1、x Unin Internacional de TelecomunicacionesUIT-T D.156SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT Enmienda 1(05/2010) SERIE D: PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Principios generales de tarificacin Tasacin y contabilidad en el servicio telefnico internacional Externalidades de red Enm
2、ienda 1: Nuevo Anexo A Aplicacin prctica de la Recomendacin UIT-T D.156 Recomendacin UIT-T D.156 (2008) Enmienda 1 RECOMENDACIONES UIT-T DE LA SERIE D PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN TRMINOS Y DEFINICIONES D.0 PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Arriendo de medios de telecomunicaciones de uso pr
3、ivado D.1D.9 Principios de tarificacin aplicables a los servicios de comunicacin de datos por redes pblicas de datos especializadas D.10D.39 Tasacin y contabilidad en el servicio pblico internacional de telegramas D.40D.44 Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de telemensajes D.45D.49
4、Principios aplicables a la infraestructura GII-Internet D.50D.59 Tasacin y contabilidad en el servicio tlex internacional D.60D.69 Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de facsmil D.70D.75 Tasacin y contabilidad en el servicio videotex internacional D.76D.79 Tasacin y contabilidad en e
5、l servicio internacional de telefotografa D.80D.89 Tasacin y contabilidad en los servicios mviles D.90D.99 Tasacin y contabilidad en el servicio telefnico internacional D.100D.159Establecimiento e intercambio de las cuentas telefnicas y tlex internacionales D.160D.179 Transmisiones internacionales r
6、adiofnicas y de televisin D.180D.184 Tasacin y contabilidad en los servicios internacionales por satlite D.185D.189 Transmisin de informacin sobre cuentas mensuales internacionales de telecomunicaciones D.190D.191 Telecomunicaciones privilegiadas y de servicio D.192D.195 Liquidacin de los saldos de
7、las cuentas internacionales de telecomunicaciones D.196D.209 Tarificacin y contabilidad en los servicios internacionales de telecomunicaciones por la RDSI D.210D.269 Tarificacin y contabilidad en las redes de la prxima generacin D.270D.279 Tarificacin y contabilidad en las telecomunicaciones persona
8、les universales D.280D.284 Tarificacin y contabilidad en los servicios soportados por la red inteligente D.285D.299 RECOMENDACIONES APLICABLES EN EL PLANO REGIONAL Recomendaciones aplicables en Europa y en la Cuenca Mediterrnea D.300D.399 Recomendaciones aplicables en Amrica Latina D.400D.499 Recome
9、ndaciones aplicables en Asia y Oceana D.500D.599 Recomendaciones aplicables en la Regin frica D.600D.699 Para ms informacin, vase la Lista de Recomendaciones del UIT-T. Rec. UIT-T D.156 (2008)/enm.1 (05/2010) i Recomendacin UIT-T D.156 Externalidades de red Enmienda 1 Nuevo Anexo A Aplicacin prctica
10、 de la Recomendacin UIT-T D.156 Resumen El Anexo A a la Recomendacin UIT-T D.156 se refiere a la aplicacin prctica de la Recomendacin UIT-T D.156. Historia Edicin Recomendacin Aprobacin Comisin de estudios 1.0 ITU-T D.156 2008-10-30 3 1.1 ITU-T D.156 (2008) Amend.1 2010-05-21 3 ii Rec. UIT-T D.156 (
11、2008)/enm.1 (05/2010) PREFACIO La Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT) es el organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicaciones y de las tecnologas de la informacin y la comunicacin. El Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT (UIT-T) es
12、un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial. La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT), que se celeb
13、ra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendaciones sobre dichos temas. La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en la Resolucin 1 de la AMNT. En ciertos se
14、ctores de la tecnologa de la informacin que corresponden a la esfera de competencia del UIT-T, se preparan las normas necesarias en colaboracin con la ISO y la CEI. NOTA En esta Recomendacin, la expresin “Administracin“ se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto una administracin de telecom
15、unicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. La observancia de esta Recomendacin es voluntaria. Ahora bien, la Recomendacin puede contener ciertas disposiciones obligatorias (para asegurar, por ejemplo, la aplicabilidad o la interoperabilidad), por lo que la observanc
16、ia se consigue con el cumplimiento exacto y puntual de todas las disposiciones obligatorias. La obligatoriedad de un elemento preceptivo o requisito se expresa mediante las frases “tener que, haber de, hay que + infinitivo“ o el verbo principal en tiempo futuro simple de mandato, en modo afirmativo
17、o negativo. El hecho de que se utilice esta formulacin no entraa que la observancia se imponga a ninguna de las partes. PROPIEDAD INTELECTUAL La UIT seala a la atencin la posibilidad de que la utilizacin o aplicacin de la presente Recomendacin suponga el empleo de un derecho de propiedad intelectual
