1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-T F.127SECTOR DE NORMALIZACINDE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UIT(10/96)SERIE F: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIN NOTELEFNICOSServicio mvil Servicio mvil y servicios por satlite condestinos mltiplesProcedimientos operacionales para elinterfuncionamiento entre el
2、 servicio tlexinternacional y el servicio ofrecido por elsistema INMARSAT CRecomendacin UIT-T F.127(Anteriormente Recomendacin del CCITT)RECOMENDACIONES DE LA SERIE F DEL UIT-TSERVICIOS DE TELECOMUNICACIN NO TELEFNICOSPara ms informacin, vase la Lista de Recomendaciones del UIT-T.SERVICIO TELEGRFICO
3、 F.1F.109Mtodos de explotacin del servicio pblico internacional de telegramas F.1F.19La red gntex F.20F.29Conmutacin de mensajes F.30F.39El servicio internacional de telemensajes F.40F.58El servicio internacional tlex F.59F.89Estadsticas y publicaciones relativas a los servicios telegrficos internac
4、ionales F.90F.99Servicios de telecomunicacin a horas fijas y arrendados F.100F.104Servicio de telefotografa F.105F.109SERVICIO MVIL F.110F.159Servicio mvil y servicios por satlite con destinos mltiples F.110F.159SERVICIOS DE TELEMTICA F.160F.399Servicio facsmil pblico F.160F.199Servicio teletex F.20
5、0F.299Servicio videotex F.300F.349Aspectos generales de los servicios de telemtica F.350F.399SERVICIOS DE TRATAMIENTO DE MENSAJES F.400F.499SERVICIOS DE DIRECTORIO F.500F.549COMUNICACIN DE DOCUMENTOS F.550F.599Comunicacin de documentos F.550F.579Interfaces de comunicacin de programacin F.580F.599SER
6、VICIOS DE TRANSMISIN DE DATOS F.600F.699SERVICIOS AUDIOVISUALES F.700F.799SERVICIOS DE LA RDSI F.800F.849TELECOMUNICACIN PERSONAL UNIVERSAL F.850F.899FACTORES HUMANOS F.900F.999Recomendacin F.127 (10/96) iPREFACIOEl UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones) es un rgano permanente de l
7、a Unin Internacional deTelecomunicaciones (UIT). Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomen-daciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial.La Conferencia Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones
8、 (CMNT), que se celebra cada cuatro aos,establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendacionessobre dichos temas.La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en laResolucin N. 1 de la
9、 CMNT (Helsinki, 1 al 12 de marzo de 1993).La Recomendacin UIT-T F.127 ha sido revisada por la Comisin de Estudio 1 (1993-1996) del UIT-T y fue aprobadapor la CMNT (Ginebra, 9-18 de octubre de 1996)._NOTAEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para designar, en forma abreviada, ta
10、nto unaadministracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. UIT 1997Es propiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse o utilizarse, de ninguna forma o por ningn medio,sea ste electrnico o mecnico, de fotocopia o de microfilm, sin previa
11、 autorizacin escrita por parte de la UIT.NDICEPgina1 Definiciones . 12 Campo de aplicacin 13 Introduccin . 24 Principios operacionales. 25 Procedimientos operacionales 25.1 Servicio tlex internacional al sistema INMARSAT C 25.2 Llamadas desde una MES a abonados del servicio tlex internacional 45.3 L
12、lamadas de MES a MES que utilizan el servicio tlex internacional . 4Anexo A Lista por orden alfabtico de las abreviaturas contenidas en esta Recomendacin 5Recomendacin F.127 (10/96) 1Recomendacin F.127Recomendacin F.127 (10/96)PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES PARA EL INTERFUNCIONAMIENTOENTRE EL SERVICIO
