1、 Rec. UIT-R SM.1448 1 RECOMENDACIN UIT-R SM.1448*DETERMINACIN DE LA ZONA DE COORDINACIN ALREDEDOR DE UNA ESTACIN TERRENA EN LAS BANDAS DE FRECUENCIAS ENTRE 100 MHz Y 105 GHz (Cuestin UIT-R 212/1) (2000) La Asamblea de Radiocomunicaciones de la UIT, considerando a) que existe una posibilidad de inter
2、ferencia a o desde una estacin terrena que comparte, a ttulo primario con igualdad de derechos, las mismas bandas de frecuencias con estaciones terrenales, o con otras estaciones terrenas que funcionan en el sentido de transmisin opuesto; b) que para evitar esta interferencia, es conveniente coordin
3、ar la estacin terrena transmisora o receptora con las estaciones terrenales, o con otras estaciones terrenas que funcionan en el sentido de transmisin opuesto; c) que esta coordinacin deber efectuarse dentro de la zona de coordinacin que rodea a una estacin terrena en el caso de comparticin con serv
4、icios terrenales, o que rodea a una estacin terrena transmisora en el caso de comparticin con estaciones terrenas receptoras en bandas atribuidas bidireccionalmente, y que se extiende a distancias ms all de las cuales el nivel de interferencia admisible no ser rebasado durante un porcentaje de tiemp
5、o especfico; d) que esta zona puede extenderse al territorio bajo la jurisdiccin de otro Estado Miembro y por tanto se requiere la coordinacin entre administraciones; e) que, antes de un examen detallado, es conveniente establecer los mtodos para determinar, sobre la base de hiptesis generales, una
6、zona de coordinacin alrededor de una estacin terrena coordinadora; f) que esta interferencia depender de varios factores, a saber, las potencias de transmisin, el tipo de modulacin, las ganancias de antena en el sentido del trayecto de interferencia, la variacin temporal de la ganancia de antena en
7、el caso de estaciones terrenas que funcionan con estaciones espaciales no geoestacionarias, la potencia de interferencia admisible en el receptor, los mecanismos de propagacin de la onda radioelctrica, las zonas radiometeorolgicas, la movilidad de la estacin terrena y la distancia desde la estacin t
8、errena; g) que es conveniente elaborar y mantener una Recomendacin UIT-R adecuada que sirva como texto fuente para la actualizacin del Apndice S7 al Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) (vanse las Notas 1 y 2), reconociendo a) que las disposiciones del RR establecen los mtodos que se han de utiliz
9、ar para determinar las zonas/distancias de coordinacin, incluidas las distancias de coordinacin predeterminadas; b) los estudios pertinentes del UIT-R; c) que otras Recomendaciones UIT-R proporcionan mtodos especiales para determinar las zonas/distancias de coordinacin para aplicaciones particulares
10、, recomienda 1 que se utilicen los mtodos y parmetros de sistemas descritos en los Anexos 1 y 2 y sus Apndices para determinar las zonas de coordinacin de las estaciones terrenas transmisoras y receptoras (vase la Nota 3). NOTA 1 La presente Recomendacin se deber actualizar de acuerdo con las modifi
