ITU-T Q 956 2 SPANISH-1995 INTEGRATED SERVICES DIGITAL NETWORK (ISDN) C STAGE 3 SERVICE DESCRIPTION FOR CHARGING SUPPLEMENTARY SERVICES USING DSS 1 Clause 2 C Advice Of Charge (AOC.pdf

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1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-T Q.956SECTOR DE NORMALIZACIN (10/95)DE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UITSISTEMA DE SEALIZACIN DIGITALDE ABONADO N. 1RED DIGITAL DE SERVICIOS INTEGRADOS DESCRIPCIN DE LA ETAPA 3 PARALOS SERVICIOS SUPLEMENTARIOS DETARIFICACIN QUE UTILIZAN EL SISTEMADE SEALIZA

2、CIN DIGITAL DEABONADO N. 1Clusula 2 Aviso del importede la comunicacinRecomendacin UIT-T Q.956(Anteriormente Recomendacin del CCITT)PREFACIOEl UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones) es un rgano permanente de la Unin Internacional deTelecomunicaciones (UIT). Este rgano estudia los a

3、spectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomen-daciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial.La Conferencia Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (CMNT), que se celebra cada cuatro aos,establece los temas que han de es

4、tudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendacionessobre dichos temas.La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en laResolucin N. 1 de la CMNT (Helsinki, 1 al 12 de marzo de 1993).La Recomendacin UIT-T Q.956, c

5、lusula 2 ha sido preparada por la Comisin de Estudio 11 (1993-1996) del UIT-T yfue aprobada por el procedimiento de la Resolucin N. 1 de la CMNT el 17 de octubre de 1995._NOTAEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto unaadministracin de telec

6、omunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. UIT 1996Es propiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse o utilizarse, de ninguna forma o por ningn medio,sea ste electrnico o mecnico, de fotocopia o de microfilm, sin previa autorizacin escrita por part

7、e de la UIT.Recomendacin Q.956 (10/95) iNDICERecomendacin Q.956 (10/95)Pgina2 Aviso del importe de la comunicacin (AOC, advice of charge). 12.1 Alcance 12.2 Referencias 12.3 Definiciones 22.4 Abreviaturas 32.5 Descripcin . 32.6 Requisitos operacionales. 42.7 Requisitos de codificacin 42.8 Definicion

8、es de estados. 82.9 Procedimientos de sealizacin en el punto de referencia S y T coincidente . 82.10 Procedimientos para el interfuncionamiento con RDSI privadas 142.11 Interacciones con otras redes 152.12 Interaccin con otros servicios suplementarios. 152.13 Valores de parmetros (temporizadores). 2

9、62.14 Descripcin dinmica (diagramas SDL) . 26Apndice I Flujos de sealizacin 37ii Recomendacin Q.956 (10/95)SUMARIOEsta Recomendacin define la operacin del sistema de sealizacin digital de abonado N. 1 (DSS 1) para el soportedel servicio suplementario aviso del importe de la comunicacin en el punto d

10、e referencia T o en el punto de referencia Sy coincidente de la interfaz usuario-red de la red digital de servicios integrados (RDSI).El servicio suplementario aviso del importe de la comunicacin permite al usuario servido pedir a la red que proporcioneinformacin de tarificacin al establecerse la ll

11、amada (AOC-S), durante la llamada (AOC-D) o al final de la llamada(AOC-E). Segn las opciones a las que se est abonado, esta informacin de tarificacin puede proporcionarse en todaslas llamadas o slo en las que se formula una peticin explcita.Recomendacin Q.956 (10/95) 1Recomendacin Q.956Recomendacin

12、Q.956 (10/95)RED DIGITAL DE SERVICIOS INTEGRADOS DESCRIPCIN DE LA ETAPA 3PARA LOS SERVICIOS SUPLEMENTARIOS DE TARIFICACIN QUE UTILIZANEL SISTEMA DE SEALIZACIN DIGITAL DE ABONADO N. 1(Ginebra, 1995)2 Aviso del importe de la comunicacin (AOC, advice of charge)2.1 AlcanceEsta Recomendacin especifica la

13、 etapa 3 del servicio suplementario aviso del importe de la comunicacin (AOC) de lared digital de servicios integrados (RDSI) en el punto de referencia T o en el punto de referencia S y T coincidente (quese definen en la Recomendacin I.411 1) por medio del sistema de sealizacin digital de abonado N.

