1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESCCITT F.40COMIT CONSULTIVOINTERNACIONALTELEGRFICO Y TELEFNICOSERVICIOS DE TELEGRAFA Y MVILEXPLOTACIN Y CALIDAD DE SERVICIOSERVICIO PBLICO INTERNACIONALDE TELEMENSAJESRecomendacin F.40Ginebra, 1991PREFACIOEl CCITT (Comit Consultivo Internacional Telegrfico y Te
2、lefnico) es un rgano permanente de la UninInternacional de Telecomunicaciones (UIT). Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios ypublica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el planomundial.La Asamblea Plenaria del CCITT,
3、 que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiarse yaprueba las Recomendaciones preparadas por sus Comisiones de Estudio. La aprobacin de Recomendaciones por losmiembros del CCITT entre las Asambleas Plenarias de ste es el objeto del procedimiento establecido en laResolucin N
4、.o2 del CCITT (Melbourne, 1988).La Recomendacin F.40 ha sido preparada por la Comisin de Estudio I y fue aprobada por el procedimientode la Resolucin N.o2 el 11 de marzo de 1991._NOTA DEL CCITTEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto unaAdmi
5、nistracin de telecomunicaciones como una empresa privada de explotacin de telecomunicaciones reconocida. UIT 1991Es propiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse o utilizarse, de ninguna forma o por ningn medio,sea ste electrnico o mecnico, de fotocopia o de microfilm, sin previa au
6、torizacin escrita por parte de la UIT.Recomendacin F.40Recomendacin F.40SERVICIO PBLICO INTERNACIONAL DE TELEMENSAJES1 Introduccin1.1 Campo de aplicacin1.1.1 Las Administraciones que proporcionan el servicio pblico internacional de telemensajes como una forma detelecomunicacin, de conformidad con el
7、 Artculo 4.3 c) del Reglamento de Telecomunicaciones Internacionales(Melbourne, 1988) debern dar su acuerdo explcito sobre la base de la presente Recomendacin que contiene lasdisposiciones de explotacin pertinentes.1.1.2 El servicio pblico internacional de telemensajes puede funcionar en paralelo co
8、n el servicio pblicointernacional de telegramas o en sustitucin de este servicio. El servicio pblico internacional de telemensajes deberofrecer la posibilidad de funcionar junto con el servicio pblico internacional de telegramas en los casos en que se utilicecomo sustituto de dicho servicio.1.1.3 Lo
9、s principios de tarificacin para el servicio pblico internacional de telemensajes se establecen en laRecomendacin D.45.1.1.4 Si bien esta Recomendacin trata de una aplicacin relacionada con el sistema de retransmisin de mensajes yaestablecido en la Recomendacin F.31, el servicio de telemensajes no e
10、st limitado a las tcnicas basadas en laRecomendacin F.31.1.2 Definiciones sobre el servicio1.2.1 servicio de telemensajesServicio pblico internacional que permite la transmisin de mensajes con codificacin de caracteresintroducidos electrnicamente en redes pblicas nacionales de telecomunicaciones, o
11、por otros medios, para su entregafsica por un servicio postal (o uno equivalente) en el pas de destino, normalmente el siguiente da laborable/hbil.1.2.2 telemensajeDocumento impreso en estilo epistolar que, de preferencia, contiene letras maysculas y minsculas y seentrega en un sobre caracterstico d
12、iseado para utilizarlo con el servicio. Un telemensaje incluye la direccin delrecibiente (destinatario) y, cuando es posible, la del expedidor.1.2.3 centro de conmutacin de telemensajesUnidad utilizada para conmutar automticamente el trfico internacional y/o nacional de telemensajes.1.2.4 centro nac
13、ional de depsito de telemensajesOficina en la que se aceptan telemensajes.1.2.5 oficina nacional de distribucin de telemensajesOficina en la que se imprimen y meten en sobre los telemensajes, para su introduccin subsiguiente en la redpostal (o su equivalente).1.2.6 estacin impresoraEquipo utilizado
14、para imprimir mensajes en la oficina nacional de distribucin de telemensajes. La estacinimpresora ser capaz de aceptar un mnimo de 69 caracteres de impresin (incluidos los espacios) por lnea.1.3 Principios generales de funcionamientoEl servicio de telemensajes se compone de los siguientes elementos:
15、Recomendacin F.40 1 1.3.1 Procesamiento/conmutacin1.3.1.1 Una vez que el telemensaje ha entrado al centro de conmutacin de telemensajes, puede ser procesado paragarantizar la compatibilidad de velocidad y cdigo, y despus puesto en fila de espera para la conmutacin a otro puntode la red o para su tra
16、nsmisin hacia el destino a nivel internacional.1.3.2 Transmisin1.3.2.1 Los centros de conmutacin de telemensajes estn conectados a nivel internacional como se indica en el 4.1.3.3 Distribucin nacional y entrega1.3.3.1 La impresin local de los telemensajes tiene lugar en las oficinas nacionales de di
17、stribucin de telemensajes,que deben estar situadas de modo que puedan cumplirse los criterios de calidad de servicio (vase el 6). La entregafinal se hace mediante el servicio postal ordinario u otros medios de entrega fsica.2 Aceptacin de telemensajes2.1 Cada Administracin decidir los mtodos que pue
18、den utilizar los usuarios nacionales para depositartelemensajes. Sin embargo, se espera en principio que los telemensajes sern aceptados normalmente a travs de unaamplia gama de servicios nacionales de abonado, como por telfono (incluidos los telfonos pblicos de previo pago),tlex, teletex, telefax,
