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ITU-T E 141 SPANISH-1993 INSTRUCTIONS FOR THE INTERNATIONAL TELEPHONE SERVICE《需话务员辅助的国际电话业务的话务员说明》.pdf

1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-TSECTOR DE NORMALIZACINDE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UITE.141(03/93)INSTRUCCIONESPARA ELSERVICIO TELEFNICOINTERNACIONALRecomendacin UIT-T E.141Ginebra, 1993ISBN 92-61-04823-4UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-TSECTOR DE NORMALIZACINDE LAS TELECOM

2、UNICACIONESDE LA UITINSTRUCCIONESPARA ELSERVICIO TELEFNICOINTERNACIONALGinebra, 1993ISBN 92-61-04823-4 UIT 1993Es propiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse outilizarse, de ninguna forma o por ningn medio, sea ste electrnico omecnico, de fotocopia o de microfilm, sin previa autor

3、izacin escrita por partede la UIT. 3 ndicePginaIntroduccin. 7Notas preliminaires 8SECCIN IDisposiciones generalesCaptuloI. Definiciones (Art. 1-27) 11II. Medios de comunicacin y disposiciones diversas (Art. 28-41). 23III. Categoras de comunicaciones, prioridades, facilidades especiales(Art. 42-62) .

4、 31IV. Registro de las peticiones de comunicacin (Art. 63-79) . 42V. Orden de establecimiento de las comunicaciones (Art. 80) 54VI. Limitacin de la duracin de las comunicaciones (Art. 81-84) 56SECCIN IITasacin de las comunicacionesCaptuloI. Reglas generales (Art. 85-94) . 61II. Modo de aplicar las t

5、asas (Art. 95-101) 68III. Tasacin de las comunicaciones de socorro, de Estado y de servi-cio (Art. 102-104) 73IV. Tasacin de las comunicaciones privadas urgentes (Art. 105) . 74V. Tasacin de las comunicaciones con facilidades especiales(Art. 106-113) 75 4 SECCIN IIIAsistencia de operadora en el serv

6、icio automticoPginaCaptuloI. Disposiciones generales (Art. 114-116) 83II. Ayuda de las operadoras (Art. 117-123). 85SECCIN IVExplotacin en servicio rpidoCaptuloI. Observaciones generales (Art. 124-135). 91II. Establecimiento de las comunicaciones (Art. 136-157) 99III. Establecimiento de las comunica

7、ciones con facilidades especiales(Art. 158-174) . 115IV. Supervisin de las comunicaciones. Dificultades (Art. 175-179). 128SECCIN VExplotacin con preparacin a la salidaNotas preliminares . 132CaptuloI. Principios generales (Art. 180-181) 133II. Establecimiento de las comunicaciones (Art. 182-184) 13

8、5 5 SECCIN VIExplotacin con preparacin de las comunicacionesPginaNotas preliminares . 138CaptuloI. Modalidades de explotacin (Art. 185-186) . 139II. Transmisin de las peticiones (Art. 187-190). 142III. Preparacin y establecimiento de las comunicaciones(Art. 191-198) . 145IV. Establecimiento de comun

9、icaciones con facilidades especiales(Art. 199-213) 149V. Supervisin de las comunicaciones (Art. 214-217) 158VI. Comunicaciones con dificultades de transmisin (Art. 218-222) . 161VII. Fijacin de la duracin tasable de las comunicaciones(Art. 223-224) . 164ndice alfabtico. 165 7 Recomendacin E.141INSTR

10、UCCIONES PARA LAS OPERADORAS DEL SERVICIOTELEFNICO INTERNACIONAL CON ASISTENCIADE OPERADORAIntroduccinAunque el servicio telefnico internacional ha evolucionadonotablemente a lo largo de los aos, la funcin de la operadora sigue siendo unelemento importante en la prestacin de servicios a los clientes

11、.Reconociendo las mayores exigencias de calidad de lascomunicaciones telefnicas en el servicio de voz y datos, las siguientesInstrucciones tienen por objeto preparar a las operadoras internacionales enel tratamiento de las peticiones de asistencia para establecer las conexiones ycomunicaciones inter

12、nacionales.A tal efecto, las Administraciones deben: atribuir la mayor importancia a la formacin profesional de lossupervisores y del personal que trabaja en puestos de operadorainternacional, y hacer todo lo posible para que estas Instrucciones se apliquencon diligencia.Se sealan a la atencin de la

13、s Administraciones las Recomenda-ciones E.140 (Servicio telefnico asistido por operadora), E.105 (Serviciotelefnico internacional) y F.17 (Aspectos operacionales de las telecomunica-ciones de servicio) del UIT-T. En las Recomendaciones de la serie E seencuentran mayores detalles sobre los principios

14、 operativos del serviciotelefnico pblico internacional.Por ltimo, una colaboracin estrecha y cordial entre las operadoras ysu cortesa y cumplimiento de estas Instrucciones facilitar enormemente laexplotacin eficaz del servicio telefnico internacional. 8 Notas preliminaresPara la definicin de las Ins

