1、 Unin Internacional de TelecomunicacionesUIT-T D.170SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT Suplemento 2(05/2010) SERIE D: PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Principios generales de tarificacin Establecimiento e intercambio de las cuentas telefnicas y tlex internacionales Cuentas
2、 telefnicas y tlex mensuales Suplemento 2 Directrices para la tramitacin de controversias Recomendacin UIT-T D.170 Suplemento 2 RECOMENDACIONES UIT-T DE LA SERIE D PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN TRMINOS Y DEFINICIONES D.0 PRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACIN Arriendo de medios de telecomunicacio
3、nes de uso privado D.1D.9 Principios de tarificacin aplicables a los servicios de comunicacin de datos por redes pblicas de datos especializadas D.10D.39 Tasacin y contabilidad en el servicio pblico internacional de telegramas D.40D.44 Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de telemensa
4、jes D.45D.49 Principios aplicables a la infraestructura GII-Internet D.50D.59 Tasacin y contabilidad en el servicio tlex internacional D.60D.69 Tasacin y contabilidad en el servicio internacional de facsmil D.70D.75 Tasacin y contabilidad en el servicio videotex internacional D.76D.79 Tasacin y cont
5、abilidad en el servicio internacional de telefotografa D.80D.89 Tasacin y contabilidad en los servicios mviles D.90D.99 Tasacin y contabilidad en el servicio telefnico internacional D.100D.159 Establecimiento e intercambio de las cuentas telefnicas y tlex internacionales D.160D.179Transmisiones inte
6、rnacionales radiofnicas y de televisin D.180D.184 Tasacin y contabilidad en los servicios internacionales por satlite D.185D.189 Transmisin de informacin sobre cuentas mensuales internacionales de telecomunicaciones D.190D.191 Telecomunicaciones privilegiadas y de servicio D.192D.195 Liquidacin de l
7、os saldos de las cuentas internacionales de telecomunicaciones D.196D.209 Tarificacin y contabilidad en los servicios internacionales de telecomunicaciones por la RDSI D.210D.269 Tarificacin y contabilidad en las redes de la prxima generacin D.270D.279 Tarificacin y contabilidad en las telecomunicac
8、iones personales universales D.280D.284 Tarificacin y contabilidad en los servicios soportados por la red inteligente D.285D.299 RECOMENDACIONES APLICABLES EN EL PLANO REGIONAL Recomendaciones aplicables en Europa y en la Cuenca Mediterrnea D.300D.399 Recomendaciones aplicables en Amrica Latina D.40
9、0D.499 Recomendaciones aplicables en Asia y Oceana D.500D.599 Recomendaciones aplicables en la Regin frica D.600D.699 Para ms informacin, vase la Lista de Recomendaciones del UIT-T. Rec. UIT-T D.170/supl.2 (05/2010) i Recomendacin UIT-T D.170 Cuentas telefnicas y tlex mensuales Suplemento 2 Directri
10、ces para la tramitacin de controversias Resumen El presente Suplemento 2 a la Recomendacin UIT-T D.170 tiene por finalidad facilitar una serie de directrices para la tramitacin de controversias relativas a la liquidacin de cuentas internacionales y proponer algunos formularios al respecto. Puede ade
11、ms ser de utilidad para simplificar los procedimientos y ayudar a los operadores de telecomunicaciones a resolver rpida y convenientemente todo tipo de controversias de carcter financiero. La naturaleza exacta de la solucin de controversias deber acordarse en los acuerdos bilaterales concertados ent
12、re los correspondientes operadores. Este suplemento describe el proceso completo de tramitacin, da una informacin detallada de las razones y fuentes posibles de controversias financieras y propone de qu manera analizarlas y abordarlas. El suplemento trata adems de facilitar a los operadores informac
13、in relativa a posibles procedimientos para la solucin de controversias y algunos ejemplos de formularios para utilizar en esos casos. Estos procedimientos pueden ahorrar tiempo y trabajo, y mejorar las relaciones comerciales bilaterales entre las partes interesadas. Historia Edicin Recomendacin Apro
14、bacin Comisin de estudios 1.0 ITU-T E.270 1972-12-15 2.0 ITU-T E.270 1976-10-08 3.0 ITU-T D.170/E.270 1980-11-21 4.0 ITU-T D.170/E.270 1984-10-19 5.0 ITU-T D.170/E.270 1988-11-25 6.0 ITU-T D.170 1993-03-12 III 7.0 ITU-T D.170 1995-03-20 3 8.0 ITU-T D.170 1998-06-12 3 9.0 ITU-T D.170 2006-06-27 3 10.