19、videotex y por computador.2.2 En el servicio bsico, los caracteres utilizados para la composicin de telemensajes pueden limitarseinicialmente a los disponibles en el servicio de telegramas (Recomendacin F.1, apartados A.16 a A.18), es decir, elAlfabeto Telegrfico Internacional N. 2 (ATI2). No obstan
20、te, habida cuenta de la posibilidad de preservar la distincinentre maysculas y minsculas en el ATI2 cuando lo permite el mtodo de introduccin, se debe invitar a los clientes aque utilicen letras maysculas y minsculas, de modo que en el caso preferido en que el mtodo de transmisininternacional lo per
21、mite tambin, esta distincin se mantendr en el mensaje entregado en el destino (es un asunto deincumbencia nacional).2.3 En las relaciones en que existen acuerdos bilaterales adecuados deben utilizarse los siguientes conjuntos msamplios de caracteres en el depsito de telemensajes:a) la versin interna
22、cional de referencia (VIR) del Alfabeto Internacional N. 5 (AI5) definida en laRecomendacin T.50;b) el repertorio bsico de caracteres grficos para el servicio teletex definido en la Recomendacin T.61.2.4 El texto y la firma de un telemensaje podrn escribirse en cualquier idioma.3 Centros de conmutac
23、in de telemensajes3.1 En el servicio bsico, un centro de conmutacin de telemensajes se conformar a los requisitos de un centro deretransmisin de telegramas, conforme se define en la Recomendacin F.31, salvo cuando se especifique otra cosa en lapresente Recomendacin.3.2 Un centro de conmutacin de tel
24、emensajes deber poder conmutar mensajes en ATI2 conforme se indica en el 2.2.4 Requisitos de la red internacional4.1 El servicio de telemensajes puede utilizar, mediante acuerdo bilateral:i) circuitos especializados entre centros de conmutacin de telemensajes; y/oii) una red pblica de transmisin de
25、datos; y/oiii) la red telefnica pblica conmutada (o circuitos asignados a servicios DATEL); y/oiv) cualquier otra red, por ejemplo, tlex o gntex.4.2 La codificacin de los conjuntos de caracteres permitidos segn los 2.2 y 2.3 se ajustar a lasRecomendaciones S.1, S.2 (ATI2), T.50 (VIR del AI5), T.61 (
26、teletex) u otras, segn proceda.En estos casos los centros de telemensajes pueden estar interconectados de conformidad con el servicio detratamiento de mensajes de las Recomendaciones de la serie X.400 o por otros protocolos, mediante acuerdo bilateral.2 Recomendacin F.40 4.3 En el caso de transmisin
27、 en el ATI2, deber mantenerse la distincin entre letras maysculas y minsculas,siempre que sea posible, utilizando el convenio de codificacin definido para este fin en la Recomendacin S.2. Estosignifica que los centros de conmutacin de telemensajes (incluidos los centros de trnsito) no deben suprimir
28、 losposibles caracteres de inversin superfluos, aunque esto es admisible si aparecen sucesivamente tres o ms de dichoscaracteres.4.4 La conexin internacional entre centros de conmutacin puede funcionar, mediante acuerdo bilateral, acualquier velocidad de modulacin.5 Formato5.1 Generalidades5.1.1 En
29、el servicio bsico, los telemensajes se transmitirn con un formato conforme a la Recomendacin F.31(Sistema de retransmisin de telegramas), con la salvedad de que se aplicarn las disposiciones especiales que aparecena continuacin. En el anexo A figuran ejemplos de formato en el ATI2 y en el AI5.5.2 En
30、cabezamiento del mensaje5.2.1 El rengln piloto incluir, adems de los indicadores de destino y origen especificados en laRecomendacin F.1 y del nmero de palabras reales, el indicador de prioridad y el indicador de tarificacin T.5.2.2 El cmputo de las palabras reales incluir todas las palabras del tex
31、to, de la firma (de haberla) y de la direccindel expedidor (de haberla). En consecuencia, se excluirn las palabras de la direccin de entrega y el rengln deindicacin de servicio (si existe).5.2.3 El rengln del prembulo, indicar la oficina de origen (conforme se especifica en la Recomendacin F.1), eln
32、mero de palabras reales y la fecha y hora oficial de aceptacin.5.3 Parte direccin5.3.1 Indicaciones de servicioEn las relaciones en que los servicios de telegramas y de telemensajes comparten facilidades comunes, laprimera lnea de la parte direccin comenzar con la indicacin de servicio TELEMESSAGE1)
33、. La nica indicacin deservicio facultativa es LXx, que designa las tarjetas de lujo (vase el 9.1). Esta indicacin tiene que estar separada porun carcter espacio de la indicacin TELEMESSAGE.5.3.2 Direccin postal5.3.2.1 La direccin postal deber contener todas las informaciones razonablemente necesaria
34、s para poder efectuar laentrega sin necesidad de ninguna indagacin en el pas de destino. Cuando se pueda, debera aadirse al cdigo postal unindicativo de pas. Aun cuando no sea ste el caso, en la direccin no se mostrar el pas de destino.5.3.2.2 La direccin postal constar preferiblemente de seis lneas
35、, cada una de las cuales tendr como mximo30 caracteres de impresin y de espaciamiento. En algunos casos (por ejemplo, en relaciones en que los servicios detelegramas y de telemensajes compartan facilidades comunes), se aceptar una direccin postal de cinco lneas de43 caracteres como mximo cada una.5.
