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ITU-T F 19 SPANISH-1996 Collection and dissemination of official service information《电报业务 国际公众电报业务的操作方法》.pdf

1、 UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES UIT-T F.19SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT (10/1996) SERIE F: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIN NO TELEFNICOS Servicio telegrfico Mtodos de explotacin del servicio pblico internacional de telegramas Recopilacin y difusin de informacin of

2、icial de servicio Recomendacin UIT-T F.19 RECOMENDACIONES UIT-T DE LA SERIE F SERVICIOS DE TELECOMUNICACIN NO TELEFNICOS SERVICIO TELEGRFICO Mtodos de explotacin del servicio pblico internacional de telegramas F.1F.19 La red gntex F.20F.29 Conmutacin de mensajes F.30F.39 El servicio internacional de

3、 telemensajes F.40F.58 El servicio internacional tlex F.59F.89 Estadsticas y publicaciones relativas a los servicios telegrficos internacionales F.90F.99 Servicios de telecomunicacin a horas fijas y arrendados F.100F.104 Servicio de telefotografa F.105F.109 SERVICIO MVIL Servicio mvil y servicios po

4、r satlite con destinos mltiples F.110F.159 SERVICIOS DE TELEMTICA Servicio facsmil pblico F.160F.199 Servicio teletex F.200F.299 Servicio videotex F.300F.349 Aspectos generales de los servicios de telemtica F.350F.399 SERVICIOS DE TRATAMIENTO DE MENSAJES F.400F.499 SERVICIOS DE DIRECTORIO F.500F.549

5、 COMUNICACIN DE DOCUMENTOS Comunicacin de documentos F.550F.579 Interfaces de comunicacin de programacin F.580F.599 SERVICIOS DE TRANSMISIN DE DATOS F.600F.699 SERVICIOS AUDIOVISUALES F.700F.799 SERVICIOS DE LA RDSI F.800F.849 TELECOMUNICACIN PERSONAL UNIVERSAL F.850F.899 FACTORES HUMANOS F.900F.999

6、 Para ms informacin, vase la Lista de Recomendaciones del UIT-T. UIT-T F.19 (10/1996) i Recomendacin UIT-T F.19 RECOPILACIN Y DIFUSIN DE INFORMACIN OFICIAL DE SERVICIO Orgenes La Recomendacin UIT-T C.2, revisada por la Comisin de Estudio 1 (1993-1996) del UIT-T, fue aprobada por la CMNT el 18 de oct

7、ubre de 1996. Ulteriormente, fue renumerada F.19 por la Comisin de Estudio 2 (2001-2004) el 25 de enero de 2002 sin ser modificada. ii UIT-T F.19 (10/1996) PREFACIO La UIT (Unin Internacional de Telecomunicaciones) es el organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicac

8、iones. El UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunica-ciones en el plano mundial. L

9、a Conferencia Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (CMNT), que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendaciones sobre dichos temas. La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es

10、 el objeto del procedimiento establecido en la Resolucin 1 de la CMNT. En ciertos sectores de la tecnologa de la informacin que corresponden a la esfera de competencia del UIT-T, se preparan las normas necesarias en colaboracin con la ISO y la CEI. NOTA En esta Recomendacin, la expresin “Administrac

11、in“ se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto una administracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. PROPIEDAD INTELECTUAL La UIT seala a la atencin la posibilidad de que la utilizacin o aplicacin de la presente Recomendacin suponga el empl

12、eo de un derecho de propiedad intelectual reivindicado. La UIT no adopta ninguna posicin en cuanto a la demostracin, validez o aplicabilidad de los derechos de propiedad intelectual reivindicados, ya sea por los miembros de la UIT o por terceros ajenos al proceso de elaboracin de Recomendaciones. En

13、 la fecha de aprobacin de la presente Recomendacin, la UIT no ha recibido notificacin de propiedad intelectual, protegida por patente, que puede ser necesaria para aplicar esta Recomendacin. Sin embargo, debe sealarse a los usuarios que puede que esta informacin no se encuentre totalmente actualizad

14、a al respecto, por lo que se les insta encarecidamente a consultar la base de datos sobre patentes de la TSB. UIT 2002 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. UIT-T F.19 (10/1996) i

