1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-T D.280SECTOR DE NORMALIZACIN (03/95)DE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UITTASACIN Y CONTABILIDAD EN LOS SERVICIOSINTERNACIONALES DE TELECOMUNICACINPRINCIPIOS DE TASACIN Y FACTURACIN,CONTABILIDAD Y REEMBOLSOPARA TELECOMUNICACIONESPERSONALES UNIVERSALESRecomend
2、acin UIT-T D.280(Anteriormente Recomendacin del CCITT)PREFACIOEl UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones) es un rgano permanente de la Unin Internacional deTelecomunicaciones (UIT). Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomen-daciones sobre l
3、os mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial.La Conferencia Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (CMNT), que se celebra cada cuatro aos,establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendacio
4、nessobre dichos temas.La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en laResolucin N. 1 de la CMNT (Helsinki, 1 al 12 de marzo de 1993).La Recomendacin UIT-T D.280 ha sido preparada por la Comisin de Estudio 3 (1993-1996) del UIT-T y fue aproba
5、dapor el procedimiento de la Resolucin N. 1 de la CMNT el 20 de marzo de 1995._NOTAEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto unaadministracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. UIT 1995Es pr
6、opiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse o utilizarse, de ninguna forma o por ningn medio,sea ste electrnico o mecnico, de fotocopia o de microfilm, sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT.Recomendacin D.280 (03/95) iNDICEPginaRecomendacin D.280 (03/95)1 Alcance. 12 Tr
7、minos y definiciones . 13 Consideraciones generales 14 Principios de tasacin . 24.1 Generalidades 24.2 Tasacin efectuada por el proveedor del servicio .24.3 Tasacin efectuada por la red visitada 24.4 Tasas de llamadas a usuarios UPT 34.5 Tasas de llamadas efectuadas por un usuario UPT transente 35 P
8、rincipios aplicables a la contabilidad del trfico internacional. 36 Facturacin y reembolso. 46.1 Llamadas salientes efectuadas por un usuario UPT transente. 46.2 Llamadas salientes efectuadas por un usuario UPT no transente 46.3 Llamadas a un usuario UPT transente. 47 Continuacin del estudio 5Anexo
9、A. 6Anexo B . 10Anexo C . 14Recomendacin D.280 (03/95) 1Recomendacin D.280Recomendacin D.280 (03/95)PRINCIPIOS DE TASACIN Y FACTURACIN, CONTABILIDADY REEMBOLSO PARA TELECOMUNICACIONESPERSONALES UNIVERSALES(Ginebra, 1995)1 AlcanceEsta Recomendacin abarca los principios de tasacin y la facturacin corr
10、espondiente, la contabilidad y los reembolsosaplicables al servicio de telecomunicaciones personales universales (UPT, universal personal telecommunications) quese describe en las Recomendaciones de la serie F.850.En la presente Recomendacin se dan orientaciones sobre:1) principios y opciones de tas
11、acin;2) principios de contabilidad del trfico;3) principios de facturacin de las llamadas UPT; y4) requisitos para el reembolso entre proveedores de servicios, aplicables a los diversos tipos de llamada quepueden producirse en las UPT.Tambin se indican los principios de tasacin relativos a las funci
12、ones de gestin del perfil de servicio UPT.2 Trminos y definicionesA los efectos de la presente Recomendacin, son aplicables las definiciones siguientes:2.1 cliente UPT: El individuo o entidad que obtiene, por haberse abonado especficamente a un proveedor deservicio UPT, servicios UPT que van a ser u
13、tilizados por uno o ms usuarios UPT. El cliente es responsable del pago detodas las tasas y tarifas de arriendo debidas a ese proveedor de servicio UPT. El cliente UPT tambin puede serusuario UPT.En la Recomendacin F.851 figuran otros trminos y definiciones aplicables a las UPT.3 Consideraciones gen
