1、 Rec. UIT-R SM.1050-2 1 RECOMENDACIN UIT-R SM.1050-2 Tareas que ha de realizar el servicio de comprobacin tcnica de las emisiones (1994-2003-2004) La Asamblea de Radiocomunicaciones de la UIT, considerando a) el Artculo 16 del Reglamento de Radiocomunicaciones (RR), que promueve la concepcin e insta
2、lacin de medios de comprobacin tcnica nacional e internacional de las emisiones; b) la importancia de suprimir la interferencia que se produce en el espectro electromagntico en los planos local, regional y mundial a fin de que los servicios y estaciones radioelctricos puedan funcionar en forma compa
3、tible, reduciendo al mnimo los recursos que requieren su instalacin y explotacin; c) los beneficios econmicos que representa para un pas la posibilidad de utilizar servicios de telecomunicaciones exentos de interferencia y fcilmente accesibles, tales como los servicios PCS, IMT-2000, celulares, etc.
4、; d) la necesidad de que el pblico en general pueda disponer de radiocomunicaciones, en particular emisiones de radiodifusin sonora y de televisin, con un nivel aceptable de interferencia; e) la necesidad de verificacin de las estaciones radioelctricas y de la zona de cobertura de una red radioelctr
5、ica; f) la utilidad general que tienen los datos de comprobacin tcnica de las emisiones para la gestin del espectro electromagntico por las administraciones; g) la utilidad de los datos que se obtienen mediante los programas especiales de comprobacin tcnica de las emisiones organizados por la Oficin
6、a de Radiocomunicaciones, por ejemplo a la hora de preparar Informes dirigidos a las Conferencias de Radiocomunicaciones o de recabar una asistencia especial de las administraciones para eliminar interferencias perjudiciales, tomando nota a) de que las tareas pueden distribuirse de distintas maneras
7、 en las organizaciones nacionales de gestin del espectro, recomienda que se utilicen los datos de comprobacin tcnica como una base para tomar decisiones sobre la reatribucin de bandas de frecuencias entre los distintos servicios de radiocomunicaciones, para reservar gamas de frecuencias operacionale
8、s para nuevas aplicaciones, etc., y que, en el marco de las actividades de gestin del espectro de las administraciones, se asignen a los servicios de comprobacin tcnica de las emisiones las tareas de observar la utilizacin del espectro que a conti-nuacin se indican, segn proceda: 1 asuntos relativos
9、 a la verificacin de la correcta utilizacin de las asignaciones de frecuencia y las caractersticas de la estacin: 1.1 comprobacin tcnica y demodulacin de las emisiones, con el fin de: 1.1.1 ayudar a identificar las fuentes de interferencia perjudicial; 2 Rec. UIT-R SM.1050-2 1.1.2 confirmar la confo
10、rmidad de las emisiones con las disposiciones nacionales e inter-nacionales en materia de identificacin de las seales, por ejemplo, distintivos de llamada; 1.1.3 identificar los transmisores no autorizados; 1.2 medicin de los parmetros y caractersticas de las seales que pueden violar las normas o re
11、glamentaciones nacionales o internacionales, a saber: 1.2.1 radiogoniometra, determinacin de posicin o radiorrecalada, para localizar las fuentes de interferencia perjudicial o las estaciones transmisoras cuyo funcionamiento no se ajusta a las normas o reglamentos nacionales o internacionales; 1.2.2
12、 frecuencia, con referencia a los cuadros de tolerancia de frecuencia; 1.2.3 anchura de banda ocupada, con referencia a los valores de anchura de banda asignados; 1.2.4 valores de las emisiones no deseadas, con referencia a los lmites del dominio de emisiones no esenciales o fuera de banda; 1.2.5 de
13、sviacin de frecuencia de las emisiones con modulacin de frecuencia, con referencia a los valores de desviacin asignados; 1.2.6 niveles de subportadora, con referencia a los niveles asignados; 1.2.7 clase de emisin para verificar las caractersticas de modulacin; 1.2.8 caractersticas tcnicas particula
14、res de un determinado tipo de servicio, por ejemplo radio-difusin de televisin, transmisiones de satlite de banda ancha, etc.; 1.2.9 medicin de los niveles de radiacin para verificar si se mantiene la conformidad con distintas normas tcnicas, como las normas de homologacin de los distintos tipos de
15、equipos que emiten radiacin; 1.2.10 hacer inspecciones peridicas de las instalaciones de radiocomunicacin, en colaboracin con otro servicio nacional o por su propia cuenta, para determinar si satisfacen las disposiciones tcnicas, operacionales y reglamentarias establecidas para la gestin del espectr
16、o; 2 asuntos relativos a la preparacin de los datos que permiten hacer una evaluacin cuanti-tativa del factor de utilizacin del espectro: 2.1 valores de intensidad de campo y densidad de flujo de potencia que permiten a los respon-sables de la gestin del espectro verificar: los estudios de propagaci
17、n o de asignaciones de frecuencia, los clculos de la relacin portadora/interferencia, los criterios de comparticin, los anlisis de prediccin de interferencias, etc.; 2.2 medicin de las relaciones de proteccin seal/interferencia (incluidos los casos de desinto-nizacin de frecuencias y de niveles de s
18、eales diferentes); 2.3 determinacin de ocupacin de las bandas de frecuencias dentro de determinados parmetros, incluida la utilizacin del transpondedor de satlite, para verificar la utilizacin de atribuciones y asignaciones y disponer de una referencia para la reatribucin y la reasignacin; que estas
19、 mediciones debern hacerse peridicamente para identificar tendencias; Rec. UIT-R SM.1050-2 3 2.4 determinacin de la separacin de frecuencias/geogrfica necesaria entre las estaciones; 2.5 determinacin de la zona de cobertura de una estacin radioelctrica y de las estaciones radioelctricas incluidas en
20、 una red; 3 asuntos relativos a la preparacin de informes especiales sobre los siguientes temas principales: 3.1 medicin del ruido radioelctrico ambiente, generalmente a largo plazo, para facilitar las decisiones de gestin del espectro, por ejemplo, la asignacin de frecuencia para la radiodifusin; 3
21、.2 participacin en el sistema internacional de comprobacin tcnica, segn proceda, y de conformidad con las condiciones del Artculo 16 del RR, para evitar la interferencia en general, y en particular la interferencia en las bandas de seguridad y de socorro, y tambin para proporcionar informacin para l
22、a preparacin de las Conferencias de Radiocomunicaciones; 3.3 elaborar informes resumidos de comprobacin tcnica para facilitar a los responsables de gestin del espectro el trabajo de normalizacin de los distintos parmetros de emisiones sobre una base idnea y eficaz; 3.4 utilizar tcnicas de muestreo f
23、ormales, reglamentadas y normalizadas para identificar los aspectos que plantean problemas particulares y que requieren una actividad de comprobacin tcnica adicional o ms intensa; 3.5 partiendo de la experiencia adquirida en el servicio de comprobacin tcnica, recomendar o proponer operaciones y procedimientos prcticos para eliminar la interferencia efectiva de radio-comunicaciones.
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