ITU-T A 6 SPANISH-2012 Cooperation and exchange of information between the ITU Telecommunication Standardization Sector and national and regional standards development organization.pdf

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资源描述

1、 Unin Internacional de TelecomunicacionesUIT-T A.6SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT (11/2012) SERIE A: ORGANIZACIN DEL TRABAJO DEL UIT-T Cooperacin e intercambio de informacin entre el Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT (UIT-T) y las organizaciones de

2、 normalizacin nacionales y regionales Recomendacin UIT-T A.6 Rec. UIT-T A.6 (11/2012) i Recomendacin UIT-T A.6 Cooperacin e intercambio de informacin entre el Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT (UIT-T) y las organizaciones de normalizacin nacionales y regionales Resumen En la

3、 presente Recomendacin se describe el establecimiento del proceso de cooperacin e intercambio de informacin entre el UIT-T y las organizaciones de normalizacin nacionales y regionales, as como el proceso de comunicacin una vez que una organizacin ha sido calificada segn A.6. Historia Edicin Recomend

4、acin Aprobacin Comisin de Estudio 1.0 ITU-T A.6 1998-09-07 TSAG 2.0 ITU-T A.6 2000-10-06 Asamblea 3.0 ITU-T A.6 2002-06-21 TSAG 3.1 ITU-T A.6 (2002) Amd. 1 2006-07-07 TSAG 3.2 ITU-T A.6 (2002) Amd. 2 2007-12-07 TSAG 4.0 ITU-T A.6 2012-11-30 Asamblea ii Rec. UIT-T A.6 (11/2012) PREFACIO La Unin Inter

5、nacional de Telecomunicaciones (UIT) es el organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicaciones y de las tecnologas de la informacin y la comunicacin. El Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT (UIT-T) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano es

6、tudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomendaciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial. La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT), que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que

7、han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendaciones sobre dichos temas. La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en la Resolucin 1 de la AMNT. En ciertos sectores de la tecnologa de la informacin que

8、corresponden a la esfera de competencia del UIT-T, se preparan las normas necesarias en colaboracin con la ISO y la CEI. NOTA En esta Recomendacin, la expresin “Administracin“ se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto una administracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin r

9、econocida de telecomunicaciones. La observancia de esta Recomendacin es voluntaria. Ahora bien, la Recomendacin puede contener ciertas disposiciones obligatorias (para asegurar, por ejemplo, la aplicabilidad o la interoperabilidad), por lo que la observancia se consigue con el cumplimiento exacto y

10、puntual de todas las disposiciones obligatorias. La obligatoriedad de un elemento preceptivo o requisito se expresa mediante las frases “tener que, haber de, hay que + infinitivo“ o el verbo principal en tiempo futuro simple de mandato, en modo afirmativo o negativo. El hecho de que se utilice esta

11、formulacin no entraa que la observancia se imponga a ninguna de las partes. PROPIEDAD INTELECTUAL La UIT seala a la atencin la posibilidad de que la utilizacin o aplicacin de la presente Recomendacin suponga el empleo de un derecho de propiedad intelectual reivindicado. La UIT no adopta ninguna posi

12、cin en cuanto a la demostracin, validez o aplicabilidad de los derechos de propiedad intelectual reivindicados, ya sea por los miembros de la UIT o por terceros ajenos al proceso de elaboracin de Recomendaciones. En la fecha de aprobacin de la presente Recomendacin, la UIT no ha recibido notificacin

13、 de propiedad intelectual, protegida por patente, que puede ser necesaria para aplicar esta Recomendacin. Sin embargo, debe sealarse a los usuarios que puede que esta informacin no se encuentre totalmente actualizada al respecto, por lo que se les insta encarecidamente a consultar la base de datos s

14、obre patentes de la TSB en la direccin http:/www.itu.int/ITU-T/ipr/. UIT 2013 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. Rec. UIT-T A.6 (11/2012) iii NDICE Pgina 1 Alcance . 1 2 Proced

15、imientos . 1 2.1 Establecimiento del proceso de cooperacin e intercambio de informacin . 1 2.2 Proceso de cooperacin e intercambio de informacin, proceso ya establecido 2 2.3 Lista de organizaciones calificadas segn la Rec. UIT-T A.6 . 3 2.4 Disposiciones sobre derechos de autor . 3 2.5 Intercambio

