1、 UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES UIT-T F.510 SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT (02/2003) SERIE F: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIN NO TELEFNICOS Servicios de directorio Asistencia automatizada de directorio Definicin del servicio de pginas blancas Recomendacin UIT-T F.5
2、10 RECOMENDACIONES UIT-T DE LA SERIE F SERVICIOS DE TELECOMUNICACIN NO TELEFNICOS SERVICIO TELEGRFICO Mtodos de explotacin del servicio pblico internacional de telegramas F.1F.19 La red gntex F.20F.29 Conmutacin de mensajes F.30F.39 El servicio internacional de telemensajes F.40F.58 El servicio inte
3、rnacional tlex F.59F.89 Estadsticas y publicaciones relativas a los servicios telegrficos internacionales F.90F.99 Servicios de telecomunicacin a horas fijas y arrendados F.100F.104 Servicio de telefotografa F.105F.109 SERVICIO MVIL Servicio mvil y servicios por satlite con destinos mltiples F.110F.
4、159 SERVICIOS DE TELEMTICA Servicio facsmil pblico F.160F.199 Servicio teletex F.200F.299 Servicio videotex F.300F.349 Aspectos generales de los servicios de telemtica F.350F.399 SERVICIOS DE TRATAMIENTO DE MENSAJES F.400F.499 SERVICIOS DE DIRECTORIO F.500F.549 COMUNICACIN DE DOCUMENTOS Comunicacin
5、de documentos F.550F.579 Interfaces de comunicacin de programacin F.580F.599 SERVICIOS DE TRANSMISIN DE DATOS F.600F.699 SERVICIOS AUDIOVISUALES F.700F.799 SERVICIOS DE LA RDSI F.800F.849 TELECOMUNICACIN PERSONAL UNIVERSAL F.850F.899 FACTORES HUMANOS F.900F.999 Para ms informacin, vase la Lista de R
6、ecomendaciones del UIT-T. Rec. UIT-T F.510 (02/2003) i Recomendacin UIT-T F.510 Asistencia automatizada de directorio Definicin del servicio de pginas blancas Resumen La rapidez de la multiplicacin y de la expansin de los servicios de telecomunicaciones ha aumentado la necesidad de que los abonados
7、a estos servicios de telecomunicaciones puedan comunicar entre s. A fin de facilitar estas intercomunicaciones a los abonados de los diferentes servicios, se necesitarn servicios de directorio asistidos por operadora y pblicos. La definicin del servicio en esta Recomendacin fundamenta la prestacin d
8、e esos servicios de directorio. Orgenes La Recomendacin UIT-T F.510, revisada por la Comisin de Estudio 17 (2001-2004) del UIT-T, fue aprobada por el procedimiento de la Resolucin 1 de la AMNT el 13 de febrero de 2003. ii Rec. UIT-T F.510 (02/2003) PREFACIO La UIT (Unin Internacional de Telecomunica
9、ciones) es el organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicaciones. El UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomendaciones so
10、bre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunica-ciones en el plano mundial. La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT), que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomen
11、daciones sobre dichos temas. La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en la Resolucin 1 de la AMNT. En ciertos sectores de la tecnologa de la informacin que corresponden a la esfera de competencia del UIT-T, se preparan las normas necesari
12、as en colaboracin con la ISO y la CEI. NOTA En esta Recomendacin, la expresin “Administracin“ se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto una administracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. PROPIEDAD INTELECTUAL La UIT seala a la atencin l
13、a posibilidad de que la utilizacin o aplicacin de la presente Recomendacin suponga el empleo de un derecho de propiedad intelectual reivindicado. La UIT no adopta ninguna posicin en cuanto a la demostracin, validez o aplicabilidad de los derechos de propiedad intelectual reivindicados, ya sea por lo
14、s miembros de la UIT o por terceros ajenos al proceso de elaboracin de Recomendaciones. En la fecha de aprobacin de la presente Recomendacin, la UIT no ha recibido notificacin de propiedad intelectual, protegida por patente, que puede ser necesaria para aplicar esta Recomendacin. Sin embargo, debe s
15、ealarse a los usuarios que puede que esta informacin no se encuentre totalmente actualizada al respecto, por lo que se les insta encarecidamente a consultar la base de datos sobre patentes de la TSB. UIT 2003 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ning
16、n procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. Rec. UIT-T F.510 (02/2003) iii NDICE Pgina 1 Alcance . 1 2 Referencias . 1 3 Definiciones 2 4 Abreviaturas 4 5 Convenios . 4 6 Modelo de servicios de directorio. 4 6.1 Utilizacin del servicio de directorio . 4 6.2 Prestacin del serv
17、icio de directorio. 6 6.3 Gestin del servicio de directorio. 7 7 Modelo de informacin del directorio 8 7.1 Estructura de la informacin 8 7.2 Geografa 9 7.3 Clasificacin comercial 11 7.4 Estructura de organizacin . 11 7.5 Insercin de abonado 11 8 Especificacin del servicio . 15 9 Elementos comunes de