11、caciones del RR resultantes de decisiones de las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones (CMR). NOTA 2 La informacin de propagacin contenida en la presente Recomendacin procede de varias Recomendaciones UIT-R de la Serie P previamente mencionadas en la Recomendacin UIT-R P.620. Dichas Recomend
12、aciones han sido elaboradas para diversos fines. Sin embargo, el mantenimiento futuro de la informacin de propagacin requiere que se preste especial atencin a las posibles consecuencias con respecto a la presente Recomendacin. NOTA 3 Los mtodos para determinar la zona de coordinacin en la presente R
13、ecomendacin difieren de los mtodos del Apndice S30A al RR. _ *La presente Recomendacin debe sealarse a las Comisiones de Estudio 3, 4, 6, 7, 8 y 9 de Radiocomunicaciones. 2 Rec. UIT-R SM.1448 ANEXO 1 Mtodos para determinar la zona de coordinacin de una estacin terrena NDICE Pgina 1 Introduccin 3 1.1
14、 Visin general . 3 1.2 Estructura 4 1.3 Conceptos bsicos . 4 1.4 Casos de comparticin 9 1.4.1 Estaciones terrenas que funcionan con estaciones espaciales geoestacionarias 9 1.4.2 Estaciones terrenas que funcionan con estaciones espaciales no geoestacionarias . 10 1.4.3 Estaciones terrenas que funcio
15、nan tanto con estaciones espaciales geoestacionarias como no geoestacionarias 10 1.4.4 Estaciones terrenas que funcionan en bandas de frecuencias atribuidas bidireccio-nalmente 10 1.4.5 Estaciones terrenas del servicio de radiodifusin por satlite . 11 1.4.6 Estaciones terrenas del servicio mvil (sal
16、vo mvil aeronutico). 11 1.4.7 Estaciones terrenas del servicio mvil aeronutico . 11 1.4.8 Estaciones terrenas transportables . 11 1.4.9 Estaciones terrenas fijas explotadas en ubicaciones no especificadas dentro de una zona de servicio definida 11 1.5 Conceptos relativos al modelo de propagacin. 11
17、1.5.1 Modo de propagacin (1) 12 1.5.2 Modo de propagacin (2) 12 1.5.3 Lmites de las distancias 13 1.6 Contorno de coordinacin: Conceptos y trazados . 13 1.6.1 Contornos suplementarios . 16 1.6.2 Contornos auxiliares 16 2 Determinacin de la zona de coordinacin de la estacin terrena con respecto a est
18、aciones terrenales. 18 2.1 Estaciones terrenas que funcionan con estaciones espaciales geoestacionarias 19 2.1.1 Determinacin del contorno del modo de propagacin (1) de la estacin terrena coordinadora 20 2.1.2 Determinacin del contorno del modo de propagacin (2) de la estacin terrena coordinadora 20
19、 2.2 Estaciones terrenas que funcionan con estaciones espaciales no geoestacionarias . 20 2.2.1 Determinacin de la zona de coordinacin utilizando el mtodo TIG 21 2.2.2 Determinacin de un contorno suplementario mediante el mtodo TVG 22 3 Determinacin de la zona de coordinacin entre estaciones terrena
20、s que funcionan en bandas de frecuencias atribuidas bidireccionalmente 23 3.1 Estacin terrena coordinadora y estacin terrena desconocida que funcionan con estaciones espaciales geoestacionarias . 24 3.1.1 Determinacin del contorno del modo de propagacin (1) de la estacin terrena coordinadora 24 3.1.