14、 1 (DSS 1). Laetapa 3 identifica los procedimientos de protocolo y las funciones de conmutacin necesarias para soportar un serviciode telecomunicacin (vase la Recomendacin I.130 2).Adems, esta Recomendacin especifica los requisitos de protocolo en el punto de referencia T cuando el servicio espropor

15、cionado al usuario a travs de una RDSI privada.Esta Recomendacin no especifica los requisitos de protocolo adicionales cuando el servicio es proporcionado al usuarioa travs de una red de telecomunicaciones que no es una RDSI.El servicio suplementario AOC permite comunicar al usuario servido informac

16、in de la tarificacin por utilizacin. Elservicio suplementario AOC no est destinado a sustituir el cmputo de tarificacin dentro de la red, que se consideracorrecto en todos los casos.Existen tres servicios suplementarios AOC:a) Informacin de tarificacin al establecerse la llamada (AOC-S)El servicio s

17、uplementario AOC-S permite que un usuario reciba informacin sobre las tarifas alestablecerse la llamada, as como informacin ulterior durante la llamada si se produce un cambio detarifas.b) Informacin de tarificacin durante la llamada (AOC-D)El servicio suplementario AOC-D permite que un usuario reci

18、ba informacin sobre el importe registradode una llamada durante la fase activa de la misma.c) Informacin de tarificacin al final de la llamada (AOC-E)El servicio suplementario AOC-E permite que un usuario reciba informacin sobre el importe registradode una llamada cuando sta ha finalizado.El servici

19、o suplementario AOC es aplicable a todos los servicios de telecomunicacin con conmutacin de circuitos.En otra(s) parte(s) de esta Recomendacin se especificar el mtodo de prueba necesario para determinar la conformidadcon esta Recomendacin.Esta Recomendacin es aplicable al equipo, que soporta el serv

20、icio suplementario AOC, que ha de agregarse a uno uotro lado de un punto de referencia T o de un punto de referencia S y T coincidente, cuando se utiliza como acceso a laRDSI pblica.2.2 ReferenciasLas siguientes Recomendaciones y dems referencias contienen disposiciones que, mediante su referencia e

21、n este texto,constituyen disposiciones de esta Recomendacin. Al efectuar esta publicacin, estaban en vigor las ediciones indicadas.Todas las Recomendaciones y dems referencias son objeto de revisiones, con lo que se preconiza que los usuarios deesta Recomendacin investiguen la posibilidad de aplicar

22、 las ediciones ms recientes de las Recomendaciones y demsreferencias citadas a continuacin. Se publica regularmente una lista de todas las Recomendaciones UIT-T en vigor.1 Recomendacin UIT-T I.411 (1993), Configuraciones de referencia de las interfaces usuario-red de la reddigital de servicios integ

23、rados.2 Recomendacin I.130 del CCITT (1988), Mtodo de caracterizacin de los servicios de telecomunicacinsoportados por una RDSI y de las capacidades de red de una RDSI.2 Recomendacin Q.956 (10/95)3 Recomendacin UIT-T I.112 (1993), Vocabulario de trminos relativos a las redes digitales de serviciosin

24、tegrados.4 Recomendacin UIT-T Q.931 (1993), Sistema de sealizacin digital de abonado N. 1 Especificacin de lacapa 3 de la interfaz usuario-red de la red digital de servicios integrados para el control de llamada bsica.5 Recomendacin UIT-T Q.932 (1993), Sistema de sealizacin digital de abonado N. 1 P