15、trucciones, vase el Artculo 2 delReglamento de las Telecomunicaciones Internacionales (Melbourne, 1988).Para los principios generales relativos a las Instrucciones, vase laRecomendacin C.3, incluidas las disposiciones relativas a su modificacinperidica y la fecha de entrada en vigor de las Instrucci

16、ones nuevas omodificadas.En las presentes Instrucciones, la expresin administracin seutiliza para designar, en forma abreviada, tanto una Administracin detelecomunicaciones como una empresa privada de explotacin reconocida.Evidentemente, los clientes y operadores son personas de ambossexos. La utili

17、zacin de pronombres y alusiones a un gnero especfico en estasInstrucciones no tiene ninguna implicacin y se entender que tambindesignan el otro gnero.currency1 currency1 currency1 currency1 currency1 SECCIN IDISPOSICIONES GENERALES_PAGE BLANCHE 11 CAPTULO IDefinicionesArtculo 1Central internacionalC

18、entral (situada en uno de los extremos de un circuito telefnicointernacional) que conmuta una comunicacin procedente de otro pas odestinada a l.Las Administraciones designarn o, en caso de utilizacin conjunta,acordarn las centrales que, en el territorio en que prestan servicios, seanconsiderados com

19、o centrales internacionales.Artculo 2Central de trnsito internacionalLlmase central de trnsito internacional a toda central que conmutacomunicaciones que tienen su origen y destino en otros pases.Artculo 3Central directora1. La central encargada del establecimiento de las comunicaciones y defijar el

20、 orden en que stas han de establecerse se denomina central directora. 12 2. Las Administraciones interesadas deben ponerse de acuerdo paradesignar la central directora.3. Por regla general, eligen como central directora:3.1 En caso de utilizacin de un solo circuito internacional, al centrointernacio

21、nal que explote dicho circuito, lado solicitante.3.2 En caso de utilizacin de dos o ms de dos circuitos internacionales:a) a la central internacional que tenga acceso al primer circuitointernacional, lado solicitante, ob) a la central de trnsito internacional que designen de comnacuerdo las Administ

22、raciones interesadas.Nota Puede ocurrir que los circuitos internacionales estn atendidos no slopor las operadoras de la central internacional, sino tambin por operadoras deotras centrales internacionales o nacionales que tengan acceso a esos circuitosmediante la utilizacin de un dispositivo de trnsi

23、to automtico. En este caso,desde el punto de vista del establecimiento de la comunicacin estas centralesinternacionales o nacionales deben asimilarse a una central directora.Artculo 4Operadora directoraLlmase operadora directora a la operadora que en el centro directoratiende el circuito director. L

24、a posicin atendida por la operadora directora esla posicin directora.Nota Sin embargo, puede ocurrir que el circuito internacional est tambinatendido por una operadora de otro centro internacional e incluso nacional. Eneste caso, esta operadora est asimilada a una operadora directora. 13 Artculo 5Ci

25、rcuito telefnico (internacional e interurbano)1. Un circuito telefnico es el conjunto de los medios necesarios paraestablecer un enlace directo entre dos centros o centrales (manuales oautomticos).2. Este circuito se denomina circuito internacional cuando enlazadirectamente dos centros internacional

26、es situados en pases diferentes.3. La expresin circuito interurbano se aplica a circuitos exclusi-vamente nacionales.Artculo 6Rutas de encaminamiento1. Son rutas de encaminamiento los circuitos utilizados para cursar eltrfico telefnico internacional entre dos centros internacionales determinadospor

27、acuerdo entre las Administraciones. Se clasifican en ruta primaria y rutassecundarias.1.1 Ruta primaria: Conjunto de circuitos normalmente utilizados parallegar al destino solicitado.1.2 Ruta(s) secundaria(s): Conjunto de circuitos que ha de utilizarse si enla ruta primaria hay exceso de trfico, si

28、la calidad de transmisin por la rutaprimaria es insuficiente o si se ha terminado el horario de servicio de la misma. 14 Artculo 7Comunicacin telefnicaUna comunicacin telefnica es la interconexin de dos aparatos oterminales telefnicos.Nota Una comunicacin telefnica puede efectuarse en servicio autom

29、tico opor operadora.Artculo 8Conferencia telefnicaConferencia telefnica es la utilizacin efectiva de una conexinestablecida, de forma automtica, o mediante operadora, entre los aparatos oterminales telefnicos del abonado llamante y del llamado. Una conexintelefnica puede tambin utilizarse para cursa

30、r comunicaciones de datos o defacsmil.Artculo 9Servicio automticoEn servicio automtico la comunicacin se establece sin asistencia deoperadora. El usuario marca el nmero necesario para obtener conexin directacon el aparato telefnico llamado. 15 Artculo 10Servicio de operadoraEn servicio de operadora

31、la llamada se establece con asistencia deoperadora. La comunicacin puede establecerse de forma semiautomtica omanual:1) En explotacin semiautomtica, una operadora internacionalestablece la comunicacin con la estacin o terminal llamado.2) En explotacin manual, la comunicacin es establecida por lasope

32、radoras internacionales de origen y de destino, posiblementecon asistencia de una o ms operadoras intermedias.Artculo 11Peticin de comunicacinLlmase peticin de comunicacin a la primera peticin formuladapor el usuario para obtener una comunicacin telefnica.Artculo 12Fases sucesivas de una comunicacin