21、2 Determinacin del contorno de la estacin terrena coordinadora en modo de propagacin (2) 24 3.2 Estacin terrena coordinadora o estaciones terrenas desconocidas que funcionan con estaciones espaciales no geoestacionarias 25 3.2.1 Estacin terrena coordinadora que funciona con una estacin espacial geoe
22、stacionaria con respecto a estaciones terrenas desconocidas que funcionan con estaciones espaciales no geoestacionarias. 25 Rec. UIT-R SM.1448 3 Pgina 3.2.2 Estacin terrena coordinadora que funciona con una estacin espacial no geoestacionaria con respecto a estaciones terrenas desconocidas que funci
23、onan con estaciones espaciales geoestacionarias 25 3.2.3 Estacin terrena coordinadora y estaciones terrenas desconocidas que funcionan con estaciones espaciales no geoestacionarias . 25 4 Consideraciones generales para determinar la distancia requerida para el modo de propagacin (1) 26 4.1 Informaci
24、n sobre las zonas radioclimticas. 26 4.2 Distancia de coordinacin mnima para los modos de propagacin (1) y (2) . 26 4.3 Distancia de coordinacin mxima para el modo de propagacin (1). 27 4.4 Orientacin para la aplicacin de los procedimientos del modo de propagacin (1) 28 5 Consideraciones generales s
25、obre la determinacin de la distancia requerida en el modo de propagacin (2) 29 5.1 Distancia requerida para el modo de propagacin (2). 29 1 Introduccin Este Anexo trata de la determinacin de la zona de coordinacin alrededor de una estacin terrena transmisora o receptora, que comparte espectro en las
26、 bandas de frecuencias entre 100 MHz y 105 GHz con servicios de radioco-municaciones terrenales, o con estaciones terrenas que funcionan en el sentido de transmisin opuesto. La zona de coordinacin representa la zona que rodea a una estacin terrena que comparte la misma banda de frecuencias con estac
27、iones terrenales, o la zona que rodea a una estacin terrena transmisora que comparte la misma banda de frecuencias atribuida bidireccionalmente con estaciones terrenas receptoras, dentro de la cual el nivel de interferencia admisible puede ser rebasado y, por tanto, se requiere la coordinacin. La zo
28、na de coordinacin se determina sobre la base de las caractersticas conocidas de la estacin terrena coordinadora y sobre hiptesis prudentes para el trayecto de propagacin y para los parmetros de sistema de las estaciones terrenas desconocidas (vanse los Cuadros 14 y 15) o de las estaciones terrenas r
29、eceptoras desconocidas (Cuadro 16), que comparten la misma banda de frecuencias. 1.1 Visin general Los Anexos 1 y 2 contienen procedimientos y parmetros de sistema para calcular la zona de coordinacin de una estacin terrena, y se utilizan cuando el Reglamento de Radiocomunicaciones no especifica otr
30、os mtodos, incluidas las distancias predeterminadas. Los procedimientos permiten determinar una distancia en todas las direcciones acimutales alrededor de una estacin terrena transmisora o receptora, ms all de la cual cabra esperar que la prdida de trayecto prevista exceda de un valor indicado para
31、todo el tiempo, salvo un porcentaje de tiempo especificado. Esta distancia se denomina distancia de coor-dinacin. Cuando la distancia de coordinacin es determinada para cada acimut alrededor de la estacin terrena coordi-nadora, define un contorno de distancia, denominado el contorno de coordinacin,
32、que abarca la zona de coordinacin. Es importante sealar que aunque la determinacin de la zona de coordinacin se basa en criterios tcnicos, representa un concepto reglamentario. Su finalidad es identificar la zona dentro de la cual hay que efectuar evaluaciones detalladas del potencial de interferenc
33、ia para determinar si la estacin terrena coordinadora o cualquiera de las estaciones terrenales, o en el caso de una asignacin bidireccional cualquiera de las estaciones terrenas receptoras que comparten la misma banda de frecuencias, experimentarn niveles de interferencia inadmisibles. En consecuen
34、cia, la zona de coordinacin no es una zona de exclusin dentro de la cual se prohbe la comparticin de frecuencias entre la estacin terrena y estaciones terrenales o estaciones terrenas, sino un medio para determinar la zona dentro de la cual hay que realizar clculos ms detallados. En la mayora de los