14、erales3.1 El servicio de telecomunicaciones personales universales (UPT) se define en las Recomendaciones pertinentesde la serie F.850.3.2 Los clientes UPT se inscribirn en un proveedor o proveedores del servicio UPT a los efectos de su movilidadpersonal nacional y/o internacional.3.3 Los usuarios U
15、PT pueden transitar (Nota) dentro de la zona de su proveedor de servicio UPT o a otras zonasde servicio nacionales y/o internacionales. La gama de capacidades puestas a disposicin de los usuarios UPT puedeestar sujeta a acuerdos bilaterales entre su proveedor de servicio UPT y otros proveedores de s
16、ervicio.NOTA El trmino transitar se utiliza en esta Recomendacin para indicar la movilidad personal.3.4 El proveedor de servicio UPT conocer la ubicacin de sus usuarios UPT transentes en base a la informacinproporcionada por dichos usuarios.3.5 Las redes sern capaces de identificar y registrar los d
17、etalles necesarios de las llamadas efectuadas y recibidaspor el usuario UPT a los efectos de facturacin y liquidacin.3.6 El proveedor de servicio facturar a sus clientes UPT.3.7 Como parte de un acuerdo bilateral, el proveedor de servicio UPT reembolsar a otro(s) proveedor(es) deservicio el importe
18、de las tasas correspondientes a su usuario UPT transente.3.8 Las caractersticas de la tarificacin en varias situaciones de tasacin hace necesario que un nmero UPT seaidentificable nicamente por los llamantes y los proveedores de servicio.2 Recomendacin D.280 (03/95)4 Principios de tasacin4.1 General
19、idades4.1.1 Las tasas en cada pas son un asunto de carcter nacional.4.1.2 Las disposiciones relativas a la tasacin y el cobro de las tasas pueden ser flexibles de acuerdo con la opcinde servicio ofrecida por el proveedor del servicio UPT y seleccionada por el abonado UPT.4.1.3 El proveedor del servi
20、cio UPT es responsable de facturar a su cliente UPT todas las tasas aplicables y lasestructuras de tasacin deben ser comprensibles para la parte llamante y el cliente UPT.4.2 Tasacin efectuada por el proveedor del servicioLas tasas facturadas al abonado UPT debern incluir el importe debido a otros p
21、roveedores de red o a otros proveedoresde servicio ms las tasas de manipulacin que puedan ser aplicables.Las tasas aplicadas por un proveedor de servicio UPT consistirn normalmente en:4.2.1 Tasas de abono (componente de acceso al servicio) registro (no repetitiva); tasa o tarifa de arriendo peridica
22、 (repetitiva).Estas tasas son independientes de la utilizacin.4.2.2 Tasas por llamada (componente de utilizacin) tasas de utilizacin (nacional y/o internacional, segn proceda); cualesquiera tasas de servicios suplementarios.4.2.3 Tasas de utilizacin de la red de sealizacin relacionadas con la llamad
23、a (queda en estudio).Esas tasas de red de sealizacin pueden estar incluidas en las tasas de abono y/o en las tasas por llamada descritas msarriba. Las formalidades de tasacin de otras posibles utilizaciones de la red de sealizacin en lo que concierne a lasprestaciones de servicio relacionadas con la
24、s UPT quedan en estudio.Adems, el proveedor del servicio UPT puede aplicar:4.2.4 Tasas de gestin del perfil del servicio establecimiento del perfil del servicio; mantenimiento del perfil del servicio; actualizacin del perfil del servicio por el proveedor del servicio; actualizacin del perfil del ser
25、vicio por el cliente.Las tasas de gestin del perfil del servicio pueden ser, por ejemplo, peridicas y/o por actualizacin, y pueden basarse enla funcin, la duracin y/o el volumen.Como otra posibilidad, pueden estar incluidas en las tasas de abono y/o en las tasas por llamada descritas ms arriba.4.3 T
