ImageVerifierCode 换一换
格式:PDF , 页数:4 ,大小:48.01KB ,
资源ID:794540      下载积分:10000 积分
快捷下载
登录下载
邮箱/手机:
温馨提示:
如需开发票,请勿充值!快捷下载时,用户名和密码都是您填写的邮箱或者手机号,方便查询和重复下载(系统自动生成)。
如填写123,账号就是123,密码也是123。
特别说明:
请自助下载,系统不会自动发送文件的哦; 如果您已付费,想二次下载,请登录后访问:我的下载记录
支付方式: 支付宝扫码支付 微信扫码支付   
注意:如需开发票,请勿充值!
验证码:   换一换

加入VIP,免费下载
 

温馨提示:由于个人手机设置不同,如果发现不能下载,请复制以下地址【http://www.mydoc123.com/d-794540.html】到电脑端继续下载(重复下载不扣费)。

已注册用户请登录:
账号:
密码:
验证码:   换一换
  忘记密码?
三方登录: 微信登录  

下载须知

1: 本站所有资源如无特殊说明,都需要本地电脑安装OFFICE2007和PDF阅读器。
2: 试题试卷类文档,如果标题没有明确说明有答案则都视为没有答案,请知晓。
3: 文件的所有权益归上传用户所有。
4. 未经权益所有人同意不得将文件中的内容挪作商业或盈利用途。
5. 本站仅提供交流平台,并不能对任何下载内容负责。
6. 下载文件中如有侵权或不适当内容,请与我们联系,我们立即纠正。
7. 本站不保证下载资源的准确性、安全性和完整性, 同时也不承担用户因使用这些下载资源对自己和他人造成任何形式的伤害或损失。

版权提示 | 免责声明

本文(ITU-T D 231 SPANISH-1993 CHARGING AND ACCOUNTING PRINCIPLES RELATING TO THE USER-TO-USER INFORMATION (UUI) SUPPLEMENTARY SERVICE《用户间信息(UUI)补充业务相关的收费和计费原则》.pdf)为本站会员(explodesoak291)主动上传,麦多课文库仅提供信息存储空间,仅对用户上传内容的表现方式做保护处理,对上载内容本身不做任何修改或编辑。 若此文所含内容侵犯了您的版权或隐私,请立即通知麦多课文库(发送邮件至master@mydoc123.com或直接QQ联系客服),我们立即给予删除!

ITU-T D 231 SPANISH-1993 CHARGING AND ACCOUNTING PRINCIPLES RELATING TO THE USER-TO-USER INFORMATION (UUI) SUPPLEMENTARY SERVICE《用户间信息(UUI)补充业务相关的收费和计费原则》.pdf

1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-T D.231SECTOR DE NORMALIZACINDE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UITTASACIN Y CONTABILIDAD EN LOS SERVICIOSINTERNACIONALES DE TELECOMUNICACIONESPRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACINY CONTABILIDAD RELATIVOS AL SERVICIOSUPLEMENTARIO DE INFORMACIN DEUSUARIO A USUARI

2、O (IUU)Recomendacin UIT-T D.231(Extracto del Libro Azul)NOTAS1 La Recomendacin UIT-T D.231 se public en el fascculo II.1 del Libro Azul. Este fichero es un extracto delLibro Azul. Aunque la presentacin y disposicin del texto son ligeramente diferentes de la versin del Libro Azul, elcontenido del fic

3、hero es idntico a la citada versin y los derechos de autor siguen siendo los mismos (Vase acontinuacin).2 Por razones de concisin, el trmino Administracin se utiliza en la presente Recomendacin para designar auna administracin de telecomunicaciones y a una empresa de explotacin reconocida. UIT 1988,

4、 1993Reservados todos los derechos. No podr reproducirse o utilizarse la presente Recomendacin ni parte de la misma decualquier forma ni por cualquier procedimiento, electrnico o mecnico, comprendidas la fotocopia y la grabacin enmicropelcula, sin autorizacin escrita de la UIT.Fascculo II.1 - Rec. D

5、231 1Recomendacin D.231Fascculo II.1 - Rec. D.231PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Y CONTABILIDADRELATIVOS AL SERVICIO SUPLEMENTARIO DE INFORMACINDE USUARIO A USUARIO (IUU)(Melbourne, 1988)PrembuloLa presente Recomendacin trata nicamente de la informacin de usuario a usuario intercambiada por el

6、canalde sealizacin, en asociacin con una comunicacin establecida por el canal de informacin (canal o canales B). Laposibilidad de ofrecer servicios por el canal de sealizacin, independientemente de la utilizacin del canal deinformacin, queda para ulterior estudio.El CCITT,considerandoa) que se puede

