1、 Unin Internacional de TelecomunicacionesUIT-T SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT ASAMBLEA MUNDIAL DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES Johannesburgo, 21-30 de octubre de 2008 Resolucin 75 Contribucin del UIT-T a la puesta en prctica de los resultados de la Cumbre Mundia
2、l sobre la Sociedad de la Informacin y al establecimiento de un Grupo Especializado sobre cuestiones de poltica pblica relacionada con Internet como parte integrante del Grupo de Trabajo del Consejo sobre la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacin PREFACIO La UIT (Unin Internacional de Tel
3、ecomunicaciones) es el organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicaciones. El UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomenda
4、ciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial. La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT), que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen
5、 Recomendaciones sobre dichos temas. UIT 2009 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. AMNT-08 Resolucin 75 1 RESOLUCIN 75 Contribucin del UIT-T a la puesta en prctica de los resulta
6、dos de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacin y al establecimiento de un Grupo Especializado sobre cuestiones de poltica pblica relacionada con Internet como parte integrante del Grupo de Trabajo del Consejo sobre la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacin (Johannesburgo, 200
7、8) La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (Johannesburgo, 2008), considerando a) los importantes resultados de ambas fases de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacin (CMSI); b) las Resoluciones y Decisiones relativas a la puesta en prctica de los resultados pertin
8、entes de ambas fases de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacin (CMSI) y a las cuestiones de poltica pblica internacional relacionadas con Internet que fueron adoptadas en la Conferencia de Plenipotenciarios (Antalya, 2006), a saber: i) Resolucin 71 (Rev. Antalya, 2006) de la Conferenci
9、a de Plenipotenciarios sobre el Plan Estratgico de la Unin para 2008-2011; ii) Resolucin 101 (Rev. Antalya, 2006) de la Conferencia de Plenipotenciarios sobre las redes basadas en el protocolo Internet; iii) Resolucin 102 (Rev. Antalya, 2006) de la Conferencia de Plenipotenciarios sobre la funcin de
10、 la UIT con respecto a las cuestiones de poltica pblica internacional relacionadas con Internet y la gestin de los recursos de Internet, incluidos los nombres de dominio y las direcciones; iv) Resolucin 130 (Rev. Antalya, 2006) de la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el fortalecimiento del pape
11、l de la UIT en la creacin de confianza y seguridad en la utilizacin de las tecnologas de la informacin y la comunicacin; v) Resolucin 133 (Rev. Antalya, 2006) de la Conferencia de Plenipotenciarios sobre la funcin de las Administraciones de los Estados Miembros en la gestin de los nombres de dominio
12、 internacionalizados (plurilinges); vi) Resolucin 140 (Antalya, 2006) de la Conferencia de Plenipotenciarios sobre la funcin de la UIT en la puesta en prctica de los resultados de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacin; vii) Decisin 9 (Antalya, 2006) de la Conferencia de Plenipotenciar
13、ios sobre la convocacin del Cuarto Foro Mundial de Poltica de las Telecomunicaciones; c) el papel del Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT (UIT-T) en la puesta en prctica por la UIT de los resultados pertinentes de la CMSI, la adaptacin del papel que desempea la UIT y la elabor
14、acin de normas de telecomunicacin en la construccin de la sociedad de la informacin; d) que la gestin de Internet abarca cuestiones de poltica tanto tcnica como pblica, y que en ella deberan participar todas las partes interesadas y las organizaciones intergubernamentales e internacionales competent
15、es, de conformidad con los apartados a)-e) del 35 de la Agenda de Tnez, 2 AMNT-08 Resolucin 75 considerando adems a) que se requiere la creacin de un grupo, abierto nicamente a la participacin de los Estados Miembros, para fomentar una mayor cooperacin e incentivar la participacin de gobiernos en el
16、 examen de las cuestiones de poltica pblica internacional relacionadas con Internet; b) que se observa la necesidad de mejorar la labor de coordinacin, difusin e interaccin: i) evitando la duplicacin de tareas gracias a una coordinacin precisa entre las Comisiones de Estudio de la UIT encargadas de
17、las cuestiones de poltica pblica internacional relacionadas con Internet; ii) difundiendo la informacin pertinente sobre poltica pblica internacional relacionada con Internet entre los Miembros de la UIT, la Secretara General y las Oficinas de la Unin y iii) fomentando una mayor cooperacin e interac
18、cin, orientadas a los aspectos tcnicos, entre la UIT y las organizaciones y entidades internacionales pertinentes, reconociendo a) que todos los gobiernos deben asumir un papel y una responsabilidad idnticos para la Gobernanza de Internet y garantizar la estabilidad, seguridad y continuidad de Inter
19、net, y tambin la necesidad de que los gobiernos formulen la poltica pblica en consulta con todas las partes interesadas, segn se indica en el 68 de la Agenda de Tnez; b) que en el futuro ser necesaria una mayor cooperacin que permita a las administraciones pblicas cumplir, en igualdad de condiciones