13、 TLEX INTERNACIONAL Y EL SERVICIOOFRECIDO POR EL SISTEMA INMARSAT C(revisada en 1992 y en 1996)El UIT-T,considerandoa) que INMARSAT ha introducido varios servicios mviles basados en los sistemas INMARSAT A,INMARSAT B e INMARSAT C;b) que la Recomendacin F.120 especifica la identificacin de estaciones
14、 de barco para el servicio mvilmartimo por satlite;c) que la Recomendacin F.125 especifica el plan de numeracin para el servicio mvil martimo por satlite deINMARSAT;d) que el interfuncionamiento con el servicio tlex internacional es un requisito normalizado en el sistemaINMARSAT C,recomienda por una
15、nimidadque los procedimientos operacionales para el interfuncionamiento entre el servicio tlex internacional y el servicioprestado por el sistema INMARSAT C debern ajustarse a la presente Recomendacin.1 DefinicionesEn esta Recomendacin se definen los trminos siguientes.1.1 La estacin terrena de barc
16、o: est definida en el artculo 1, 4.16 del Reglamento de Radiocomunicaciones,UIT, Ginebra, 1982. A los efectos de esta Recomendacin, los trminos estacin terrena de barco y estacin terrenamvil son intercambiables.1.2 La estacin terrena costera: est definida en el artculo 1, 4.14 del Reglamento de Radi
17、ocomunicaciones,UIT, Ginebra, 1982. A los efectos de esta Recomendacin, los trminos estacin terrena costera y estacin terrenaterrestre son intercambiables.1.3 La unidad de almacenamiento y retransmisin mvil por satlite: es la interfaz funcional entre el sistemade transmisin de mensajes del servicio
18、martimo por satlite y el servicio tlex internacional.2 Campo de aplicacin2.1 El objetivo de esta Recomendacin es:a) normalizar los procedimientos para los abonados del servicio tlex internacional que llaman a estacionesterrenas mviles (MES, mobile earth station) por el sistema INMARSAT C;b) normaliz
19、ar los procedimientos para llamar desde una MES a abonados del servicio tlex internacional;c) normalizar los procedimientos para las llamadas de MES a MES que utilizan en trnsito la red tlexinternacional.2 Recomendacin F.127 (10/96)3 Introduccin3.1 Las caractersticas de los circuitos mviles por satl
20、ite proporcionados por el sistema INMARSAT C son talesque slo se permite la explotacin con almacenamiento y retransmisin cuando hay interfuncionamiento con el serviciotlex internacional.3.2 En el suplemento N. 3 a las Recomendaciones de la serie F, se facilita una descripcin general del sistemaINMAR
21、SAT C y los servicios que puede soportar (fascculo II.4 del Libro Azul, Melbourne, 1988).3.3 Para asegurar que se hace un uso ptimo del servicio tlex internacional, las Administraciones podrancomunicar a sus clientes cualesquiera diferencias en los procesos de mensajera entre el servicio ofrecido po
22、r el sistemaINMARSAT C y los procedimientos tlex normales ofrecidos por otros sistemas de norma INMARSAT.3.4 Las disposiciones de esta Recomendacin deberan aplicarse a las futuras implementaciones y, si es viable, alas implementaciones existentes de la unidad de almacenamiento y retransmisin mvil po
23、r satlite (MSSFU, mobilesatellite store-and-forward unit).4 Principios operacionales4.1 La comunicacin entre abonados del servicio tlex internacional y una MES se efecta mediantealmacenamiento y retransmisin, por lo que no se proporciona interfuncionamiento en el modo conversacional entreterminales.