15、0 ITU-T D.170 2010-05-21 3 10.1 ITU-T D.170 Suppl.1 2010-05-21 3 10.2 ITU-T D.170 Suppl.2 2010-05-21 3 ii Rec. UIT-T D.170/supl.2 (05/2010) PREFACIO La Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT) es el organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicaciones y de las t
16、ecnologas de la informacin y la comunicacin. El Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT (UIT-T) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las tele
17、comunicaciones en el plano mundial. La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT), que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendaciones sobre dichos temas. La aprobacin de Recomendaci
18、ones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en la Resolucin 1 de la AMNT. En ciertos sectores de la tecnologa de la informacin que corresponden a la esfera de competencia del UIT-T, se preparan las normas necesarias en colaboracin con la ISO y la CEI. NOTA En esta publ
19、icacin, la expresin “Administracin“ se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto una administracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. La observancia de esta publicacin es voluntaria. Ahora bien, la publicacin puede contener ciertas disposici
20、ones obligatorias (para asegurar, por ejemplo, la aplicabilidad o la interoperabilidad), por lo que la observancia se consigue con el cumplimiento exacto y puntual de todas las disposiciones obligatorias. La obligatoriedad de un elemento preceptivo o requisito se expresa mediante las frases “tener q
21、ue, haber de, hay que + infinitivo“ o el verbo principal en tiempo futuro simple de mandato, en modo afirmativo o negativo. El hecho de que se utilice esta formulacin no entraa que la observancia se imponga a ninguna de las partes. PROPIEDAD INTELECTUAL La UIT seala a la atencin la posibilidad de qu
22、e la utilizacin o aplicacin de la presente publicacin suponga el empleo de un derecho de propiedad intelectual reivindicado. La UIT no adopta ninguna posicin en cuanto a la demostracin, validez o aplicabilidad de los derechos de propiedad intelectual reivindicados, ya sea por los miembros de la UIT
23、o por terceros ajenos al proceso de elaboracin de publicaciones. En la fecha de aprobacin de la presente publicacin, la UIT no ha recibido notificacin de propiedad intelectual, protegida por patente, que puede ser necesaria para aplicar esta publicacin. Sin embargo, debe sealarse a los usuarios que
24、puede que esta informacin no se encuentre totalmente actualizada al respecto, por lo que se les insta encarecidamente a consultar la base de datos sobre patentes de la TSB en la direccin http:/www.itu.int/ITU-T/ipr/. UIT 2010 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede repr
25、oducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. Rec. UIT-T D.170/supl.2 (05/2010) iii NDICE Pgina 1 mbito de aplicacin 1 2 Referencias . 1 3 Definiciones 1 4 Abreviaturas y acrnimos . 1 5 Qu es una controversia? 1 5.1 Ventajas de la normalizacin de la tramitacin
26、de controversias . 2 6 Controversias 2 6.1 Tramitacin de controversia entrante . 2 6.2 Investigacin de controversias . 2 6.3 Informacin necesaria para resolver controversias 3 6.4 Posibles causas de notificacin de controversia . 4 Anexo A Ejemplo 1: Formulario de notificacin de controversia sobre vo
27、lumen/tarifa 6 Anexo B Ejemplo 2: Formulario de notificacin de controversia sobre volumen/tarifa 7 Anexo C Ejemplo 3: Disposicin y ejemplo de fichero CDR 8 Rec. UIT-T D.170/supl.2 (05/2010) 1 Recomendacin UIT-T D.170 Cuentas telefnicas y tlex mensuales Suplemento 2 Directrices para la tramitacin de
28、controversias 1 mbito de aplicacin El objetivo del presente suplemento consiste en describir el formato propuesto y los datos a suministrar que podran utilizar los operadores cuando se plantea una controversia con relacin a una declaracin o factura determinada. A fin de normalizar hasta cierto punto
29、 la presentacin de controversias y segn la informacin contemplada en este suplemento, se propone utilizar ciertos formatos y proporcionar determinadas informaciones en el formulario de controversia. 2 Referencias UIT-T D.170 Recomendacin UIT-T D.170 (2010), Cuentas telefnicas y tlex mensuales. 3 Def
30、iniciones En el presente suplemento se definen los siguientes trminos: 3.1 declaracin: Lo que el operador “A“ enva al operador “B“ para declarar lo que el operador “A“ debe al operador “B“. 3.2 controversia: Lo que el operador “A“ recibe del operador “B“ para indicar que hay discrepancia de volumen
31、o tasa. 3.3 factura: Lo que el operador “B“ enva al operador “A“ para facturar al operador “A“ lo que debe al operador “B“. 3.4 controversia: Lo que el operador “A“ enva al operador “B“ para indicar que han encontrado una discrepancia en volumen o tasa entre la factura y lo que el operador “A“ esper
32、a ver. En el presente suplemento se da informacin sobre ambos tipos de controversias. 4 Abreviaturas y acrnimos En este suplemento se utilizan las abreviaturas y los acrnimos siguientes: CDR Registros detallados de llamadas (call detail record) EDI Intercambio de datos electrnicos (electronic data i