26、asacin efectuada por la red visitada (queda en estudio)Las tasas aplicadas por otros proveedores de servicio al usuario UPT visitante incluirn normalmente una o ms de lassiguientes: tasas de registro de trnsito (repetitivas y/o no repetitivas); tasas de actualizacin del perfil del servicio; tasas de
27、 utilizacin (es decir, tasas por llamada); cualesquiera tasas de servicios suplementarios.Recomendacin D.280 (03/95) 34.4 Tasas de llamadas a usuarios UPT4.4.1 La tasa de una llamada internacional a un usuario UPT no transente se deber basar en la tasa apropiada parauna llamada a cualquier abonado q
28、ue no sea un usuario UPT en la misma relacin (vanse el Anexo A, caso A1,Anexo B, caso B1, y vanse tambin 4.4.3 y 4.4.4 siguientes).4.4.2 Cuando el usuario UPT llamado transita internacionalmente, pueden ser posibles varias opciones de tasacin,que se indican ms abajo. Inicialmente, slo la opcin i) pu
29、ede ser posible en ciertos casos, pues las opciones ii) a iv)conllevan el encaminamiento directo de la llamada a la ubicacin de trnsito, lo que requiere capacidades de red msavanzadas.i) El llamante paga la llamada hasta la ubicacin de residencia o fija del usuario UPT llamado (por la cualse encamin
30、a la llamada). El usuario UPT transente llamado paga la llamada desde la ubicacin fija hastala ubicacin por la que transita (vanse el Anexo A, caso A2 y A5 y el Anexo B, caso B2).ii) El llamante paga la tasa apropiada de la llamada hasta la ubicacin a la cual ha transitado el usuario UPTvanse el Ane
31、xo A, casos A3, opcin a) y A5, opcin a) y el Anexo B, caso B3, la opcin a) de tasapagada por el llamante.iii) El llamante paga las tasas de una llamada hasta la ubicacin fija con independencia del lugar donde hatransitado el usuario UPT llamado; cualquier saldo residual de tasas que pueda ser aplica
32、ble debido a queel usuario UPT llamado ha transitado, es pagado por el usuario UPT llamado (la opcin de tasa dividida).Para mayores detalles, vanse el Anexo A, caso A3, opcin b), y el Anexo B, caso B3, opcin b). Estaopcin requerir acuerdos especiales (vase 6.3).iv) El usuario UPT transente llamado p
33、aga la llamada en base a las tasas aplicables en la red de origen a lallamada saliente (vase el Anexo A, caso A3, opcin c) y el Anexo B, caso B3, la opcin c) de nmerollamado facturado). La opcin de nmero llamado facturado debe ser registrada por el usuario UPTtransente y sera aplicable a todas las l
34、lamadas.4.4.3 Las tasas de las llamadas a usuarios UPT pueden ser como las tasas postales; por ejemplo, pueden serindependientes de la distancia o del destino.4.4.4 Cuando el usuario UPT llamado ha transitado al pas del llamante (Anexo A, caso A4) o cuando ambosusuarios UPT llamante y llamado han tr
35、ansitado al mismo pas (Anexo B, caso B4), y la llamada es encaminada comouna llamada nacional, la tasa se basar en la tarifa de una llamada nacional. Sin embargo, inicialmente, puede haber dosllamadas internacionales. Esto debe tratarse de acuerdo con el Anexo A, caso A2.4.4.5 Cuando se acuerde de m
36、anera bilateral entre proveedores de servicios, y los detalles de la llamada establecidapuedan ser determinados, ser posible disponer de llamadas de cobro revertido tratadas por el operador como sigue:a) cuando la llamada termina en la ubicacin fija del usuario UPT llamado;b) cuando el usuario UPT l
37、lamado ha transitado y la llamada se efecta a la ubicacin fija.La llamada a la ubicacin fija se tasar como si se hubiera efectuado en el sentido inverso.Otras aplicaciones de cobro revertido requieren capacidades de red ms avanzadas y quedan en estudio.4.5 Tasas de llamadas efectuadas por un usuario