7、 intercambiar un volumen limitado de informacin de usuario a usuario por el canal desealizacin durante las fases de establecimiento y liberacin de la comunicacin;b) que se puede transmitir un volumen limitado de informacin de usuario a usuario por el canal de sealizacindurante la fase de establecimi

8、ento de la comunicacin, incluso si la comunicacin no se completa por el canal deinformacin (canal o canales B);c) que tambin se puede intercambiar cierta informacin de usuario a usuario por el canal de sealizacinmientras dure una comunicacin establecida por el canal de informacin;d) que el intercamb

9、io de informacin de usuario a usuario ocupa una cierta capacidad del canal de sealizacin,implica un cierto grado de tratamiento y repercute en el dimensionamiento de la red de sealizacin, representando por lotanto un coste adicional para las Administraciones;e) que la posibilidad de intercambiar inf

10、ormacin de usuario a usuario por el canal de sealizacin representaun servicio suplementario adicional y tasable de la RDSI,y reconociendoa) que, si bien el establecimiento de las tasas de percepcin es esencialmente un asunto de incumbencianacional, convendra armonizar los principios de tasacin y con

11、tabilidad;b) que, en un principio, los volmenes de trfico sern probablemente reducidos, de manera que convendraadoptar un mtodo flexible en cuanto a las opciones de tasacin de este servicio suplementario en espera de que seestabilicen los modelos de trfico y se adquiera la experiencia suficiente,rec

12、omienda1 Principios de tasacin1.1 La informacin de usuario a usuario intercambiada por el canal de sealizacin durante el establecimiento y laliberacin de la comunicacin o nicamente durante la fase de establecimiento de la comunicacin debe tasarse deacuerdo con uno de los mtodos siguientes:a) mediant

13、e su inclusin en la cuota de abono o en el alquiler percibido de los clientes;b) mediante el cobro de una tasa mnima adecuada por las comunicaciones originadas en el canal deinformacin;c) mediante una tasa por comunicacin1)(para ulterior estudio);d) en su caso, mediante una aplicacin combinada de lo

14、s mtodos de los apartados a) y b) o a) y c);e) tambin puede ser tasada la informacin de usuario a usuario intercambiada durante la fase deestablecimiento de la comunicacin, en funcin del volumen de informacin trasmitido.2) ,3)1)En principio, esta tasa no debera aplicarse a las tentativas de llamadas

15、 infructuosas a causa de congestin de la red o deaveras en los equipos de la Administracin.2 Fascculo II.1 - Rec. D.2311.2 La informacin de usuario a usuario intercambiada por el canal de sealizacin estando en curso unacomunicacin por el canal de informacin, debera, en principio, tasarse de acuerdo

16、con el volumen de la informacin(datos) intercambiado por el canal de sealizacin.2), 3)2 Contabilidad2.1 A fin de reducir al mnimo los costes de registro y tratamiento, convendra que las unidades de trfico utilizadaspara la contabilidad sean compatibles con las empleadas para la tasacin aplicable a l

17、os clientes.2.2 La informacin de usuario a usuario intercambiada por el canal de sealizacin durante las fases deestablecimiento y liberacin de la comunicacin o nicamente durante la fase de establecimiento de la comunicacindebera contabilizarse mediante uno de los mtodos siguientes, previo acuerdo en

18、tre las Administraciones, comosuplemento de las tasas normales de distribucin del servicio portador o teleservicio con el que est asociado el serviciosuplementario de informacin de usuario a usuario:a) una tasa mensual a tanto alzado (para ulterior estudio);b) una tasa por comunicacin.2.3 La informa

19、cin de usuario a usuario intercambiada por el canal de sealizacin estando en curso unacomunicacin por el servicio portador o teleservicio asociado, debera, en principio, contabilizarse de acuerdo con elvolumen de informacin intercambiada por el canal de sealizacin; alternativamente, las Administraci

20、ones puedenacordar la adopcin de los mtodos 2.2 a) o b).2.4 La tasa de distribucin establecida por acuerdo entre las Administraciones debera dividirse en partes alcuotasterminales y, cuando proceda, en partes alcuotas de trnsito.2.5 Las Administraciones podran convenir bilateralmente no contabilizar

21、 ningn servicio (o modo) de informacinde usuario a usuario.2)La determinacin de la unidad de volumen queda para ulterior estudio. Una solucin sencilla sera tasar segn el nmero debloques de datos intercambiados entre los usuarios.3)En la prctica, la introduccin de esta tasa depender del volumen de informacin de usuario a usuario realmenteintercambiado y, por lo menos al comienzo, las Administraciones pueden considerar que el servicio est pagado, por lastasas normales aplicables al servicio portador o al teleservicio, o por la cuota de abono o el alquiler percibidos de losclientes.

copyright@ 2008-2019 麦多课文库(www.mydoc123.com)网站版权所有
备案/许可证编号:苏ICP备17064731号-1