1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-TD.186SECTOR DE NORMALIZACINDE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UIT(10/96)SERIE D: PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACINPrincipios generales de tarificacin Tasacin ycontabilidad en los servicios internacionales por satlitePrincipios generales de tarificacin ycont
2、abilidad para el servicio internacional detelecomunicacin bidireccional multipunto porsatliteRecomendacin UIT-T D.186(Anteriormente Recomendacin del CCITT)RECOMENDACIONES DE LA SERIE D DEL UIT-TPRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACINPara ms informacin, vase la Lista de Recomendaciones del UIT-T.TRMINOS
3、Y DEFINICIONES D.0PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN D.1D.299Arriendo de medios de telecomunicaciones de uso privado D.1D.9Principios de tarificacin aplicables a los servicios de comunicacin de datos porredes pblicas de datos especializadasD.10D.39Tasacin y contabilidad en el servicio pblico intern
4、acional de telegramas D.40D.44Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de telemensajes D.45D.49Tasacin y contabilidad en el servicio tlex internacional D.60D.69Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de facsmil D.70D.75Tasacin y contabilidad en el servicio videotex internacion
5、al D.76D.79Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de telefotografa D.80D.89Tasacin y contabilidad en los servicios mviles D.90D.99Tasacin y contabilidad en el servicio telefnico internacional D.100D.159Establecimiento e intercambio de las cuentas telefnicas y tlex internacionales D.160D
6、.179Transmisiones internacionales radiofnicas y de televisin D.180D.184Tasacin y contabilidad en los servicios internacionales por satlite D.185D.189Transmisin de informacin sobre cuentas mensuales internacionales detelecomunicacionesD.190D.191Telecomunicaciones privilegiadas y de servicio D.192D.19
7、5Liquidacin de los saldos de las cuentas internacionales de telecomunicaciones D.196D.209Tarificacin y contabilidad en los servicios internacionales de telecomunicacionespor la RDSID.210D.279Tarificacin y contabilidad en las telecomunicaciones personales universales D.280D.284Tarificacin y contabili
8、dad en los servicios soportados por la red inteligente D.285D.299RECOMENDACIONES APLICABLES EN EL PLANO REGIONAL D.300D.699Recomendaciones aplicables en Europa y en la Cuenca Mediterrnea D.300D.399Recomendaciones aplicables en Amrica Latina D.400D.499Recomendaciones aplicables en Asia y Oceana D.500
9、D.599Recomendaciones aplicables en la Regin frica D.600D.699RECOMENDACIN UIT-T D.186PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Y CONTABILIDAD PARA ELSERVICIO INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIN BIDIRECCIONALMULTIPUNTO POR SATLITEOrgenesLa Recomendacin UIT-T D.186 ha sido preparada por la Comisin de Estudio 3
10、(1993-1996) delUIT-T y fue aprobada por la CMNT (Ginebra, 9 - 18 octubre de 1996).ii Recomendacin D.186 (10/96)PREFACIOLa UIT (Unin Internacional de Telecomunicaciones) es el organismo especializado de las Naciones Unidasen el campo de las telecomunicaciones. El UIT-T (Sector de Normalizacin de las
11、Telecomunicaciones de laUIT) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin ytarifarios y publica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de lastelecomunicaciones en el plano mundial.La Conferencia Mundial de Normalizacin de las Telecom
12、unicaciones (CMNT), que se celebra cada cuatroaos, establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producenRecomendaciones sobre dichos temas.La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecidoen la Resolucin
13、 N. 1 de la CMNT (Helsinki, 1 al 12 de marzo de 1993).En ciertos sectores de la tecnologa de la informacin que corresponden a la esfera de competencia delUIT-T, se preparan las normas necesarias en colaboracin con la ISO y la CEI.NOTAEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para de
14、signar, en forma abreviada, tantouna administracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida detelecomunicaciones. UIT 1997Es propiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse o utilizarse, de ninguna forma o porningn medio, sea ste electrnico o mecnico, de fotocop
15、ia o de microfilm, sin previa autorizacin escritapor parte de la UIT.Recomendacin D.186 (10/96) iiiNDICEPgina1 Prembulo. 12 Descripcin del servicio 23 Principios de tasacin. 33.1 Componentes de las tarifas. 33.1.1 Extensiones de servicio entre la facilidad central del cliente y el centroprincipal. 3
16、3.1.2 Centro principal (incluye la estacin terrena principal y el centro demando/control). 43.1.3 Capacidad de transmisin 43.1.4 Estaciones terrenas distantes (incluidos los equipos asociados) 43.1.5 Extensiones de servicio entre las estaciones terrenas distantes y lasinstalaciones del cliente. 43.1
