ITU-T D 301 R SPANISH-1995 DETERMINATION OF ACCOUNTING RATE SHARES AND COLLECTION CHARGES IN TELEX RELATIONS BETWEEN COUNTRIES IN EUROPE AND THE MEDITERRANEAN BASIN《欧洲及地中海海域国家间电传关系.pdf

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1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-T D.301 RSECTOR DE NORMALIZACIN (03/95)DE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UITRECOMENDACIONES APLICABLESEN EL PLANO REGIONALNORMAS DE TARIFICACIN A APLICAREN LOS SERVICIOS INTERNACIONALESDE TELECOMUNICACIONESFIJACIN DE LAS PARTES ALCUOTASDE DISTRIBUCIN Y DE LAS

2、 TASASDE PERCEPCIN EN LAS RELACIONESTLEX ENTRE PASES DE EUROPAY DE LA CUENCA MEDITERRNEARecomendacin UIT-T D.301 R(Anteriormente Recomendacin del CCITT)PREFACIOEl UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones) es un rgano permanente de la Unin Internacional deTelecomunicaciones (UIT). Este

3、 rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomen-daciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial.La Conferencia Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (CMNT), que se celebra cada cuatro aos,establece los

4、 temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendacionessobre dichos temas.La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en laResolucin N. 1 de la CMNT (Helsinki, 1 al 12 de marzo de 1993).La Recomen

5、dacin UIT-T D.301 R ha sido revisada por la Comisin de Estudio 3 (1993-1996) del UIT-T y fueaprobada por el procedimiento de la Resolucin N. 1 de la CMNT el 20 de marzo de 1995._NOTAEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto unaadministracin d

6、e telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. UIT 1995Es propiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse o utilizarse, de ninguna forma o por ningn medio,sea ste electrnico o mecnico, de fotocopia o de microfilm, sin previa autorizacin escrita p

7、or parte de la UIT.Recomendacin D.301 R (03/95) iNDICERecomendacin D.301 R (03/95)Pgina1 Explicacin de ciertos trminos y expresiones empleados en la presente Recomendacin 12 Determinacin de las partes alcuotas de distribucin en las relaciones tlex entre pases de Europa y de laCuenca Mediterrnea 12.1

8、 Consideraciones generales 12.2 Clculo de las distancias (parte lnea) . 12.3 Normas de tarificacin que han de aplicarse para establecer la contabilidad internacional 32.4 Remuneracin de los medios puestos a disposicin para prolongar circuitos intercontinentales . 63 Fijacin de las tasas de percepcin

9、 en las relaciones tlex entre pases de Europa y de la CuencaMediterrnea. 63.1 Consideraciones generales 63.2 Fijacin de las tasas de percepcin . 6Anexo A Normas de tarificacin que han de aplicarse en Europa y en la Cuenca Mediterrnea para determinarlas partes alcuotas de distribucin en servicio tlex

10、 7A Partes alcuotas aplicables en los pases terminales por minuto de comunicacin tlex 7B Partes alcuotas aplicables en los pases de trnsito por minuto de comunicacin tlex 7Anexo B Normas que han de aplicarse en Europa y en la Cuenca Mediterrnea para remunerar los mediospuestos a disposicin entre Adm

11、inistraciones en un pas de trnsito directo . 8Anexo C Normas que han de aplicarse en Europa y en la Cuenca Mediterrnea para remunerar los mediospuestos a disposicin entre Administraciones en un pas de destino9Anexo D Remuneracin de los medios utilizados para el establecimiento de circuitos de tipo t

12、elegrfico porsatlite (sistema INTELSAT) a travs de una estacin terrena de Europa y de la Cuenca Mediterrnea 10D.1 Tarifas a tanto alzado por la puesta a disposicin de circuitos de tipo telegrfico establecidos atravs de una estacin terrena extranjera europea . 10D.2 Remuneracin por unidad de trfico a

13、plicable en las relaciones tlex entre pases de Europa y dela Cuenca Mediterrnea cuando el trfico se encamina mediante enlaces por satlite 11ii Recomendacin D.301 R (03/95)INTRODUCCINCuando, en el ejercicio de su plena soberana, las Administraciones de los pases de Europa y de la Cuenca Mediterrneane

14、gocien entre s acuerdos para determinar las partes alcuotas de distribucin y cuando fijen las tasas de percepcin quehan de aplicar en sus relaciones tlex, se recomienda que tomen en consideracin: para determinar las partes alcuotas y las tasas de distribucin, las disposiciones de la clusula 2 de lap

15、resente Recomendacin (Determinacin de las partes alcuotas de distribucin); para fijar las tasas de percepcin, las directrices de la clusula 3 de esta Recomendacin.Las tasas normalizadas mencionadas en la presente Recomendacin se expresan en la unidad monetaria del FondoMonetario Internacional (FMI),

16、 es decir, el derecho especial de giro (DEG). De conformidad con el Reglamento de lasTelecomunicaciones Internacionales, un franco oro equivale a 3,061 DEG.Recomendacin D.301 R (03/95) 1Recomendacin D.301 RRecomendacin D.301 R (03/95)FIJACIN DE LAS PARTES ALCUOTAS DE DISTRIBUCINY DE LAS TASAS DE PER