16、electrnico de documentos . 3 Anexo A Criterios de evaluacin aplicables a las organizaciones nacionales y regionales de normalizacin para el proceso de cooperacin y de intercambio de informacin 4 Apndice I Establecimiento de un proceso para la cooperacin y el intercambio de informacin segn la Rec. UI

17、T-T A.6 5 Rec. UIT-T A.6 (11/2012) 1 Recomendacin UIT-T A.6 Cooperacin e intercambio de informacin entre el Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT (UIT-T) y las organizaciones de normalizacin nacionales y regionales (1998; 2000; 2002; 2006; 2007; 2012) 1 Alcance Para facilitar el

18、 desarrollo de relaciones de cooperacin con las organizaciones de normalizacin nacionales y regionales y alentar la colaboracin y el intercambio de informacin, se proporcionan procedimientos basados en la reciprocidad para aplicarlos al estructurar el proceso de cooperacin e intercambio de informaci

19、n. Las “organizaciones nacionales y regionales dedicadas al establecimiento de normas“, denominadas “organizaciones de normalizacin“ (SDO, standards development organization), son las organizaciones que establecen normas reconocidas y aplicadas a escala nacional y/o regional. En la presente Recomend

20、acin, se entiende por “documento aprobado“ un producto oficial de una organizacin de normalizacin que ha sido aprobado oficialmente. La expresin “proyecto de documento“ hace referencia a un producto que an est en fase de proyecto. 2 Procedimientos Se alienta a las Comisiones de Estudio a utilizar lo

21、s documentos elaborados por organizaciones de normalizacin, tanto aprobados como en fase de proyecto, segn proceda. Anlogamente, se alienta a las organizaciones de normalizacin a utilizar los proyectos de Recomendaciones o las Recomendaciones aprobadas del UIT-T. Esta Recomendacin contiene procedimi

22、entos para la cooperacin y el intercambio de informacin formales entre las Comisiones de Estudio del UIT-T y las organizaciones de normalizacin que cumplen los criterios de evaluacin estipulados en el Anexo A. En particular, se considera el caso de una organizacin que acepta textos de otra organizac

23、in, en su totalidad o en parte. En la Rec. UIT-T A.5 se aborda el caso de las referencias normativas. Establecer un proceso de comunicacin brinda un marco para una comunicacin continua a fin de: evitar la duplicacin involuntaria de iniciativas, permitiendo al mismo tiempo que cada organizacin siga c

24、on su propio mandato; ofrecer informacin cualificada del grado de dependencia de una organizacin con respecto a la labor que lleva a cabo otra; intercambiar informacin sobre cuestiones de inters mutuo. 2.1 Establecimiento del proceso de cooperacin e intercambio de informacin El establecimiento de un

25、 proceso de cooperacin e intercambio de informacin entre las Comisiones de Estudio del UIT-T y las organizaciones de normalizacin se considera caso por caso y evala con la atencin y diligencia debidas aplicando el conjunto de criterios consignado en el Anexo A. En el caso del UIT-T, el proceso se es

26、tablece a nivel de Comisin de Estudio; cuando se trata de organizaciones de normalizacin, el proceso se establece al nivel adecuado. Para evitar que una organizacin de normalizacin reciba mltiples solicitudes de informacin en relacin con los criterios estipulados en el Anexo A, as como para facilita

27、r la evaluacin por parte de las Comisiones de Estudio, el Director de la TSB efecta dichas solicitudes y analiza luego las respuestas con el fin de verificar que las organizaciones satisfacen los criterios pertinentes. El Apndice I es un diagrama esquemtico del proceso. 2 Rec. UIT-T A.6 (11/2012) 2.