17、.6 Reserva del servicio. 43.1.7 Cancelacin del servicio 53.2 Tasas de percepcin 53.3 Mtodos de percepcin de las tasas 54 Contabilidad 64.1 Servicios del centro principal y estaciones terrenas distantes. 64.2 Capacidad de transmisin. 64.3 Extensiones de servicio. 64.3 Extensiones de servicio. 6Recome
18、ndacin D.186 (10/96) 1Recomendacin D.186PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Y CONTABILIDAD PARAEL SERVICIO INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACINBIDIRECCIONAL MULTIPUNTO POR SATLITE(Ginebra, 1996)La UIT-T,considerando(a) lo dispuesto en la Recomendacin F.141 sobre la definicin y prestacin de estos servici
19、os ysus caractersticas,recomiendaque las Administraciones (incluidas las empresas de explotacin reconocidas) apliquen los siguientesprincipios de tarificacin y contabilidad para los servicios internacionales multidestino por satlite.1 Prembulo1.1 La presente Recomendacin contiene principios generale
20、s de tarificacin y contabilidadaplicables a los servicios bidireccionales de acceso mltiple ofrecidos en una configuracin enestrella.1, 2, 3, 4El servicio permite transmitir informacin entre varios sitios distantes y un centroprincipal, as como las comunicaciones entre sitios distantes a travs del c
21、entro principal.1.2 En la prestacin de servicios de acceso bidireccional multipunto por satlite cabe hacer unadistincin entre los principios de tarificacin y contabilidad que se aplican, respectivamente, a: la capacidad de transmisin; el centro principal (estacin terrena principal y centro de mando/
22、control, junto con losequipos asociados); las estaciones terrenas distantes, generalmente denominadas en el mercado terminales demuy pequea abertura (VSAT, very small aperture terminals) o estaciones terrenas VSAT(incluidos los equipos asociados) en el mbito comercial; y cuando proceda, las extensio
23、nes entre las estaciones terrenas y las instalaciones de losclientes.1.3 Al aplicar esta Recomendacin, las Administraciones deberan tener en cuenta tambin lasdisposiciones generales de la Recomendacin D.1._1Los servicios punto a multipunto por satlite utilizados, por ejemplo, para radiodifundir text
24、o, imgenes odatos se tratan en las Recomendaciones F.140 y D.185.2Los servicios punto a multipunto por satlite utilizados, por ejemplo, para aplicaciones de recopilacin dedatos o telemetra no se tratan en esta Recomendacin, y quedan en estudio.3Tanto los servicios punto a multipunto como multipunto
25、a punto por satlite se pueden prestar utilizandofacilidades de acceso bidireccional mltiple por satlite.4Esta Recomendacin no trata los servicios de acceso bidireccional mltiple por satlite ofrecidos en unaconfiguracin de malla, en la que uno de los emplazamientos acta de centro administrativo de ma
26、ndo ycontrol.2 Recomendacin D.186 (10/96)1.4 Esta Recomendacin no se aplica a los servicios de transmisin de sonido e imagen, que sepueden ofrecer para complementar los servicios de acceso bidireccional mltiple por satlite. Cuandose ofrezcan, los servicios de transmisin de sonido e imagen se suminis
27、trarn de conformidad con lasRecomendaciones D.4 y D.180.Si bien las redes de telecomunicacin bidireccionales multipunto pueden tener capacidades detelefona, esta Recomendacin no se aplica a los servicios de la red virtual global (GVNS, globalvirtual network services). Cuando se ofrezcan, los servici
28、os GVNS se suministrarn de conformidadcon la Recomendacin D.286.1.5 Habitualmente, la Administracin que suministra los servicios de centro principal(Administracin coordinadora) coordinar la prestacin y explotacin de este servicio.1.6 Dado lo prescrito en 1.5, el abono al servicio de telecomunicacin
29、bidireccional multipuntolo coordinar y controlar normalmente el cliente de la Administracin que proporciona los serviciosde centro principal (cliente coordinador).2 Descripcin del servicio2.1 El servicio internacional de telecomunicacin bidireccional multipunto por satlite consisteen la puesta a dis
30、posicin de facilidades de telecomunicacin dedicadas exclusivamente al uso parael que han sido autorizadas sobre la base de los trminos y condiciones especificados en un acuerdode arriendo entre el o los clientes y las Administraciones que intervienen en la prestacin de servicioen los distintos pases
31、. Las Administraciones no son responsables del contenido de la transmisin nide la aplicacin de las leyes relativas a los derechos de autor.2.2 El servicio se puede ofrecer en varias modalidades tcnicas, de explotacin y propiedad,previo acuerdo de las Administraciones pertinentes.2.2.1 Si es necesari
32、o, se puede ampliar el servicio entre la instalacin del cliente coordinador y elcentro principal en la forma de:a) circuitos especializados permanentes;b) accesos con conmutacin de circuitos; oc) accesos con conmutacin de paquetes/tramas.2.2.2 El centro principal, que incluye la estacin terrena prin
33、cipal y el centro de mando/gestin sepuede ofrecer de las maneras siguientes:a) Como facilidades dedicadas a servir a un solo cliente coordinador o utilizadas por muchos enuna configuracin de centro principal compartido para formar subredes asignadas a distintosclientes coordinadores.b) Como propieda