33、nterchange) 5 Qu es una controversia? A efectos del presente suplemento, la controversia es una discrepancia entre lo que un operador espera recibir de otro operador (con arreglo a su(s) sistema(s) y la factura o declaracin real. NOTA Las discrepancias de volumen pueden comprender nmero de llamadas
34、y/o minutos. 2 Rec. UIT-T D.170/supl.2 (05/2010) 5.1 Ventajas de la normalizacin de la tramitacin de controversias A continuacin se indican algunas de las ventajas que aporta la utilizacin de un formulario y un proceso normalizados de presentacin de controversias: Coherencia entre los operadores al
35、iniciar una controversia. Garanta de que se proporciona toda la informacin necesaria para poder investigar la controversia con precisin. Eficacia y rapidez en la solucin de una controversia. 6 Controversias En esta clusula se abordan las controversias definidas como sigue: Una controversia indica un
36、a discrepancia de tasa o volumen entre la factura/declaracin recibida y las tasas o volmenes previstos (segn los sistemas de los operadores) para un periodo de trfico determinado. 6.1 Tramitacin de controversia entrante Al recibir una controversia de volumen o tasa, se han de seguir las etapas sigui
37、entes: Etapa Accin 1 Se recibe una controversia que se transmite a la persona competente (administrador de cuentas del operador) responsable de liquidar esa cuenta particular. 2 La controversia se examina a fin de asegurarse de que contiene la informacin necesaria para investigarla. (sta debe ser la
38、 informacin necesaria identificada en los ejemplos de formulario de controversia indicados en los Anexos A y B, o enumerados en la clusula 6.3, con el asesoramiento correspondiente sobre tasas si la controversia se refiere a un cdigo de marcacin o a una tasa.) 3 Si la informacin necesaria se encuent
39、ra en el formulario, seguir su proceso normal de seguimiento e investigacin de la controversia (vanse las clusulas siguientes para los procedimientos de investigacin). Si no figura la informacin necesaria, vaya a la Etapa 4. 4 Si la informacin necesaria no figura en el formulario de controversia, en
40、viar al operador un correo electrnico indicndole que se ha recibido constancia de su controversia pero que no se puede tramitar sin toda la informacin necesaria. Adjuntar al correo electrnico el formulario de controversia sobre volumen/tasa entrante. (Quiz no desee registrar datos de seguimiento de
41、controversia hasta haber recibido toda la informacin necesaria.) 6.2 Investigacin de controversias A continuacin se indican varias actividades que se pueden llevar a cabo para garantizar que se han estudiado todos los aspectos de la solucin de una controversia. Investigacin general Comprobar controv
42、ersias anteriores y su solucin (esto puede dar una indicacin de la causa subyacente) y comprobar algunas cuestiones habituales que se pueden examinar a fin de no tener que analizar los registros de detalle de llamadas (CDR), que habitualmente se trata de cuestiones contractuales tales como comprobar
43、 que el huso horario es el previsto, si se ha aplicado el redondeo de llamada, la duracin mnima de la llamada, si existe un acuerdo especial de permutacin, etc. Rec. UIT-T D.170/supl.2 (05/2010) 3 Controversias sobre el volumen Para las controversias sobre el volumen, se pueden utilizar CDR para inv
44、estigar la controversia llamada por llamada. Tambin se necesitan CDR del otro operador para efectuar comparaciones. Los CDR se pueden utilizar para: Calcular sumas del volumen de las llamadas, los minutos reales y los minutos facturados a partir del CDR y de la factura enviada por el operador. Garan
45、tizar que los CDR del operador corresponden al volumen previsto con arreglo a la factura enviada. Comparar los CDR por fecha, especialmente el primero y el ltimo da del periodo de facturacin. Comprobar que los CDR de ambas partes se expresan en el mismo huso horario. Controversias sobre tasas y/o cd
46、igo de marcacin Validar los trminos y condiciones del contrato (tasas, husos horarios, incrementos/redondeo de minutos, tarifas en hora punta/fuera de hora punta, etc.). Comprobar que los datos de referencia del sistema estn actualizados (es decir, informacin sobre el cdigo de marcacin, etc.). Confi
47、rmar que los totales de la factura corresponden a la entrada de datos (manual, EDI o escaneado). Revalidar los compromisos, umbrales y/o descuentos por volumen. Comprobar notificaciones de tipo de cambio que puedan estar en vigor pero que todava no figuran en la factura. 6.3 Informacin necesaria par
48、a resolver controversias Para investigar y resolver una controversia, el operador que la enva debe facilitar la informacin siguiente: Nombre del operador; nombre/telfono de contacto. Fecha actual. Tipo de servicio (bilateral-telefnico, concentracin, reoriginacin, etc.). Comunicacin de tarifa original (en caso de discrepancia sobre las tarifas o el cdigo de marcacin). Para discrepancias sobre el volumen: fecha de servicio (periodo de trfico); pas/operador originador; operador de trnsito/intermedio (en su caso); pas/operador de terminacin; regin de terminac