24、4.2 El interfuncionamiento entre el servicio tlex internacional y el sistema INMARSAT C puede utilizarprocedimientos de marcacin monoetapa o bietapa para la entrega de mensajes tlex a una MES. Las Administracionespueden proporcionar ambos modos de funcionamiento o uno de ellos.Estos servicios pueden
25、 extenderse a travs de fronteras internacionales mediante acuerdos bilaterales. Cuando no existantales acuerdos bilaterales, la Administracin que explota el MSSFU puede liberar la llamada y devolver la seal deservicio (NA).4.3 En el sentido de mvil a fijo, los abonados al servicio mvil por satlite p
26、restado por el sistemaINMARSAT C, pueden enviar mensajes aislados a los abonados al servicio tlex internacional y a las aplicacionesapropiadas. La MSSFU retransmite los mensajes a travs del servicio tlex internacional.4.4 Respecto a las llamadas de MES a MES, los procedimientos para manejar las llam
27、adas entre diferentesregiones de satlite no estn sujetos a normalizacin internacional. Las llamadas de este tipo que utilicen el servicio tlexinternacional deben seguir los procedimientos tlex normales.5 Procedimientos operacionales5.1 Servicio tlex internacional al sistema INMARSAT C5.1.1 Marcacin
28、monoetapa por el cliente tlex5.1.1.1 Un cliente del servicio tlex internacional puede efectuar una llamada a una MES utilizando procedimientostlex normales.5.1.1.2 Cuando llame a un MES INMARSAT C, el abonado tlex de origen debe introducir la siguiente informacinde seleccin, ms cualquier prefijo nec
29、esario y la seal de fin de seleccin.58S4X1X8donde 58S es el cdigo tlex de destino de conformidad con la Recomendacin F.69 (S = 1, 2, 3 4), 4 es la cifra T deconformidad con la Recomendacin F.125, y X1X8forman parte de la identidad de la MES de conformidad con laRecomendacin F.125.5.1.1.3 Tras recibi
30、r esta direccin, la MSSFU verificar que la MES direccionada est registrada en la regin delsatlite y si el resultado es positivo, devolver la seal de comunicacin establecida de acuerdo con las Recomen-daciones pertinentes de la serie U. Si la verificacin falla, el intento de llamada debera ser libera
31、do por la MSSFU con laseal de servicio apropiada de conformidad con la Recomendacin F.131.5.1.1.4 La MSSFU debera devolver el distintivo de MES, con un formato conforme con la Recomendacin F.74.Recomendacin F.127 (10/96) 35.1.1.5 La MSSFU debera transmitir una seal WRU a continuacin del distintivo d
32、e la MES, a fin de capturar eldistintivo del abonado tlex de origen.5.1.1.5 bis Cuando la llamada a la MSSFU est siendo tratada por una SFU tlex que funciona de acerdo con lasRecomendaciones F.72 y U.81 en nombre de un cliente del servicio tlex internacional, la identificacin de la SFU tlexdebe envi
33、arse a la MSSFU inmediatamente despus de recibir el distintivo de la MES llamada. ste debe comprender laexpresin de cdigo CI, los caracteres SFU y el TNIC de la red responsable de la SFU tlex. Esto permitir que losprocedimientos que siguen estn bajo el control de la SFU tlex sin que la MSSFU devuelv
34、a seales de aviso.Cuando la llamada de la MSSFU es originada por un abonado del servicio tlex internacional que funciona en modointeractivo o manual, debern aplicarse los procedimientos indicados en 5.1.1.6 a 5.1.1.8.5.1.1.6 La direccin tlex llamante se determinar a partir del distintivo tlex recibi
35、do de acuerdo con las reglasdescritas en la Recomendacin U.74.Cuando no pueda determinarse la direccin tlex llamante, la MSSFU debera esperar tres segundos a partir del final deldistintivo recibido para permitir al cliente tlex de origen introducir voluntariamente su direccin tlex, de acuerdo conla
36、Recomendacin U.208. Al final de este periodo, la MSSFU devolver la seal de sugerencia ADD. Si la direccintlex llamante no se recibe transcurridos 15 segundos desde la sugerencia ADD, se devolver otra seal de sugerenciaADD. Si transcurren otros 15 segundos sin recibir la direccin tlex llamante, la co