17、CEPCIN EN LAS RELACIONES TLEXENTRE PASES DE EUROPA Y DE LA CUENCA MEDITERRNEA1) 2)(revisada en 1995)1 Explicacin de ciertos trminos y expresiones empleados en la presenteRecomendacinEn la Recomendacin D.000 se explican algunos trminos y expresiones empleados en la presente Recomendacin.2 Determinaci

18、n de las partes alcuotas de distribucin en las relaciones tlex entrepases de Europa y de la Cuenca Mediterrnea2.1 Consideraciones generales2.1.1 Como en el establecimiento de cualquier comunicacin internacional intervienen a la vez la red internacional ylas redes nacionales de los pases terminales,

19、para determinar las partes alcuotas de distribucin que corresponden acada pas han de tenerse en cuenta tres elementos fundamentales, a los que se aplican normas de tarificacin distintas: la parte lnea (transmisin) de la red internacional, que comprende los diferentes sistemas detransmisin empleados

20、y es funcin de la distancia; la central internacional, es decir, la parte conmutacin del circuito internacional, ms el equipo detransmisin terminal; la parte prolongacin nacional, expresin que designa la parte utilizada de la red nacional de los pasesterminales.2.1.2 En ciertos casos particulares, c

21、uando la parte lnea (transmisin) de una relacin internacional es: un enlace por dispersin troposfrica, un radioenlace de ondas decamtricas,no se aplican las disposiciones de la presente Recomendacin relativas a la determinacin de la parte alcuota dedistribucin en funcin de la longitud del circuito i

22、nternacional, y debern determinarse las partes alcuotas dedistribucin mediante acuerdo entre las Administraciones interesadas.Los casos en que la parte lnea (transmisin) de una relacin es un enlace por satlite se tratan en el Anexo D.2.2 Clculo de las distancias (parte lnea)2.2.1 Distancias que han

23、de tenerse en cuenta2.2.1.1 Caso generalPara determinar la parte alcuota de distribucin que corresponde a un pas por la utilizacin de circuitos internacionales,la distancia que ha de tenerse en cuenta es, en principio:En un pas terminal La distancia a vuelo de pjaro entre:a) el punto en que el circu

24、ito internacional atraviesa la frontera; yb) la central internacional en que termina el circuito;_1)Por pases de la Cuenca Mediterrnea se entienden los pases del litoral mediterrneo distintos de los europeos.2)Las tasas normalizadas de la presente Recomendacin fueron aprobadas en 1984.2 Recomendacin

25、 D.301 R (03/95)En un pas de trnsito La distancia a vuelo de pjaro entre los dos puntos en que el circuito internacional atraviesa la frontera deese pas.Las disposiciones precedentes relativas al clculo de las distancias se aplican a los circuitos internacionales tanto porcables terrestres como por

26、radioenlaces.2.2.1.2 Casos particulares2.2.1.2.1 Radioenlaces sobre el mar o a travs de un tercer pasCuando un circuito internacional por radioenlace atraviese fronteras y pase, sin estacin de repetidores intermedia, porencima de un tercer pas o del mar, se tomar como punto en que atraviesa la front

27、era, para medir la longitud de dichocircuito, el punto equidistante de las dos estaciones de repetidores del radioenlace situadas a uno y otro lado de lasfronteras.2.2.1.2.2 Cables submarinosEn el caso de circuitos internacionales por cable submarino, para calcular las distancias se adoptarn las dis

28、posicionessiguientes:a) por lo que respecta a la seccin terrestre del circuito, se calcular la distancia conforme a las reglasgenerales (distancia a vuelo de pjaro), suponiendo que el punto en que el circuito atraviesa la fronteraest situado en la estacin de cable submarino;b) por lo que respecta a

29、la seccin por cable submarino, la distancia considerada ser la distancia realentre las estaciones terminales del cable submarino, distancia real determinada por acuerdo entre loscopropietarios del cable; esta distancia se dividir de forma apropiada (normalmente en mitades) entre lospases de los extr

30、emos del cable.2.2.1.2.3 Itinerarios particularesEn circunstancias excepcionales, la distancia a vuelo de pjaro a base de la cual se calculan la tasa terminal o la detrnsito puede ser objeto de incrementos para tener en cuenta itinerarios muy particulares seguidos por los circuitosinternacionales. P

31、or ejemplo, en el caso de un pas de trnsito directo, la distancia a vuelo de pjaro entre los puntos decruce de frontera a la entrada y a la salida de un circuito puede reemplazarse, en condiciones excepcionales, por lalongitud que resulta de la suma de dos segmentos a vuelo de pjaro que forman una l

32、nea quebrada, etc.2.2.2 Posibilidad de ponderacin de las distanciasEn el clculo de las distancias a vuelo de pjaro para la seccin internacional, se efecta normalmente una ponderacinen funcin del nmero de circuitos para simplificar la contabilidad, cuando en una relacin de trfico determinadaexisten:

33、varias rutas internacionales de itinerarios diferentes que terminan en una central internacional; varias centrales internacionales que dan servicio en un mismo pas a una relacin de trfico determinada.Esta ponderacin sirve para determinar una longitud a vuelo de pjaro para fijar las partes alcuotas d

34、e distribucinrelativas a la seccin internacional y subsiste mientras no se modifique profundamente la estructura de la red. Estalongitud de la seccin internacional se utiliza para fijar el elemento seccin internacional para las partes alcuotasrelativas al conjunto de los circuitos tlex internacional

35、es.2.2.3 Redondeo de las distancias2.2.3.1 Las distancias inferiores a 50 km se redondean a 50 km.Ejemplo: una distancia de 24 km se redondea a 50 km.2.2.3.2 Las dems distancias se redondean al mltiplo de 50 km ms prximo.Ejemplos: una distancia de 72 km se redondea a 50 km, una distancia de 126 km s

36、e redondea a 150 km, una distancia de 175 km se redondea a 200 km.Recomendacin D.301 R (03/95) 32.2.3.3 Esta regla para redondear las distancias es vlida tanto en cada uno de los pases terminales como en cada unode los pases de trnsito y se aplica a la distancia total calculada para cada pas. Por ot

37、ra parte, se aplica a laremuneracin de las Administraciones, a tanto alzado en funcin de los medios de transmisin puestos a disposicin, osegn las unidades de trfico efectivamente encaminadas.2.2.3.4 Cuando se procede a la ponderacin de las distancias conforme a lo dispuesto en 2.2.2, el redondeo se

38、efectaslo despus de calcular la distancia ponderada.2.2.4 Caso de varias rutas en una misma relacinCuando en una relacin determinada existen varias rutas que pasan por pases de trnsito diferentes, esos pases recibenen todos los casos la parte alcuota o la remuneracin a tanto alzado que les correspon

39、de normalmente en funcin de ladistancia entre puntos de entrada y de salida; nicamente la Administracin del pas de origen asume la igualacin de lastasas de percepcin en una relacin con diferentes rutas, y no se efecta reduccin alguna de las sumas correspondientesa los pases de trnsito.2.3 Normas de

40、tarificacin que han de aplicarse para establecer la contabilidad internacionalPor lo que respecta al establecimiento de la contabilidad internacional, se prevn dos mtodos de remuneracin de losmedios puestos a disposicin entre Administraciones: mtodo de remuneracin por unidad de trfico; mtodo de remu

41、neracin a tanto alzado de los medios puestos a disposicin.2.3.1 Mtodo de remuneracin por unidad de trficoPara determinar las partes alcuotas de distribucin correspondientes a cada pas, se recomienda aplicar, por minuto decomunicacin tlex, las siguientes normas de tarificacin.1) Red internacionala) E

42、xplotacin manual:b) Explotacin semiautomtica y automtica:DEG por 100 km de circuito internacional (excluido cualquier circuito internacional requerido para conectar lacentral internacional a la central nacional que sirve al abonado)a), b). . . . por la central internacional manual del pas de origen

43、o de destinob), c)0,817 por una central internacional manual de un pas de trnsitob), c)0,817DEG por 100 km de circuito internacional (excluido cualquier circuito nacional requerido para conectar la centralinternacional a la central nacional que sirve al abonado)a), b). . . . por la central internaci

44、onal semiautomtica del pas de origenb)0,784 por la central internacional automtica del pas de origenb), c)0,029 por la central internacional automtica del pas de destinob), c)0,029 por una central internacional automtica de un pas de trnsitob), c)0,039a)Los clculos han demostrado que la tasa por la

45、parte lnea asciende, en explotacin manual y en explotacin automtica,a 0,0008 y 0,0003 DEG, respectivamente, por 100 km y por minuto de comunicacin. Teniendo en cuenta que estos importesson relativamente reducidos, se ha incluido el coste del elemento lnea en la parte correspondiente a la central int

46、ernacional,sobre la base de una distancia media de 500 km para el trfico terminal de salida y de llegada y de 1000 km para el trfico detrnsito. Por consiguiente, el trfico encaminado en trnsito directo slo se puede remunerar con arreglo al procedimiento deremuneracin a tanto alzado.b)Las normas de t

47、arificacin para el elemento lnea por 100 km de circuito y por minuto conforme se fijan en la notaa)pueden no ser adecuadas para ciertos cables submarinos de poca capacidad. En este caso, la fijacin de las normas detarificacin debe efectuarse por acuerdo entre las partes interesadas.c)Este importe co

48、mprende los gastos correspondientes a los equipos de transmisin para un extremo en explotacin terminal, ypara dos extremos en trnsito.4 Recomendacin D.301 R (03/95)2) Prolongacin nacionalAl establecer la tarificacin puede aadirse una parte alcuota para cubrir los gastos correspondientes a la prolongacinde las comunicaciones por la red nacional, habida cuenta de: la media ponderada del nmero de centrales nacionales que se utilizan para e

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