15、ii NDICE Pgina 1 Requisitos referentes a la informacin de servicio. 1 2 Recopilacin de datos para integrarlos en la informacin oficial de servicio 2 3 Apoyo administrativo de la TSB 2 UIT-T F.19 (10/1996) 1 Recomendacin F.19 RECOPILACIN Y DIFUSIN DE INFORMACIN OFICIAL DE SERVICIO (Aprovechada como U

16、IT-T C.2 en Helsinki, 1993; revisada en Ginebra, 1996, renumerada como F.19 en 2002) El UIT-T, considerando a) el artculo 1 de la Constitucin (Ginebra, 1992) y el artculo 15 del Convenio (Ginebra, 1992); b) el artculo 8 del Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales (Melbourne, 1988); c) l

17、a Resolucin 21 adoptada por la Conferencia Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (Helsinki, 1993) y los resultados de los estudios del UIT-T emprendidos en aplicacin de dicha Resolucin; d) las Resoluciones 39, 65 y 66 adoptadas por la Conferencia de Plenipotenciarios de la Unin Internaci

18、onal de Telecomunicaciones (Kyoto, 1994), reconociendo a) que la recopilacin y difusin por parte de la TSB de informacin oficial de servicio de ndole administrativa, operacional, estadstica y tarifaria (en lo que sigue denominada informacin oficial de servicio) ayuda a las Adminis-traciones y las EE

19、R a administrar y proporcionar eficazmente sus servicios de telecomunicaciones internacionales; b) que el Boletn de Explotacin de la UIT ha demostrado ser un mtodo eficaz para dar a conocer gran parte de este tipo de informacin; c) que la decisin que tome el UIT-T para recopilar y difundir informaci

20、n oficial de servicio debera adoptarse teniendo en cuenta que dicha informacin habra de ser rentable, considerando la carga que supone para: las Administraciones y las EER que proporcionan la informacin; y la TSB, en lo que atae a la preparacin y difusin de dicha informacin; d) que las EER intercamb

21、ian entre s de forma directa informacin operacional, y que en ciertos casos (por ejemplo, cuando un problema afecta a un gran nmero de EER) podra resultar conveniente proceder a normalizar hasta cierto punto el contenido y/o el formato de la informacin intercambiada, recomienda que se apliquen los s

22、iguientes principios generales a la recopilacin y la difusin de informacin de servicio, en particular, tratndose de la informacin oficial de servicio difundida por la TSB. 1 Requisitos referentes a la informacin de servicio 1.1 Cuando una Comisin de Estudio identifique un nuevo requisito (o la neces

23、idad de introducir un cambio fundamental en las disposiciones existentes) en lo que concierne a la recopilacin y difusin de informacin de servicio: a) debera determinar si las EER (y/o Administraciones) interesadas han de intercambiar entre ellas dicha informacin de servicio de forma directa; o b) e

24、n caso de que se desee la participacin de la UIT, deber consultarse al Director de la TSB sobre la justificacin de dicha participacin, habida cuenta de las necesidades comerciales determinadas, las consideraciones presupuestarias de la UIT y las repercusiones administrativas que dicha participacin p

25、ueda acarrear para la UIT antes de proceder al respecto. 1.2 En lo que atae a los casos a) y b), los correspondientes requisitos deberan estipularse en Recomendaciones del UIT-T. En las correspondientes Recomendaciones habra que especificar sin ambigedad alguna y al menos en trminos generales la ndo

26、le de los diferentes tipos de informacin requerida. En caso necesario, podra definirse el formato, la periodicidad, la fecha de entrada en vigor y/o los procedimientos de actualizacin de la correspondiente informacin de servicio. 1.3 En el caso a) la informacin intercambiada no se considera como inf

27、ormacin oficial de servicio. Sin embargo, en ciertos casos podra resultar procedente estipular que las EER (o Administraciones) que suministren dicha informacin enven a la TSB una copia o resumen de la misma. 2 UIT-T F.19 (10/1996) 1.4 Las Comisiones de Estudio encargadas del mantenimiento de dichas

28、 Recomendaciones debern revisar a las disposiciones pertinentes al menos una vez al trmino del periodo que media entre dos CMNT. 2 Recopilacin de datos para integrarlos en la informacin oficial de servicio 2.1 El Director de la TSB debera solicitar a las Administraciones y/o EER que comuniquen infor

29、macin oficial de servicio o todos los cambios que hayan introducido en la informacin previamente facilitada, para su publicacin de conformidad con lo dispuesto en las Recomendaciones del caso. Dichas peticiones deberan cursarse de tal forma que se reduzca a un mnimo los esfuerzos de las Administraci