35、 casos, un anlisis ms detallado demostrar que la comparticin dentro de la zona de coordinacin es posible, dado que el procedimiento para determinar la zona de coordinacin se basa en hiptesis desfavorables con respecto al riesgo de interferencia. Para determinar la zona de coordinacin, deben consider
36、arse dos casos distintos: el caso de la estacin terrena, cuando es transmisora y por tanto puede causar interferencia a las estaciones terrenales o estaciones terrenas receptoras; el caso de la estacin terrena cuando es receptora y por tanto puede recibir interferencia de estaciones terrenales trans
37、misoras. 4 Rec. UIT-R SM.1448 Se efectan clculos distintos separados para los mecanismos de propagacin de crculo mximo (modo de propa-gacin (1) y, si lo requiere el caso de comparticin (vase el 1.4), para la dispersin debida a hidrometeoros (modo de propagacin (2). El contorno de coordinacin se dete
38、rmina despus utilizando la distancia mayor prevista por los clculos del modo de propagacin (1) y del modo de propagacin (2) para cada acimut alrededor de la estacin terrena coordinadora. Se producen contornos de coordinacin distintos para cada caso de comparticin. En el 1.6 se proporciona orientacin
39、 y ejemplos de la construccin de contornos de coordinacin, y sus contornos componentes de modo de propagacin (1) y de modo de propagacin (2). Para facilitar el examen bilateral, puede ser til calcular contornos adicionales, definiendo zonas ms pequeas, basadas en hiptesis menos moderadas que las uti
40、lizadas para el clculo del contorno de coordinacin. 1.2 Estructura Los procedimientos y la informacin sobre parmetros de sistema se exponen en dos anexos. Los procedimientos estn contenidos en el Anexo 1 y la informacin sobre parmetros de sistema en el Anexo 2. Adems, los principios generales estn s
41、eparados del texto detallado sobre los mtodos. Los primeros estn contenidos en el cuerpo principal del Anexo 1 y los segundos en una serie de Apndices a dicho Anexo. Esta estructura permite que cada seccin del Anexo 1 y cada Apndice trate de un aspecto especfico de los clculos de la zona de coordina
42、cin. Permite tambin al usuario seleccionar solamente aquellas secciones que son pertinentes para un caso de comparticin especfico. La Fig. 1 y el Cuadro 1 se proporcionan para ayudar al usuario a utilizar los Anexos y los Apndices. El Cuadro 1 indica tambin las secciones pertinentes que tienen que s
43、er examinadas para un caso de coordinacin especfico. 1.3 Conceptos bsicos La determinacin de la zona de coordinacin se basa en el concepto de la potencia de interferencia admisible en los terminales de la antena de una estacin receptora terrenal o terrena. Por consiguiente, la atenuacin requerida pa
44、ra limitar el nivel de interferencia entre una estacin transmisora terrenal o terrena y una estacin receptora terrenal o terrena a la potencia de interferencia admisible durante p% del tiempo se representa mediante la atenuacin requerida mnima, que es la atenuacin que tiene que ser igualada o rebasa
45、da por la prdida prevista en el trayecto durante todo el tiempo, salvo el p% (cuando p es un pequeo porcentaje de tiempo, comprendido entre el 0,001% y el 1,0%, la interferencia se denomina a corto plazo; si p 20%, se denomina a largo plazo (vase el 1.5.3). Para el modo de propagacin (1), se aplica
46、la siguiente ecuacin: Lb( p) = Pt+ Gt+ Gr Pr( p) dB (1) donde: p : porcentaje de tiempo mximo durante el cual la potencia de interferencia admisible puede ser rebasada Lb( p) : atenuacin requerida mnima (dB) del modo de propagacin (1) durante el p% del tiempo; este valor debe ser rebasado por la prd
47、ida prevista en el trayecto del modo de propagacin (1) durante todo el tiempo, salvo el p% Pt: nivel de potencia transmisora disponible mxima (dBW) en la anchura de banda de referencia en los terminales de la antena de una estacin transmisora terrenal o terrena Pr( p) : potencia de interferencia adm
48、isible de una emisin interferente (dBW) en la anchura de banda de referencia que no ser rebasada durante ms del p% en los terminales de la antena de una estacin receptora terrenal o terrena que puede sufrir interferencia, cuando la emisin interferente se origina en una sola fuente Gt: ganancia (dB con respecto a la ganancia isotrpica) de la antena de la estacin transmisora terrenal o terrena. Para una estacin terrena transmisora, sta es la ganancia de antena hacia el horizonte fsico en un acimut dado; para una estacin terrenal transmisora, se ha de utilizar la gananci