18、 las especificaciones de servicio 18 9.1 Juego de caracteres . 18 9.2 Reglas de concordancia 18 9.3 Diferencias de idioma. 20 9.4 Orden de las inserciones en la respuestas. 21 9.5 Grupos jerrquicos 21 9.6 Nmero de inserciones . 22 9.7 Cuenta de inserciones . 22 9.8 Otros valores de atributo 23 9.9 V
19、alores de atributo ponderados 23 9.10 Extensin geogrfica 23 9.11 No tener en cuenta cuando no se incluye . 24 9.12 Paginacin 24 10 Servicio de consulta del directorio de pginas blancas 24 10.1 Modelo de datos del servicio 24 10.2 Controles de bsqueda e indicadoras de respuesta. 27 10.3 Predicados. 2
20、8 10.4 Condiciones de consulta comunes 29 10.5 Oferta de servicio bsico 30 10.6 Oferta de servicio mejorado . 35 11 Perfil del servicio de gestin pare el servicio de directorio 43 iv Rec. UIT-T F.510 (02/2003) Pgina 11.1 Introduccin 43 11.2 Objetos gestionados del servicio de directorio. 44 11.3 Pro
21、cedimientos de gestin del servicio de directorio . 45 12 Aspectos operacionales. 46 12.1 Medios alternativos y de apoyo al usuario . 46 12.2 Seguridad 46 13 Tarificacin y contabilidad. 46 14 Calidad de servicio . 46 Anexo A Mensajes 47 Anexo B Lista de smbolos . 49 Anexo C Modelo de datos del servic
22、io . 50 Anexo D Notacin de modelado de objetos 51 Rec. UIT-T F.510 (02/2003) v Introduccin Esta Recomendacin contiene una definicin de servicio para la provisin de acceso electrnico a un servicio internacional de informacin de nmeros por empresas de explotacin reconocidas (EER) cooperantes. Este ser
23、vicio puede ser utilizado por las operadoras de las EER que proporcionan un servicio de consulta del directorio a sus abonados, y tambin permite el acceso directo de los clientes autorizados. Incluye la notificacin de nmeros de telfono de lnea fija y tambin la notificacin de informacin de nmeros de
24、otros medios de comunicaciones tales como facsmil, telefona mvil, videotelefona, etc. Puede tambin proporcionar otra informacin de direcciones de comunicacin, tales como direcciones de correo electrnico y de procesos de aplicacin. La definicin del servicio satisface las necesidades actuales y previs
25、ibles futuras del servicio, y est concebida para su utilizacin a nivel mundial, si es necesario. La definicin del servicio proporciona la base para la prestacin de un servicio de consulta del directorio en mejora constante. La definicin permite la ampliacin y la continua evolucin de las capacidades
26、funcionales de los sistemas (colectiva o individualmente) en las condiciones especificadas por la definicin, pero no limitadas por ellas. La definicin del servicio permite, y debe alentar, la implementacin de sistemas cooperativos a travs de los cuales se proporcione un servicio internacional eficaz
27、 de consulta del directorio. Incluye el servicio definido en la Rec. UIT-T E.115, pero es significativamente diferente porque define servicios para los operadores y para los usuarios finales, y proporciona direcciones de telecomunicacin adems de nmeros telefnicos. Rec. UIT-T F.510 (02/2003) 1Recomen
28、dacin UIT-T F.510 Asistencia automatizada de directorio Definicin del servicio de pginas blancas 1 Alcance Esta definicin del servicio constituye la base para el establecimiento de un servicio de consulta del directorio verdaderamente internacional mediante el interfuncionamiento normalizado de nume
29、rosos servicios individuales de consulta del directorio. Esta definicin del servicio ofrece un marco general para la provisin de acceso electrnico a servicios de directorio internacionales. Define los requisitos de los servicios de directorio, y las caractersticas de servicio asociadas con su presta
30、cin. Especifica los requisitos para sustentar los servicios de directorio que pueden ofrecerse a las operadoras de estos servicios y a los usuarios finales. Comprende los aspectos operacionales del servicio e incluye calidad de servicio y la tarificacin y contabilidad. Esta definicin corresponde al
31、servicio de directorio de pginas blancas. Sin embargo, los servicios y elementos especificados en ella pueden utilizarse para definir otros servicios, como el de pginas amarillas. Un servicio de consulta del directorio podra tener ms de un punto de acceso disponible para extraer informacin de otro p
32、as. En cada uno de estos puntos de acceso podra extraerse informacin de uno o ms proveedores de servicios o de informacin nacionales. Pueden proporcionarse diversos tipos y niveles de calidad de servicio. Esta definicin de servicio no define ningn mecanismo para la seleccin de proveedor ni ningn mec
33、anismo explcito para la seleccin de la calidad de servicio. Esta definicin del servicio supone que la informacin se extrae de un solo pas cada vez. El nombre del pas debe incluirse en los parmetros de la peticin. La eliminacin de la restriccin de pas nico debe ser objeto de estudio. Esta definicin d