18、 reivindicado. La UIT no adopta ninguna posicin en cuanto a la demostracin, validez o aplicabilidad de los derechos de propiedad intelectual reivindicados, ya sea por los miembros de la UIT o por terceros ajenos al proceso de elaboracin de Recomendaciones. En la fecha de aprobacin de la presente Rec
19、omendacin, la UIT no ha recibido notificacin de propiedad intelectual, protegida por patente, que puede ser necesaria para aplicar esta Recomendacin. Sin embargo, debe sealarse a los usuarios que puede que esta informacin no se encuentre totalmente actualizada al respecto, por lo que se les insta en
20、carecidamente a consultar la base de datos sobre patentes de la TSB en la direccin http:/www.itu.int/ITU-T/ipr/. UIT 2010 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. Rec. UIT-T D.156 (2
21、008)/enm.1 (05/2010) iii NDICE Pgina Anexo A Aplicacin prctica de la Recomendacin UIT-T D.156 1 1 Constituye la prima de externalidad un elemento de costo que convendra aadir a otros elementos de costo contemplados en las Recomendaciones UIT-T D.93 y D.140? 1 2 A qu redes se aplica la prima de exter
22、nalidad? . 1 3 De qu forma se garantizar el pago de la prima de externalidad y su posterior utilizacin para el desarrollo de la red? 1 4 Quin recibe las primas de externalidad? . 2 5 Qu procedimiento se aplica para recaudar la prima de externalidad y controlar la utilizacin para la cual es asignada?
23、 . 2 6 Cul es la definicin de pases desarrollados y pases en desarrollo? 2 7 Qu mecanismo puede utilizarse para evitar la financiacin de las obligaciones de licencia original y de servicio universal con fondos provenientes del pago de la prima de externalidad? 2 8 Qu mecanismo puede utilizarse para
24、evitar la conclusin de acuerdos discriminatorios entre las principales empresas de telecomunicaciones en los pases desarrollados y sus filiales en los pases en desarrollo, as como abusos en el clculo de las primas en los acuerdos bilaterales? 3 9 Suponen las disposiciones contempladas en la Recomend
25、acin UIT-T D.156 una violacin de las disposiciones que figuran en los acuerdos de la OMC? . 3 Rec. UIT-T D.156 (2008)/enm.1 (05/2010) 1 Recomendacin UIT-T D.156 Externalidades de red Enmienda 1 Nuevo Anexo A Aplicacin prctica de la Recomendacin UIT-T D.156 (El presente anexo forma parte integrante d
26、e esta Recomendacin) 1 Constituye la prima de externalidad un elemento de costo que convendra aadir a otros elementos de costo contemplados en las Recomendaciones UIT-T D.93 y D.140? La prima de externalidad no es un elemento de costo sino ms bien la expresin financiera y la evaluacin de un benefici
27、o econmico (externalidad de red) obtenido por un agente econmico, en este caso los abonados a una red de telecomunicaciones. La prima es un elemento adicional al costo del servicio y debe considerarse que interviene en la fijacin del precio del servicio de la misma forma que, para obtener el precio
28、correspondiente, el margen de beneficio se aade al costo del servicio. 2 A qu redes se aplica la prima de externalidad? Como ya se indic, la prima de externalidad es la expresin financiera y la evaluacin de un beneficio obtenido por un agente econmico como consecuencia de la expansin de una red que
29、presenta posibilidades de crecimiento importantes en materia de nmero de abonados. La prima slo se aplicara a redes que tienen esas posibilidades1. 3 De qu forma se garantizar el pago de la prima de externalidad y su posterior utilizacin para el desarrollo de la red? El pago de la prima de externali
30、dad y su utilizacin para la expansin de la red en materia de nmero de abonados ser garantizado por las partes en la relacin y podra ser supervisado por los reguladores nacionales, llegado el caso: 1) El pago de la prima es registrado por los reguladores una vez efectuado y tras la recepcin del mismo
31、 por parte de los dos operadores en la relacin. 2) Al comienzo de cada ao, el operador que recibe la prima debe elaborar, utilizando esos fondos, un plan de expansin de su red en materia de nmero de abonados. Ese plan deber especificar las inversiones necesarias para la expansin propuesta y las corr
32、espondientes evaluaciones financieras. Se enviar una copia del plan al regulador y a la otra parte. 3) La ejecucin del plan es verificada por el regulador, que comunica los resultados de su verificacin a los operadores nacionales y extranjeros que pagan la prima. Estos ltimos tienen el derecho de en
33、viar una misin de verificacin al regulador. La tasacin de la prima se efectuar al inicio de cada periodo. _ 1Sudfrica seal que, en principio, las externalidades de red no slo se aplican a la expansin de las redes en materia de nmero de abonados sino tambin a la retencin de abonados marginales. 2 Rec
