una sola fuente La ecuaciones (3), (4a) y (4b) realizan la subdivisin de la interferencia presupuestada a los trayectos de seal espacio-Tierra (y a los trayectos de seal terrenales, cuando sea el caso) a fin de estable
30、cer un nivel admisible de potencia de la seal interferente procedente de transmisores individuales (por ejemplo, interferencia procedente de una sola fuente). i(20) = i (20) / n (3) i(p) = i (p) / yn (i (20) (1 y) (4a) p = p / n (4b) donde los parmetros en los que figura una prima () indican el nive
31、l admisible de la potencia de la seal interferente procedente de una sola fuente (es decir, el criterio de comparticin) y: i (20): es el nivel admisible de potencia de la seal interferente (W) para fuentes de interferencia espaciales o terrenales individuales (dependiendo del valor de i (20) que se
32、utilice) que no debe rebasarse durante ms del 20% del tiempo i (20): es el nivel admisible de potencia total de la seal interferente (W) para fuentes de interferencia espaciales o terrenales que no debe rebasarse durante ms del 20% del tiempo p: es el porcentaje de tiempo asociado a los criterios de
33、 interferencia a corto plazo (igual a Pso Pten los casos en que se realiza la subdivisin inicial de la interferencia) p: es el porcentaje de tiempo calculado para utilizarlo en la especificacin de los criterios de comparticin de una sola fuente y a corto plazo n: es el nmero equivalente de fuentes d
34、e interferencia espaciales o terrenales i (p): es el nivel admisible de potencia de la seal interferente (W) para fuentes de interferencia espaciales o terrenales individuales (dependiendo del valor de i (p) que se utilice) que no debe rebasarse durante ms del p% del tiempo i ( p): es el nivel admis
35、ible de potencia total de la seal interferente (W) para fuentes de interferencia espaciales o terrenales que no debe rebasarse durante ms del p% del tiempo 4 Rec. UIT-R RS.1884 y : es la fraccin de fuentes de interferencia espaciales o terrenales que producen interferencia a niveles mejorados (0 y 1
36、), (y es anlogo a un coeficiente de correlacin y normalmente es igual a 1/n; es decir, las fuentes de interferencia estn mutuamente no correladas) Las ecuaciones (3), (4a) y (4b) son similares en naturaleza a las ecuaciones (1a), (1b), (2a), (2b) y (2c). Los mrgenes de interferencia a largo plazo se
37、 subdividen segn la potencia y los mrgenes de interferencia a corto plazo se subdividen de acuerdo al porcentaje de tiempo. En la ecuacin (4), slo algunas fuentes de interferencia se suponen mejoradas en sus niveles a corto plazo porque no estn correlados. Si bien estas fuentes de interferencia estn
38、 potenciadas, se supone que el resto de fuentes se encuentran en sus niveles de larga duracin. Anexo 2 Ejemplo de aplicacin de la metodologa 1 Introduccin En este ejemplo se determinan los criterios de comparticin y coordinacin para los sistemas de ayudas a la meteorologa que funcionan en las bandas
39、 400,15-406 MHz (denominada en adelante banda de 403 MHz) y 1 668,4-1 700 MHz (denominada en lo que sigue banda de 1680 MHz). A efectos de referencia estas bandas estn atribuidas a ttulo primario al servicio de ayudas a la meteorologa (MetAids). 2 Metodologa para calcular los criterios de compartici
40、n y coordinacin de las ayudas a la meteorologa Los criterios de interferencia para las ayudas a la meteorologa figuran en la Recomendacin UIT-R RS.1263-1 y se indican a continuacin en los Cuadros 1 y 2. Con estos valores, los criterios de comparticin y coordinacin para las ayudas a la meteorologa pu
41、eden determinarse de conformidad con la metodologa indicada en el Anexo 1. 2.1 Divisin inicial de los criterios de interferencia El Anexo 1 seala que los niveles admisibles de interferencia de larga duracin para cada tipo de sistemas de ayudas a la meteorologa enumerados en los Cuadros 1 y 2 deben s
42、ubdividirse entre servicios terrenales (It(20) y trayectos espacio-Tierra (Is(20). Dado que la interferencia de larga duracin est presente durante grandes porcentajes de tiempo (los niveles de los servicios terrenales y de los trayectos espacio-Tierra estarn presentes simultneamente durante grandes
43、porcentajes de tiempo), la interferencia se divide sobre la base de la potencia. La subdivisin se efecta utilizando las ecuaciones (1a) y (1b) del Anexo 1. A efectos ilustrativos, en las bandas de 403 MHz y 1 680 MHz, la potencia se subdividir de forma que el 40% se atribuye a los trayectos espacio-
44、Tierra y el 60% a los trayectos terrenales. En el Cuadro 3 figuran los criterios de interferencia de larga duracin para servicios terrenales y trayectos espacio-Tierra. Rec. UIT-R RS.1884 5 CUADRO 1 Criterios de interferencia para sistemas de radiosondas del servicio de ayudas a la meteorologa Parme
45、tro Sistema de radiogoniometra (RDF) por radiosondas en 1 668,4-1 700 MHz Sistema de radiosonda GPS en 1,675-1,683 MHz Sistema de ayudas a la navegacin (NAVAID) con antena directiva en 400,15-406 MHz Sistema de NAVAID con antena omnidireccional en 400,15-406 MHz Anchura de banda de referencia del si
46、stema (kHz) 1 300 150 300 300 Potencia de la seal interferente (dBW) en la anchura de banda de referencia que no debe rebasarse ms del PLOCK-LOSS (%) del tiempo 135,3 137,2 141,9 No aplicable(2)Porcentaje de tiempo, PLOCK-LOSS (%)(2)0,02 0,025 0,02 No aplicable(2)Potencia de la seal interferente (dB
47、W) en la anchura de banda de referencia que no debe rebasarse ms del PDATA-LOSS% del tiempo 139,4 145,7 149,6 154,4Porcentaje de tiempo, PDATA-LOSS (%)(2)0,8 0,125 0,2 0,2 Potencia de la seal interferente (dBW) en la anchura de banda de referencia que no debe rebasarse ms del 20% del tiempo(2)155,2
48、152,6 156,1 156,1(1)Los sistemas con antenas omnidireccionales no son susceptibles de que la antena pierda la direccin de la seal debido a la interferencia o al desvanecimiento de la misma. (2)El porcentaje de tiempo sealado no debe rebasarse en ningn vuelo. 6 Rec. UIT-R RS.1884 CUADRO 2 Criterios d
49、e interferencia para sistemas de cohetes sonda y sondas descendentes del servicio de ayudas a la meteorologa Parmetro Sistema de sondas descendentes lanzadas desde aviones en 400,15-406 MHz Sistema de cohetes sonda en 400,15-406 MHz Anchura de banda de referencia del sistema (kHz) 20 3Potencia de la seal interferente (dB
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