34、el servicio no especifica el mtodo de implementacin, que puede utilizar cualesquiera protocolos apropiados (o combinacin de protocolos). Los trminos utilizados en esta Recomendacin adoptan su significado convencional (definicin de diccionario), y el significado de los trminos, como el de “atributo“,
35、 no debe tomarse de otros documentos (normas) en los que pueda estar definido. 2 Referencias Las siguientes Recomendaciones del UIT-T y otras referencias contienen disposiciones que, mediante su referencia en este texto, constituyen disposiciones de la presente Recomendacin. Al efectuar esta publica
36、cin, estaban en vigor las ediciones indicadas. Todas las Recomendaciones y otras referencias son objeto de revisiones por lo que se preconiza que los usuarios de esta Recomendacin investiguen la posibilidad de aplicar las ediciones ms recientes de las Recomendaciones y otras referencias citadas a co
37、ntinuacin. Se publica peridicamente una lista de las Recomendaciones UIT-T actualmente vigentes. En esta Recomendacin, la referencia a un documento, en tanto que autnomo, no le otorga el rango de una Recomendacin. Recomendacin UIT-T D.37 (1996), Principios de contabilidad y liquidacin aplicables a l
38、a prestacin de servicios pblicos de directorio entre dominios de gestin de directorio interconectados. Recomendacin UIT-T E.104 (1995), Servicio internacional de asistencia sobre directorios telefnicos y acceso pblico. 2 Rec. UIT-T F.510 (02/2003) Recomendacin UIT-T E.115 (1995), Asistencia informat
39、izada sobre directorios. Recomendacin UIT-T E.123 (2001), Notacin de los nmeros telefnicos nacionales e internacionales, direcciones de correo electrnico y direcciones web. Recomendacin UIT-T E.160 (1993), Definiciones relativas a los planes de numeracin nacionales y al plan de numeracin internacion
40、al. Recomendacin UIT-T T.51 (1992), Juegos de caracteres codificados basados en el alfabeto latino para los servicios de telemtica. Recomendacin UIT-T T.51 (1992)/enmienda 1 (1995), Juegos de caracteres codificados basados en el alfabeto latino para los servicios de telemtica Enmienda 1. Recomendaci
41、n UIT-T T.52 (1993), Juegos de caracteres codificados no latinos para los servicios de telemtica. Recomendacin UIT-T X.509 (2000) | ISO/CEI 9594-8:2001, Tecnologa de la informacin Interconexin de sistemas abiertos El directorio: Marcos para certificados de claves pblicas y de atributos. ISO 3166-1:1
42、997, Codes for the representation of names of countries and their subdivisions Part 1: country codes. 3 Definiciones 3.1 En esta Recomendacin se definen los trminos siguientes: 3.1.1 informacin de directorio: Informacin contenida en un directorio asociada con, y destinada a identificar, una direccin
43、 de comunicaciones, direccin sta que se describe en 7.5.2. 3.1.2 insercin de directorio: Informacin asociada con un determinado tipo de objeto del mundo real. Un objeto consta de uno o ms atributos. Esta informacin define los objetos y la informacin requerida para sustentar el servicio. 3.1.3 atribu
44、to: Un atributo tiene un tipo y un valor. Un determinado tipo de atributo puede utilizarse en una o ms inserciones de directorio. Un nuevo atributo puede tambin formarse mediante la combinacin de tipos de atributos (ms simples). 3.1.4 atributo de clave: Parmetro de atributo en una peticin de bsqueda
45、 que se requiere para concordar con un atributo de palabra real, por ejemplo, una localidad, pero sin ser ambiguo a un nivel determinado por consideraciones locales. 3.1.5 proveedor del servicio: Funcin, sustentada por una EER, que suministra un servicio de directorio a uno o ms agentes del servicio
46、 de consulta del directorio. 3.1.6 agente del servicio de consulta del directorio: Este agente emite peticiones de bsqueda fsica a uno o ms proveedores del servicio, y recibe respuestas de ste o estos proveedores. El agente del servicio de consulta del directorio puede efectuar la seleccin del prove
47、edor de servicio, la modificacin (o el rechazo) de la consulta sobre la base del conocimiento de los servicios de directorio ofrecidos por los proveedores del servicio a los que tiene acceso. 3.1.7 servicio de directorio: Es un servicio que sustenta la funcionalidad siguiente. 1) Normalizacin de los
48、 objetos y atributos de directorio, y su interpretacin y utilizacin. 2) Informacin de directorio definida. 3) Definicin inequvoca de las consultas que han de ser sustentadas por los proveedores del servicio. 4) Capacidad de adaptacin a peticiones que especifiquen atributos de bsqueda y tipos de concordancia que no sean sustentados por el proveedor del servicio. Rec. UIT-T F.510 (02/2003) 35) Medios de comunicar al usuario del servicio de directorio lo que se necesita para atender la peticin, es decir, la definicin de los servicios en oferta. 6) Reglas
copyright@ 2008-2019 麦多课文库(www.mydoc123.com)网站版权所有
备案/许可证编号:苏ICP备17064731号-1