30、ones y/o EER para proporcionar la informacin requerida. 2.2 En la medida de lo posible, las Administraciones (y/o EER) deberan responder, a dichas peticiones de informacin de manera oportuna y con arreglo a las disposiciones nacionales, teniendo debidamente en cuenta la confidencialidad de la inform

31、acin que pueda resultar crtica desde un punto de vista comercial. 2.3 Tras la recepcin de una peticin para facilitar informacin oficial de servicio, las Administraciones podrn (caso por caso o hasta nuevo aviso), de conformidad con la prctica nacional, tomar disposiciones para recopilar las respuest

32、as de sus EER. Las Administraciones que decidan proceder de esa forma as lo notificarn al Director de la TSB. De no proceder as y a falta de notificacin, cada una de las EER debera responder individualmente a la TSB. Al procesar esas respuestas, la TSB considerar que emanan de EER debidamente autori

33、zadas por los correspondientes Miembros (o sus Administraciones) para ofrecer el servicio o servicios de telecomunicaciones a que corresponda la peticin de informacin del caso. 3 Apoyo administrativo de la TSB 3.1 El Director de la TSB proporciona asesoramiento y apoyo a las diferentes Comisiones de

34、 Estudio encargadas de preparar Recomendaciones que requieren recopilar y difundir informacin oficial de servicio, siguiendo, en particular, los procedimientos esbozados en 1.1, 2.1 y 2.3. 3.2 Asimismo, y habida cuenta de las atribuciones de su cargo, el Director tomar las disposiciones necesarias p

35、ara: a) preparar y actualizar, para cada Comisin de Estudio, una lista de las Recomendaciones que requieran recopilar y difundir informacin oficial de servicio; b) presentar dicha lista a las Comisiones de Estudio competentes, si stas as lo solicitan, y, en todo caso, al menos doce meses antes de un

36、a CMNT, con miras a su posible revisin (enmienda, adiciones y/o supresiones), habida cuenta de la experiencia operacional; c) cerciorarse de que el mtodo escogido para difundir informacin oficial de servicio refleje la evolucin de las tcnicas de recopilacin y difusin de dicha informacin y que se ado

37、pten las soluciones ms apropiadas y econmicas, teniendo debidamente en cuenta la necesidad de los pases en que, por ejemplo, no se disponga de acceso electrnico a las bases de datos de la UIT; d) preparar y actualizar, basndose en las respuestas a los cuestionarios enviados, una lista de los proveed

38、ores de servicio y/o de red interesados que hayan proporcionado informacin oficial de servicio, indicando su categora Administracin, EER o cualquier otra entidad. SERIES DE RECOMENDACIONES DEL UIT-T Serie A Organizacin del trabajo del UIT-T Serie B Medios de expresin: definiciones, smbolos, clasific

39、acin Serie C Estadsticas generales de telecomunicaciones Serie D Principios generales de tarificacin Serie E Explotacin general de la red, servicio telefnico, explotacin del servicio y factores humanos Serie F Servicios de telecomunicacin no telefnicos Serie G Sistemas y medios de transmisin, sistem

40、as y redes digitales Serie H Sistemas audiovisuales y multimedios Serie I Red digital de servicios integrados Serie J Redes de cable y transmisin de programas radiofnicos y televisivos, y de otras seales multimedios Serie K Proteccin contra las interferencias Serie L Construccin, instalacin y protec

41、cin de los cables y otros elementos de planta exterior Serie M RGT y mantenimiento de redes: sistemas de transmisin, circuitos telefnicos, telegrafa, facsmil y circuitos arrendados internacionales Serie N Mantenimiento: circuitos internacionales para transmisiones radiofnicas y de televisin Serie O

42、Especificaciones de los aparatos de medida Serie P Calidad de transmisin telefnica, instalaciones telefnicas y redes locales Serie Q Conmutacin y sealizacin Serie R Transmisin telegrfica Serie S Equipos terminales para servicios de telegrafa Serie T Terminales para servicios de telemtica Serie U Con

43、mutacin telegrfica Serie V Comunicacin de datos por la red telefnica Serie X Redes de datos y comunicacin entre sistemas abiertos Serie Y Infraestructura mundial de la informacin y aspectos del protocolo Internet Serie Z Lenguajes y aspectos generales de soporte lgico para sistemas de telecomunicacin

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