34、d, ya sea del cliente coordinador o de la Administracin que presta losservicios de centro principal.c) Estacin terrena principal y centro de mando/control ubicados en el mismo sitio o distantesfsicamente y vinculados a travs de circuitos especializados permanentes.2.2.3 La capacidad de transmisin se
35、 ofrece en una de las tres modalidades siguientes:a) analgica o digital;b) utilizacin de tiempo completo, tiempo parcial u ocasional;c) con o sin admisin de derecho preferente.Recomendacin D.186 (10/96) 32.2.3.1 Utilizacin de tiempo completoLa capacidad de transmisin se establece 24 horas diarias, 7
36、 das por semana durante un periodocontractual especificado. Al determinar el periodo, las Administraciones pueden tener en cuenta lascondiciones impuestas por la organizacin que gestiona el sistema de satlite.2.2.3.2 Utilizacin de tiempo parcialLa capacidad de transmisin se pone a disposicin con arr
37、eglo a un calendario acordado previamentede intervalos de transmisin discretos reservados durante un periodo de uno o varios meses o aos.2.2.3.3 Utilizacin ocasionalLa capacidad de transmisin se establece de modo ad hoc, con una reserva previa por un periodomnimo acordado entre las Administraciones
38、pertinentes.2.2.3.4 Sin admisin de derecho preferenteEl servicio no puede ser interrumpido o terminado para prestar servicio a otro cliente. Hay dos tiposde servicio sin admisin de derecho preferente:a) protegido - servicio para el cual se garantiza el restablecimiento, yb) no protegido - servicio p
39、ara el cual el restablecimiento no se garantiza sino que est sujeto ala disponibilidad de una facilidad alternativa.2.2.3.5 Con admisin de derecho preferenteEl servicio puede ser interrumpido para prestar un servicio de mayor prioridad.2.2.4 Las estaciones terrenas distantes se pueden ofrecer de la
40、manera siguiente:a) Propiedad del cliente coordinador, del cliente local, del proveedor del servicio central o de laAdministracin local.b) Explotacin/mantenimiento por el cliente coordinador, el cliente local, el proveedor delservicio central o la Administracin local.2.2.5 Si se requiere se pueden s
41、uministrar extensiones del servicio entre las estaciones terrenasdistantes y las instalaciones del cliente en la forma de:a) circuitos especializados permanentes;b) accesos con conmutacin de circuitos; oc) accesos con conmutacin de paquetes/tramas.3 Principios de tasacin3.1 Componentes de las tarifa
42、sPor lo general, las tasas reflejan las facilidades suministradas y los servicios prestados, y tienen encuenta los costos. Al determinar las tasas, las Administraciones tendrn presente los principiossiguientes.3.1.1 Extensiones de servicio entre la facilidad central del cliente y el centro principal
43、Cuando el centro de mando/control est situado en los locales de las Administraciones, los derechospor concepto de extensiones desde/hasta la facilidad central del cliente estarn sujetos a losprincipios adoptados por la Administracin del pas correspondiente.4 Recomendacin D.186 (10/96)3.1.2 Centro pr
44、incipal (incluye la estacin terrena principal y el centro de mando/control)Las tasas de utilizacin de la estacin terrena principal y del centro de mando/control vienendeterminadas por varios factores, tales como el costo, el nmero y la velocidad binaria de loscircuitos puestos a disposicin, el nmero
45、 de estaciones terrenas distantes asociadas con la redasignada a un cliente coordinador dado, el protocolo de conversin, la gestin de la red, los serviciosde restablecimiento y redundancia ofrecidos.3.1.3 Capacidad de transmisinLas tasas de utilizacin de la capacidad de transmisin estn determinadas
46、por varios factores, comoel costo, la potencia, la cobertura geogrfica, la anchura de banda, la velocidad binaria puesta adisposicin, el que la utilizacin sea de tiempo completo, parcial u ocasional, y el que se admitaderecho preferente o no para el servicio.3.1.4 Estaciones terrenas distantes (incl
47、uidos los equipos asociados)La tasacin por la utilizacin de las estaciones terrenas distantes puede variar segn el propietario dela estacin terrena distante, la ubicacin fsica de dicha estacin, ya sea en las instalaciones delcliente o de la Administracin, la naturaleza de la instalacin, el soporte,
48、el mantenimiento o losservicios de licencia prestados. La lista siguiente indica algunas de las combinaciones habituales, sinmenoscabo de otras.3.1.4.1 Utilizacin de estacin terrena de propiedad del cliente y explotada por el mismo.3.1.4.2 Utilizacin de estaciones terrenas de propiedad del proveedor de servicio de centro principaly explotadas por el mismo.3.1.4.3 Utilizacin de estaciones terrenas de propiedad de la Administracin local y explotadas porla misma.3.1.4.4 Utilizacin de estaciones terrenas de propiedad del cliente y explotadas por el proveedor deservicio de ce
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