36、3.2.3 En muchos casos, se utilizar la ltima lnea o, a lo sumo, las dos ltimas lneas de la direccin, para conmutarel telemensaje hacia la oficina nacional de distribucin apropiada. En consecuencia, sta (o stas) contendrn lossiguientes elementos:_1)Puede no imprimirse la palabra TELEMESSAGE (es un asu
37、nto de incumbencia nacional).Recomendacin F.40 3 siempre que se pueda el cdigo postal (el cual puede contener letras y/o cifras en cualquier orden); el nombre de la ciudad o poblacin, en una forma aceptable para el pas de destino, que puede aceptarms de una versin (por ejemplo, LONDON, LONDRES); el
38、nombre (o una abreviatura aceptada) del estado, provincia o distrito territorial (cuando proceda).5.3.2.4 La situacin del cdigo postal deber ser conforme con los requisitos del pas de destino.5.3.2.5 Cuando resulta prctico y oportuno figurarn tambin los nombres de la ciudad o poblacin en la ltima ln
39、eade la direccin, precediendo al nombre del estado, provincia o distrito territorial. En otros casos, figurar con su propiaentidad en la penltima lnea de la direccin.5.3.2.6 Para la composicin de la direccin, puede consultarse la lista pertinente de oficinas telegrficas.5.4 Texto y firma5.4.1 El tex
40、to y la firma (si los hubiere) de cualquier telemensaje no excedern de 35 lneas, incluidas las lneas enblanco para separar los prrafos entre s y la firma del texto. El nmero de lneas de texto y firma (si la hubiere) puedeser superior a 35, mediante acuerdo bilateral. Cada lnea puede consistir en un
41、mximo de 69 caracteres deimpresin/espaciamiento, con una opcin, mediante acuerdo bilateral, de 80 caracteres como mximo, a condicin deque el servicio no funcione a travs de un centro de trnsito.5.4.2 El formato del texto puede establecerse libremente, por ejemplo, puede incluir columnas, prrafos sep
42、ara-dos,etc., como cabra esperar en una carta convencional. En principio, el texto se transmitir en el formato preciso aceptadopor el cliente.5.5 Direccin del expedidor5.5.1 La direccin del expedidor si bien no es obligatoria debera normalmente seguir a la firma y comprender unmximo de seis lneas de
43、 30 caracteres de impresin/espaciamiento cada una, como mximo (la inclusin de la direccindel expedidor puede facilitar una eventual accin del servicio).5.5.2 La ltima lnea de la direccin del expedidor debe ser el nombre (o abreviatura) internacionalmente reconocidodel pas de origen.5.5.3 Puede exist
44、ir una opcin que permita a la Administracin aceptante aadir, en un rengln separado, la fecha yla hora oficial de aceptacin en el pas de origen.6 Transmisin y entrega6.1 Los telemensajes internacionales deberan transmitirse al centro de conmutacin de telemensajes del pas dedestino dentro de las dos h
45、oras que siguen a su aceptacin.6.2 La ubicacin de las oficinas nacionales de distribucin de telemensajes deber disponerse de manera que segarantice que al menos el 95% de los mensajes direccionados suficientemente, recibidos en el pas de destino antes delas 16.00 horas, hora legal (en la ciudad o lo
46、calidad de destino), se entregarn el da laborable/hbil siguiente.6.3 Teniendo en cuenta lo estipulado en el 6.2, puede hacerse saber a los clientes que, por regla general, lostelemensajes recibidos antes de las 16.00 horas en el destino se entregarn el da laborable/hbil siguiente. Los clientesdebern
47、 tener debidamente en cuenta las diferencias horarias y los das festivos del pas de destino. Tambin deberobservarse que, si bien se harn todos los esfuerzos para lograr una entrega el da laborable siguiente, esto no se podrhacer siempre en las regiones distantes o escasamente pobladas, ni podr darse ninguna garanta de la hora de entrega enel servicio internacional de telemensajes.7 Procedimientos de servicio7.1 No entrega7.1.1 Si un telemensaje no puede ser entregado por el servicio postal en el pas de destino, debido a una direccinincorrecta, una direccin insuficient