1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-T E.111SECTOR DE NORMALIZACINDE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UITRED TELEFNICA Y RDSIEXPLOTACIN, NUMERACIN, ENCAMINAMIENTOY SERVICIO MVILAMPLIACIN DE LOS SERVICIOSTELEFNICOS INTERNACIONALESRecomendacin UIT-T E.111(Extracto del Libro Azul)NOTAS1 La Recomendac
2、in UIT-T E.111 se public en el fascculo II.2 del Libro Azul. Este fichero es un extracto delLibro Azul. Aunque la presentacin y disposicin del texto son ligeramente diferentes de la versin del Libro Azul, elcontenido del fichero es idntico a la citada versin y los derechos de autor siguen siendo los
3、 mismos (Vase acontinuacin).2 Por razones de concisin, el trmino Administracin se utiliza en la presente Recomendacin para designar auna administracin de telecomunicaciones y a una empresa de explotacin reconocida. UIT 1988, 1993Reservados todos los derechos. No podr reproducirse o utilizarse la pre
4、sente Recomendacin ni parte de la misma decualquier forma ni por cualquier procedimiento, electrnico o mecnico, comprendidas la fotocopia y la grabacin enmicropelcula, sin autorizacin escrita de la UIT.Fascculo II.2 - Rec. E.111 1Recomendacin E.111Fascculo II.2 - Rec. E.111AMPLIACIN DE LOS SERVICIOS
5、 TELEFNICOS INTERNACIONALESLa aplicacin de la disposicin del Reglamento Telefnico 1, segn la cual las Administraciones debenesforzarse por extender a todo su territorio los servicios telefnicos internacionales, puede a veces dar lugar a que seestablezcan comunicaciones poco satisfactorias desde el p
6、unto de vista de la calidad de transmisin. Conviene pues:1) no decidir la creacin o ampliacin de una nueva relacin a menos que se disponga para ella de medioscapaces de asegurar en todos los casos un servicio satisfactorio;2) subordinar la apertura de la relacin, o su ampliacin, al establecimiento de comunicaciones de pruebasatisfactorias.Referencias1 Actas finales de la Conferencia Administrativa Mundial Telegrfica y Telefnica (Ginebra, 1973) ReglamentoTelegrfico, Reglamento Telefnico, UIT, Ginebra, 1973.