33、En las fases sucesivas de establecimiento de una comunicacintelefnica internacional en servicio manual o semiautomtico, se distinguirnlos instantes y caractersticas siguientes:t0el solicitante ha formulado su peticin;t1la operadora directora ha recibido todos los detalles relativosa la peticin de co

34、municacin;t2la operadora directora efecta el primer intento de estable-cimiento de la comunicacin; 16 t3el telfono solicitado contesta o se informa al solicitante delmotivo por el cual no se establece la comunicacin;t4la persona solicitada (o la extensin solicitada) contesta o seinforma al solicitan

35、te del motivo por el cual no se establece lacomunicacin (este instante caracterstico slo tieneimportancia en los casos de comunicaciones de persona apersona);t5el fin de la comunicacin se produce generalmente cuando elsolicitante cuelga el receptor;t6desconexin, normalmente cuando el circuito intern

36、acional esliberado por la operadora o por el equipo de la centralinternacional del lado parte llamante.Artculo l3Tiempo de transmisin de la peticinEl intervalo de tiempo tl-t0es el tiempo necesario para transmitir lapeticin de comunicacin a la operadora directora.Artculo 14Demora1. El intervalo de t

37、iempo t2-t1la demora impuesta en el centro director alas peticiones de comunicacin.2. Por regla general, se informa de esta demora al solicitante. 17 Artculo 15Tiempo de establecimiento de una comunicacin1. El intervalo de tiempo:a) t3-tles el tiempo requerido para establecer una comunicacin deapara

38、to a aparato;b) t4-t1es el tiempo total de establecimiento de una comunicacinpersonal.2. En ambos tiempos esta incluida la demora eventual en el centrointernacional de salida.Artculo 16Duracin de una comunicacinEl intervalo de tiempo:a) t1-t3es la duracin de una comunicacin de aparato a aparato;b) t

39、5-t4es la duracin de una comunicacin personal.Artculo 17Duracin tasable1. Llmase duracin tasable de una comunicacin al intervalo de tiempoque se toma en consideracin para calcular la tasa aplicable a estacomunicacin.2. En explotacin manual o semiautomtica, la duracin tasable es iguala la duracin de

40、la comunicacin, menos la de los diversos incidentes odificultades que hayan podido producirse en el curso de la misma. 18 Artculo 18Duracin tasada1. En servicio manual y semiautomtico, la duracin tasada de unacomunicacin cuyo importe se percibe del abonado solicitante (o del abonadosolicitado en los

41、 casos de una comunicacin de cobro revertido) es la duracintasable redondeada por exceso al prximo nmero entero de minutos.2. En servicio automtico, pueden adoptarse otras disposicionesconformes con las Recomendaciones del UIT-T.Artculo 19Tiempo de ocupacin de un circuito internacional1. El interval

42、o de tiempo t6-t2es el tiempo de ocupacin del circuitointernacional.2. Este intervalo comprende, en especial, la duracin de la comuni-cacin, la duracin de las maniobras y la del intercambio de expresiones deservicio.Nota Se entiende por maniobras la intervencin de las operadoras y, a lavez, el funci

43、onamiento de los rganos de conmutacin.Artculo 20Demora en contestar de las operadoras en un circuito internacional1. En el centro internacional de origen, por demora en contestar de lasoperadoras se entiende el intervalo de tiempo que transcurre entre el momentoen que se ha terminado la transmisin d

44、e la llamada destinada a otro centrointernacional y el momento en que contesta una operadora de este ltimo. 19 2. En el centro internacional de destino, por demora en contestar de lasoperadoras se entiende el intervalo de tiempo que transcurre entre el momentoen que se produce una llamada en una pos

45、icin de este centro y el momento enque contesta una operadora.Artculo 21Explotacin en servicio rpido1. La explotacin en servicio rpido, manual o semiautomtico, entraaun intento de establecimiento de la comunicacin por el centro internacional deorigen, inmediatamente despus de registrada en l la peti

46、cin de comunicacinpor la operadora que ha recibido la peticin.2. Existen:2.1 Explotacin en servicio rpido manualEste servicio da lugar a dos modos de explotacin:a) Explotacin en servicio rpido manual directoCon este modo de explotacin, la operadora del centrointernacional de origen se dirige directa

47、mente al destinatario.b) Explotacin en servicio rpido manual indirectoCon este modo de explotacin, la operadora del centrointernacional de llegada sirve de intrprete entre la operadora delcentro internacional de origen y el destinario.2.2 Explotacin en servicio rpido semiautomticoEn este modo de exp

48、lotacin, la operadora del centro internacional deorigen dirige automticamente las operaciones de conmutacin que permitenobtener, bien el aparato solicitado, bien una operadora de un centrointernacional de destino o de trnsito (o una operadora de una central manualdel pas de destino). 20 Artculo 22Explotacin con preparacin en la salidaLa explotacin con preparacin en la salida implica, inmediatamentedespus de registrada la peticin de comunicacin por una operadora del centrointernacional de origen,

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