37、nexin ser liberada por la MSSFU.Opcionalmente, la llamada puede ser aceptada por la MSSFU, y la sugerencia GA devuelta, cuando, en el caso de noentrega de un mensaje aceptado, existen disposiciones alternativas para proporcionar un mensaje de notificacin de noentrega al abonado tlex de origen, por e
38、jemplo, salida a una posicin de asistencia.Debe sealarse que algunas MSSFU no soportan el procedimiento ADD. En este caso la MSSFU deber devolver laexpresin de cdigo REJ y liberar la llamada.5.1.1.7 A partir de aqu puede comenzar la introduccin del mensaje por el cliente tlex de origen.5.1.1.8 El mt
39、odo preferido de liberacin que ha de ser aplicado por el cliente tlex de origen es el de utilizar la sealfin de transmisin (EOT, end-of-transmission), cuatro veces la combinacin 26 en posicin cifras (+), que no hacefalta pasar al receptor deseado. Este mtodo permite que la MSSFU proporcione un nmero
40、 de referencia de mensaje,que podra ser de utilidad al expedidor del mensaje si a continuacin se recibiera una notificacin de no entrega (NDN,non-delivery notification). Sin embargo, debe reconocerse que el cliente tlex de origen podra liberar la conexin de unade las siguientes formas:a) El cliente
41、puede cerrar su mensaje con la seal de fin de mensaje (EOM, end-of-message) NNNN, seguidapor un periodo de condicin de reposo de 30 segundos. Esto debera ser interpretado por la MSSFU comoequivalente a una seal EOT y devolver la secuencia de transaccin introducida aceptada para entrega(ITD, input tr
42、ansaction accepted for delivery) como se especifica en la Recomendacin U.208.b) El cliente puede cerrar su mensaje con la seal de fin de mensaje NNNN, seguida inmediatamente por unaliberacin, que tenga opcionalmente los distintivos intercambiados, en cuyo caso la MSSFU debeproceder como en c).c) La
43、llamada puede ser liberada sin EOT o EOM, en cuyo caso todo el texto recibido debera enviarse a laMES segn el procedimiento normal, incluyendo facultativamente una declaracin que advierta alrecibiente que el originador del mensaje no liber la conexin utilizando el procedimiento EOT y que, porconsigu
44、iente, el mensaje podra estar incompleto.d) Para facilitar la liberacin por los dispositivos emisores automticos tlex (TAED, telex automaticemitting device) que pueden interpretar una liberacin iniciada por la MSSFU como una condicinanormal, la secuencia ITD debe ir seguida por un periodo de condici
45、n de reposo para permitir laliberacin de los TAED, de acuerdo con la Recomendacin S.20.5.1.1.9 Despus de la liberacin de la conexin a travs de la red tlex internacional, la entrega del mensaje a la MESdireccionada debe comenzar en cuanto haya una oportunidad.5.1.1.10 El mensaje no debera ser conserv
46、ado en la MSSFU durante ms de 24 horas.5.1.1.11 En el caso de no entrega del mensaje a la MES, es responsabilidad de la MSSFU devolver NDN directamenteal cliente tlex de origen de acuerdo con la Recomendacin U.208.5.1.1.12 Si la entrega de mensaje no ha comenzado tras el periodo de 24 horas, debera
47、proporcionarse una NDN alcliente tlex de origen. Sin embargo, todo procedimiento de entrega que ya haya comenzado la MSSFU y que sobrepaseel periodo de 24 horas, debera ser completado.4 Recomendacin F.127 (10/96)5.1.2 Marcacin bietapa5.1.2.1 Los abonados del servicio tlex internacional deberan utili
48、zar los procedimientos normales de estable-cimiento de la comunicacin tlex para acceder a la MSSFU que tiene atribuido con este fin un nmero nacional,ajustndose los principios generales de servicio y los procedimientos y protocolos de acceso a las Recomenda-ciones F.72 y U.80 para el acceso bietapa a una unidad de almacenamiento y retransmisin.5.1.2.2 La MSSFU debera aceptar llamadas de direccin nica y de mltiples direcciones, conteniendo el rengln dedireccin un campo de informacin de advertencia opcional