38、 UPT transenteCuando no se ha acordado bilateralmente y se ha puesto a disposicin una facilidad de cobro revertido entre losproveedores de servicio, las tasas de utilizacin de llamadas salientes efectuadas por un usuario UPT transente debernbasarse en las del proveedor del servicio digital. Para los
39、 aspectos relativos a la facturacin y reembolso, vase laclusula 6 (vase tambin el Anexo B, casos B1, B2 y B3).5 Principios aplicables a la contabilidad del trfico internacional5.1 La contabilidad del trfico internacional ser conforme a la conexin establecida, utilizando la tasa dedistribucin aplicab
40、le a esa llamada y se efectuar a travs de las cuentas de trfico normales.4 Recomendacin D.280 (03/95)5.2 La utilizacin de las facilidades UPT del proveedor de servicio visitado no deber formar parte de las cuentasinternacionales normales, y se trata en la clusula 6.6 Facturacin y reembolso6.1 Llamad
41、as salientes efectuadas por un usuario UPT transente6.1.1 La red o el proveedor de servicio visitados preparar un estado de cuenta de las tasas pagaderas por elproveedor del servicio UPT del cliente por su usuario UPT transente, por los servicios utilizados, llamadas efectuadas,accesos a bases de da
42、tos, etc.6.1.2 El formato y la frecuencia de los estados de cuenta se acordar entre los proveedores de servicio UPT (quedaen estudio).6.1.3 El estado de cuenta indicado en 6.1.1 se expresar en la moneda nacional de la red o proveedor deservicio UPT visitados o en derechos especiales de giro (DEG), o
43、 en otra moneda acordada entre los proveedores deservicio UPT. Se indicar tambin el tipo de conversin utilizado.6.1.4 Se prepararn estados de cuenta por cada usuario UPT transente, e incluirn lo siguiente: periodo cubierto por el estado de cuenta; nmero UPT; cualquier derecho de registro; para cada
44、llamada y cada acceso a bases de datos (segn proceda): fecha y hora de comienzo de la llamada; nmero llamado completo; pas de destino, si no es indicado por el nmero llamado; duracin en minutos y segundos; cualesquiera servicios suplementarios utilizados; tasa de la llamada y moneda.6.1.5 El proveed
45、or de servicio UPT facturar a su cliente UPT de acuerdo con los datos proporcionados por la red oproveedor de servicio visitados.6.1.6 La red o el proveedor de servicio visitados sern reembolsados por el proveedor de servicio UPT del usuariosobre la base de los estados de cuenta. Si no se han acorda
46、do otros procedimientos, la liquidacin se efectuar deconformidad con las disposiciones del Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales (Melbourne, 1988).6.2 Llamadas salientes efectuadas por un usuario UPT no transenteEstas llamadas sern facturadas por el proveedor de servicio UPT del usuar
47、io, en base a las tasas del proveedor deservicio UPT.6.3 Llamadas a un usuario UPT transente6.3.1 Opcin tasa pagada por el llamanteEn esta opcin se aplica la facturacin normal y no ocasiona reembolsos.6.3.2 Opcin de tasa dividida (queda en estudio)La red que origina la llamada proporcionar al provee
48、dor de servicio UPT del usuario UPT transente, como mnimo, unestado de cuenta del saldo de las tasas por la llamada efectuada (pero no facturadas por la parte llamante), que deberreembolsarle el proveedor de servicio UPT de la parte llamada. Estos estados de cuenta deben incluir la informacinpertinente de los descritos en 6.1.4. El proveedor de servicio UPT del usuario UPT transente facturar a suabonado UPT sobre la base de los datos proporcionados por la red o proveedor de servicio que origina la llamada.Se debe sealar que esta opcin slo puede aplicarse tras un acuerdo bilater