1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESCCITT D.306 RCOMIT CONSULTIVOINTERNACIONALTELEGRFICO Y TELEFNICOPRINCIPIOS GENERALES DE TARIFICACINTASACIN Y CONTABILIDAD EN LOS SERVICIOSINTERNACIONALES DE TELECOMUNICACINREMUNERACIN DE LAS REDESPBLICAS DE TRANSMISIN DE DATOSCON CONMUTACIN DE PAQUETESENTRE LO
2、S PASES DE EUROPAY DE LA CUENCA MEDITERRNEARecomendacin D.306 RGinebra, 1991PREFACIOEl CCITT (Comit Consultivo Internacional Telegrfico y Telefnico) es un rgano permanente de la UninInternacional de Telecomunicaciones (UIT). Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios ypublic
3、a Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el planomundial.La Asamblea Plenaria del CCITT, que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiarse yaprueba las Recomendaciones preparadas por sus Comisiones de Estudio. La aprobacin d
4、e Recomendaciones por losmiembros del CCITT entre las Asambleas Plenarias de ste es el objeto del procedimiento establecido en laResolucin N.o2 del CCITT (Melbourne, 1988).La Recomendacin D.306 R ha sido preparada por la Comisin de Estudio III y fue aprobada por elprocedimiento de la Resolucin N.o2
5、el 15 de julio de 1991._NOTA DEL CCITTEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto unaAdministracin de telecomunicaciones como una empresa privada de explotacin de telecomunicaciones reconocida. UIT 1991Es propiedad. Ninguna parte de esta public
6、acin puede reproducirse o utilizarse, de ninguna forma o por ningn medio,sea ste electrnico o mecnico, de fotocopia o de microfilm, sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT.Recomendacin D.306 RRecomendacin D.306 RREMUNERACIN DE LAS REDES PBLICAS DE TRANSMISIN DE DATOSCON CONMUTACIN DE PAQU
7、ETES ENTRE LOS PASES DE EUROPAY DE LA CUENCA MEDITERRNEA(Melbourne, 1988; revisada en Ginebra, 1991)El CCITT,considerando(a) la introduccin en numerosos pases de Europa y de la Cuenca Mediterrnea de redes de transmisin dedatos con conmutacin de paquetes y el establecimiento sistemtico de enlaces par
8、a conectar estas redes entre s y conlas redes de los dems continentes;(b) la utilizacin de estas redes no slo para la transferencia de datos de ordenador sino tambin para laprestacin, como redes portadoras, de servicios de telemtica;(c) la necesidad de disponer de datos financieros de base sobre los
9、 medios de transmisin, conmutacin,explotacin y mantenimiento utilizados para determinar la tasa de distribucin aplicable al servicio de transmisin dedatos, tasa que puede constituir tambin un elemento de la tasa de distribucin de un servicio de telemtica prestado porestas redes,recomiendaque el impo
10、rte de las partes alcuotas de distribucin aplicables a las redes pblicas de transmisin de datoscon conmutacin de paquetes para remunerar la central internacional, la transmisin internacional y la prolongacinnacional sea:1 Trfico terminalParte alcuota terminal por kilosegmento1): 0,78 DEG o 2,39 F.or
11、o desde el 1 de enero de 1993, 0,66 DEG o 2,02 F.oro desde el 1 de enero de 1996.2 Trfico de trnsitoParte alcuota de trnsito por kilosegmento: 0,22 DEG o 0,67 F.oro.3 Tasa total de distribucinLa tasa total de distribucin se obtiene sumando las partes alcuotas terminales y la (o las) parte(s) alcuota
12、s detrnsito._1)La parte alcuota terminal consta de los elementos siguientes: Central internacional: 0,14 DEG (derecho especial de giro) Transmisin internacional: 0,04 DEG Prolongacin nacional:0,60 DEG (desde el 1 de enero de 1993)0,48 DEG (desde el 1 de enero de 1996).4 Recomendacin D.306 R4 Tasa de
13、 percepcinLa fijacin del nivel de las tasas de percepcin es asunto de ndole nacional. Se reconoce, sin embargo que enel servicio pblico de transmisin de datos con conmutacin de paquetes, las estructuras de las tasas de percepcin y delas tasas de distribucin pueden ser distintas. Entre otras razones, el coste de ciertos elementos que no intervienen en lacontabilidad internacional puede justificar la aplicacin de tasas de percepcin compuestas de tasas por volumen y porduracin, independientemente de la estructura adoptada para las tasas de distribucin.