34、. UIT-T D.156 (2008)/enm.1 (05/2010) Los reguladores nacionales pueden tomar las medidas que consideren apropiadas si no se lleva a cabo la expansin. Por ejemplo, el regulador podra presentar un programa de expansin por medio de obligaciones reglamentarias impuestas al operador y, al mismo tiempo, s
35、e podra impedir que ese operador reciba la prima de externalidad durante un periodo de tres aos. En aras de la transparencia, los organismos reguladores podran dar a conocer los niveles de las primas de externalidad y los importes asignados a actividades de expansin financiadas por la prima, junto c
36、on otros datos estadsticos previstos por la UIT. 4 Quin recibe las primas de externalidad? Obtiene la prima de externalidad el operador de un pas en desarrollo cuya red tiene posibilidades de expansin en materia de nmero de abonados. Ese tipo de red supone un valor aadido a redes maduras y, en algun
37、os casos, saturadas. El nivel de la prima es proporcional al volumen del trfico con origen en un pas desarrollado y terminacin en la red del operador del pas en desarrollo. Es importante recordar que el pago de la prima tendr lugar nicamente cuando se trate de una externalidad de red genuina. 5 Qu p
38、rocedimiento se aplica para recaudar la prima de externalidad y controlar la utilizacin para la cual es asignada? El procedimiento de recaudacin ser el mismo que se utiliza para las tasas de distribucin. Los medios de control sern las auditoras realizadas por los organismos reguladores, que podrn ta
39、mbin adoptar las siguientes medidas: 1) Presentacin, al comienzo del ejercicio financiero, de un plan de expansin de la red en materia de nmero de abonados que se financiar con primas de externalidad. 2) Verificacin por parte del regulador de la adhesin a las estimaciones financieras con respecto a
40、la expansin y de la coherencia entre la utilizacin de los fondos y la prima recibida o que se va a recibir. 3) Evaluacin de las actividades de expansin realizadas, o que deben realizarse, en el marco de la financiacin de la prima de externalidad. 4) En caso de incoherencia, el regulador podr imponer
41、 una obligacin de expansin o una reduccin en el importe que debe abonar la parte que paga en intercambios posteriores. 5) La no observancia de las disposiciones pertinentes puede dar lugar, llegado el caso, a la adopcin de medidas por parte del regulador, por ejemplo la suspensin del pago de la prim
42、a durante un periodo de tres aos. 6 Cul es la definicin de pases desarrollados y pases en desarrollo? El PNUD ya los ha definido. 7 Qu mecanismo puede utilizarse para evitar la financiacin de las obligaciones de licencia original y de servicio universal con fondos provenientes del pago de la prima d
43、e externalidad? Este mecanismo formar parte de la funcin de control ejercida por el organismo regulador en el pas del operador que recibe la prima de externalidad. Las obligaciones reglamentarias asociadas a las licencias y al servicio universal se establecen en el mandato de cada operador y estn su
44、jetas a la verificacin permanente por parte del regulador, que garantiza el pleno cumplimiento de las obligaciones reglamentarias con respecto a la cobertura y la verdadera utilizacin de las primas de externalidad recibidas por sus operadores en la expansin de la red en materia de nmero de Rec. UIT-
45、T D.156 (2008)/enm.1 (05/2010) 3 abonados. El regulador puede tambin elaborar y publicar un informe de verificacin, con lo cual garantiza la transparencia en la aplicacin de la prima de externalidad de la red. 8 Qu mecanismo puede utilizarse para evitar la conclusin de acuerdos discriminatorios entr
46、e las principales empresas de telecomunicaciones en los pases desarrollados y sus filiales en los pases en desarrollo, as como abusos en el clculo de las primas en los acuerdos bilaterales? De la misma forma que procuran garantizar la adhesin a los principios de transparencia, no discriminacin y equ
47、idad en los acuerdos de interconexin, que constituyen acuerdos bilaterales entre operadores, los organismos reguladores tratan de garantizar el respeto a esos mismos principios en el clculo de las primas de externalidad de la red y su pago a los operadores. Con este propsito, se paga el mismo nivel
48、de prima, por minuto de llamada terminada, a cada operador destinatario dentro de un determinado territorio nacional. 9 Suponen las disposiciones contempladas en la Recomendacin UIT-T D.156 una violacin de las disposiciones que figuran en los acuerdos de la OMC? No. Las disposiciones de la OMC se aplican exclusivamente a las actuaciones de los gobiernos que son miembros de esa organizacin. La parte operativa de la Recomendacin UIT-T D.156 se aplica a los operadores, no a los gobiernos. Por ese motivo, dicha Recomendacin no puede violar las
copyright@ 2008-2019 麦多课文库(www.mydoc123.com)网站版权所有
备案/许可证编号:苏ICP备17064731号-1