20、, con su misin y responsabilidades en cuestiones de polticas pblicas internacionales relativas a Internet, pero no en los asuntos tcnicos y operacionales de explotacin normal, que no tienen repercusiones para los temas de poltica pblica internacional, como se indica en el 69 de la Agenda de Tnez, re
21、conociendo tambin a) que, recurriendo a las organizaciones internacionales pertinentes, tal cooperacin debe incluir la formulacin de principios aplicables a escala mundial en temas de poltica pblica asociados con la coordinacin y gestin de los recursos esenciales de Internet, respecto de los cuales
22、se pide a las organizaciones responsables de las tareas esenciales asociadas a Internet que contribuyan a la creacin de un entorno que facilite dicha formulacin de principios de poltica pblica, segn se indica en el 70 de la Agenda de Tnez; b) que el proceso destinado a la mejora de la cooperacin, qu
23、e debe iniciar el Secretario General de las Naciones Unidas, y en el que deben intervenir todas las organizaciones pertinentes a finales del primer trimestre de 2006, implicar a todas las partes interesadas en sus respectivos cometidos, se llevar a cabo lo ms rpidamente posible con arreglo a los pro
24、cedimientos legales, y deber adaptarse a las innovaciones; en consecuencia las organizaciones pertinentes deben comenzar un proceso para fomentar una mejor cooperacin entre todas las partes interesadas, que proceda con la mayor rapidez posible y respondiendo de manera flexible a las innovaciones; y
25、que deber solicitarse a esas mismas organizaciones pertinentes que elaboren un Informe anual de actividades, segn se indica en el 71 de la Agenda de Tnez, observando a) que la Resolucin 1282 del Consejo de la UIT sobre la funcin de la UIT en la puesta en prctica de los resultados de la CMSI encarga
26、al Grupo de Trabajo del Consejo sobre la CMSI (GT-CMSI) que contine facilitando contribuciones y orientaciones sobre la puesta en prctica de los resultados pertinentes de la CMSI por la UIT, para que sta pueda adaptarse a las funciones que debe desempear en la construccin de la sociedad de la inform
27、acin, como parte de su mandato enunciado en el anexo a dicha Resolucin; b) que el Secretario General de la UIT cre el Grupo Especial de la CMSI, cuya funcin consiste en formular estrategias y coordinar las polticas y actividades de la UIT relacionadas con la CMSI, segn se indica en la Resolucin 1282
28、 del Consejo, AMNT-08 Resolucin 75 3 resuelve 1 que prosigan los trabajos del UIT-T sobre la puesta en prctica de los resultados de la CMSI y las actividades de seguimiento correspondientes a su mandato; 2 que el UIT-T lleve a cabo aquellas actividades que se correspondan con su mandato y participe
29、con otras partes interesadas, segn corresponda, para la aplicacin de todas las lneas de accin pertinentes y dems resultados de la CMSI, Resuelve solicitar al Consejo que cree, como parte integrante del GT-CMSI, un Grupo especializado sobre cuestiones de poltica pblica internacional relacionadas con
30、Internet, abierto nicamente a la participacin de los Estados Miembros, cuya tarea ser identificar, estudiar y desarrollar las cuestiones relativas a temas de poltica pblica internacional relacionadas con Internet, distribuir sus resultados entre todos los Miembros de la UIT, as como contribuir a las
31、 actividades del GT-CMSI sobre cuestiones de poltica pblica internacional relacionadas con Internet en el marco del mandato de la UIT que se deriva de las Resoluciones pertinentes de la Conferencia de Plenipotenciarios (Antalya, 2006) y la Resolucin 1282 del Consejo, solicita al Secretario General q
32、ue facilite a todo Grupo especializado sobre cuestiones de poltica pblica internacional relacionadas con Internet todo el apoyo administrativo y de otro tipo necesario para su funcionamiento efectivo en el marco de las asignaciones presupuestarias de la UIT, encarga al Director de la Oficina de Norm
33、alizacin de las Telecomunicaciones 1 que prepare un Informe anual al Consejo sobre la puesta en prctica de los resultados de la CMSI y las actividades de seguimiento, teniendo en cuenta las aportaciones de las Comisiones de Estudio competentes, en el que se facilite un amplio resumen de las activida
34、des realizadas por la Oficina de Normalizacin de las Telecomunicaciones (TSB) y de las actividades del UIT-T con respecto a la infraestructura de la informacin y la comunicacin y a la creacin de confianza y seguridad en la utilizacin de las TIC, as como de otras actividades pertinentes para la puest
35、a en prctica de los resultados de la CMSI y de las Resoluciones de la Conferencia de Plenipotenciarios (Antalya, 2006); 2 que, en el marco del mandato del UIT-T, designe coordinadores en la TSB para las correspondientes lneas de accin de la CMSI, que colaboren estrechamente con otros coordinadores d
36、e los dems Sectores de la UIT y contribuyan a facilitar la labor del Grupo Especial de la CMSI creado por el Secretario General de la UIT; 3 que adopte las medidas oportunas para facilitar las actividades destinadas al cumplimiento de la presente Resolucin, invita a los Estados Miembros y Miembros d
37、e Sector 1 a presentar contribuciones a las Comisiones de Estudio pertinentes del UIT-T y a colaborar con el GT-CMSI para la puesta en prctica de los resultados de la Cumbre en el marco del mandato de la UIT; 2 a prestar su apoyo y colaboracin al Director de la TSB en la puesta en prctica de los resultados pertinentes de la CMSI en el UIT-T, invita a los Estados Miembros a presentar contribuciones al Grupo especializado sobre cuestiones de poltica pblica internacional relacionadas con Internet.
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