25、rocedimientosgenricos para el control de los servicios suplementarios de la red digital de servicios integrados.6 Recomendacin X.208 del CCITT (1988), Especificacin de la notacin de sintaxis abstracta uno.7 Recomendacin X.219 del CCITT (1988), Operaciones a distancia: Modelo, notacin y definicin del

26、 servicio.8 Recomendacin UIT-T Q.952 (1993), Descripcin de la etapa 3 para servicios suplementarios de ofrecimientode llamada que utilizan el sistema de sealizacin digital de abonado N. 1 Servicios suplementarios dedesviacin.9 Recomendacin UIT-T Z.100 (1993), Lenguaje de especificacin y descripcin d

27、el CCITT.2.3 DefinicionesPara los fines de esta Recomendacin, se aplican las definiciones siguientes:2.3.1 servicio, servicio de telecomunicaciones: vase 2.2/I.112 3, definicin 201.2.3.2 usuario servido: Usuario de un determinado nmero RDSI, que pide que se le facilite informacin detarificacin (para

28、 todas las llamadas o a peticin).2.3.3 comunicacin bsica: Este elemento tarificado indica la tarifa que ha de aplicarse a la conexin con elusuario llamado.2.3.4 mensaje de control de llamada: Mensaje definido en 3.1/Q.931 4, cuya transmisin o recepcin produce uncambio del estado de la llamada en la

29、red o en el usuario.2.3.5 intento de llamada: Este elemento tarificado indica el importe aplicado a una llamada transmitida al usuariollamado, pero a la que ste an no ha respondido.2.3.6 establecimiento de llamada: Este elemento tarificado indica el importe aplicado a la conexin con el usuariollamad

30、o cuando ste responde a la llamada.2.3.7 red: La entidad de protocolo del DSS 1 en el lado red de la interfaz usuario-red.2.3.8 arreglo de tarificacin especial: Este elemento tarificado indica que existe un acuerdo de tarificacin especialpara calcular el importe de la llamada.NOTA La utilizacin de e

31、ste elemento tarificado cae fuera del alcance de la Recomendacin. Es de la competenciaexclusiva del operador de la red y del usuario al que se enva.2.3.9 transferencia de informacin de usuario a usuario: Este elemento tarificado indica la tarifa que ha deaplicarse a la transferencia de informacin de

32、 usuario a usuario.2.3.10 identificacin de facturacin: Elementos para la identificacin de facturacin que informan al usuario servidode los correspondientes importes que le ha originado la situacin indicada (por ejemplo, una llamada remitida al accesodel usuario servido).2.3.11 importes registrados:

33、Esta informacin indica el nmero de unidades de tarificacin o de unidades monetariasque ha originado una llamada.2.3.12 tanto alzado: Esta tarifa especfica indica una cantidad fija por evento.2.3.13 cdigo de tarificacin especial: Este cdigo especfico indica una tarifa que puede identificar un algorit

34、mo detarificacin que puede utilizarse como base para determinar el importe de una llamada.2.3.14 informacin de tarificacin: Informacin enviada a un usuario en un componente invocacin o en uncomponente retorno resultado que presenta informacin de tarifas (tarifas, tarifas especiales, importes registr

35、ados en lallamada). Los componentes invocacin, retorno resultado y retorno error se definen en la Recomendacin Q.932 5.2.3.15 servicio especial u operacin de servicios suplementarios: Este elemento tarificado indica el importeaplicado a un servicio especial o a la operacin de los servicios suplement

36、arios solicitados.Recomendacin Q.956 (10/95) 32.3.16 usuario: La entidad de protocolo del DSS 1 en el lado usuario de la interfaz usuario-red.2.3.17 interaccin local para la llamada: Existe interaccin local en una llamada, es decir, ambos serviciossuplementarios son invocados en la misma llamada.2.4

37、 AbreviaturasA los efectos de esta Recomendacin, se utilizan las siguientes abreviaturas.AOC Aviso del importe de la comunicacin (advice of charge)AOC-S AOC al establecerse la llamada (AOC at call set-up time)AOC-D AOC durante la llamada (AOC during the call)AOC-E AOC al final de la llamada (AOC at

38、the end of of the call)ASN.1 Notacin de sintaxis abstracta uno (abstract syntax notation one)DSS 1 Sistema de sealizacin digital de abonado N. 1 (digital subscriber signalling system No. 1)RDSI Red digital de servicios integradosRTPC Red telefnica pblica conmutada2.5 DescripcinSegn el abono del usua

39、rio servido, puede proporcionarse informacin de tarificacin en cualquiera de los tres servicios: para todas las llamadas; o, para cualquier llamada, tras una peticin de informacin de tarificacin por parte del usuario.La informacin de tarificacin proporcionada se referir a los importes originados en

40、la red a la que est conectado elusuario.La informacin de tarificacin en aplicaciones que utilicen protocolos de capa superior, no definidas como teleservicios,se basar en los servicios portadores especificados.2.5.1 Informacin de tarificacin al establecerse la llamadaCuando se active el servicio sup

41、lementario AOC-S, la red proporcionar informacin al usuario sobre las tarifas alestablecerse la llamada. Adems, la red informar al usuario servido si se produce un cambio de tarifas durante lallamada.La red proporcionar la informacin de tarificacin durante el establecimiento de la llamada o, a ms ta

42、rdar, alconectarse la llamada. Cuando se produzca un cambio de las tarifas durante la llamada, la red enviar al usuario servidoinformacin sobre la nueva tarifa.2.5.2 Informacin de tarificacin durante la llamadaCuando se active el servicio suplementario AOC-D, la red proporcionar al usuario servido i

43、nformacin de tarificacinde la llamada durante la fase activa de la misma. La red proporcionar la informacin de tarificacin y la transferir alusuario servido en un mensaje apropiado. La informacin de tarificacin suministrada se facilitar en forma de importeacumulado hasta el momento por la llamada (e

44、s decir, importes registrados desde el comienzo de la llamada y hasta elmomento en que se enva al usuario servido la informacin de tarificacin).Cuando se libera la llamada, la red enviar los importes registrados de la llamada al usuario servido en uno de losmensajes de control de llamada que liberan

45、 la llamada.Si la llamada es gratuita para el usuario servido, la red enviar la indicacin de llamada gratuita en el primer mensajeenviado al usuario servido. La red no enviar ninguna otra informacin de tarificacin durante la llamada. Cuando selibere la llamada, la red transmitir el importe total (ce

46、ro) en un mensaje de control de llamada que libere la llamada.2.5.3 Informacin de tarificacin al final de la llamadaCuando se active el servicio suplementario AOC-E, la red proporcionar al usuario servido informacin de tarificacin,indicando el importe registrado de una llamada cuando sta se libera.

47、La red enviar la informacin de tarificacin alusuario servido en uno de los mensajes de control de llamada que liberan la llamada.4 Recomendacin Q.956 (10/95)2.6 Requisitos operacionales2.6.1 Prestacin/supresinEstos servicios suplementarios se prestarn por separado en virtud de un arreglo con el prov

48、eedor del servicio o estarndisponibles de un modo general. La supresin del servicio se efectuar a peticin del abonado o por razonesadministrativas.Existen las siguientes opciones de abono para cada uno de los servicios suplementarios AOC, que se definen en elCuadro 2-1.CUADRO 2-1/Q.956Opciones de abono al aviso del importe de la comunicacin2.6.2 Requisitos en el lado red de origenEl lado red de origen facilitar el tipo de informacin de tarificacin que se indica con respecto a una cierta llamada.El lado red de origen

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