28、1.1 Intercambio de informacin iniciado por una Comisin de Estudio del UIT-T Si una Comisin de Estudio considera que es conveniente establecer un intercambio de informacin o de documentos con una organizacin de normalizacin, la Comisin de Estudio consulta en primer lugar la lista de organizaciones ca

29、lificadas segn la Rec. UIT-T A.6 (vase la clusula 2.3), y obtiene un anlisis de la organizacin de normalizacin de que se trata. La Comisin de Estudio examina el anlisis y decide si procede o no establecer un proceso de comunicacin con la organizacin de normalizacin. Si la organizacin de normalizacin

30、 no est incluida en la lista, el Presidente de la Comisin de Estudio solicita al Director de la TSB que pida a la organizacin de normalizacin que proporcione la informacin y rellene el cuestionario relacionado con los criterios de calificacin establecidos en el Anexo A. El Director de la TSB efecta

31、un anlisis preliminar de la organizacin y lo transmite a la Comisin o Comisiones de Estudio concernidas, que examinan el anlisis y decide si comunicarn o no. Si hay algn aspecto que suscite inquietud, se informar inmediatamente al respecto al Presidente de las otras Comisiones de Estudio concernidas

32、, as como al Director de la TSB. Si la Comisin de Estudio decide la aprobacin, el Presidente de la Comisin de Estudio establece el proceso de cooperacin y aceptacin e intercambio de documentos, de conformidad con lo dispuesto en la clusula 2.2. 2.1.2 Intercambio de informacin iniciado por una organi

33、zacin de normalizacin nacional o regional Si una organizacin de normalizacin se pone en contacto con el Director de la TSB para establecer un proceso de intercambio de informacin o de documentos con el UIT-T, el Director de la TSB determina, en primer lugar, si dicho intercambio de documentos o info

34、rmacin es apropiado para: a) el Sector UIT-T (temas de poltica), o b) una o ms Comisiones de Estudio (temas relacionados con sus trabajos). En el caso a), el Director de la TSB evala a la organizacin de normalizacin con arreglo a los criterios estipulados en el Anexo A. Si el Director de la TSB deci

35、de la aprobacin, establece el intercambio e informa al respecto al GANT y a todas las Comisiones de Estudio del UIT-T. En el caso b), el Director de la TSB efecta un anlisis y transmite los resultados a la Comisin o Comisiones de Estudio concernidas, que examinarn el anlisis y decidirn si comunican

36、o no. Si hay varias Comisiones de Estudio concernidas, se transmite la decisin de cada una de ellas a las dems, al GANT y al Director de la TSB. 2.2 Proceso de cooperacin e intercambio de informacin, proceso ya establecido 2.2.1 Documentos enviados a organizaciones de normalizacin nacionales y regio

37、nales calificadas segn la Rec. UIT-T A.6 Una organizacin de normalizacin puede aceptar, en su totalidad o en parte, el texto de un proyecto de Recomendacin o de una Recomendacin aprobada del UIT-T, como texto ntegro o parte de su proyecto de documento, y efectuar o no modificaciones al texto del UIT

38、-T. Cuando una organizacin de normalizacin decide aceptar textos del UIT-T, comunica a la TSB las medidas adoptadas en relacin con esos textos. Al utilizar, aceptar o publicar esos textos, la organizacin de normalizacin se rige por las disposiciones sobre derechos de autor consignadas en la clusula

39、2.4. La propuesta de enviar una Declaracin de Coordinacin a una organizacin de normalizacin calificada segn la Rec. UIT-T A.6 puede surgir del trabajo de un Grupo de Relator, Grupo de Trabajo o Comisin de Estudio. La decisin de enviar dicha informacin la inicia el Presidente de la Comisin de Estudio

40、 en consulta con el Presidente del Grupo de Trabajo pertinente y, si procede, de una reunin de Comisin de Estudio, con el acuerdo de dicha Comisin. La TSB se encarga de enviar el texto a la organizacin, en nombre de la Comisin de Estudio. Rec. UIT-T A.6 (11/2012) 3 En caso necesario, entre reuniones

41、 ordinarias, se puede preparar la declaracin de coordinacin aplicando el procedimiento por correspondencia adecuado, declaracin que aprobar el Presidente de la Comisin de Estudio en consulta con el equipo de gestin de la misma. 2.2.2 Documentos recibidos de una organizacin de normalizacin nacional o

42、 regional calificada segn la Rec. UIT-T A.6 Una Comisin de Estudio del UIT-T puede aceptar, en su totalidad o en parte, el texto de un proyecto de documento o de un documento aprobado de una organizacin de normalizacin calificada segn la Rec. UIT-T A.6, para adoptarlo como proyecto de Recomendacin U

43、IT-T o parte del mismo, tal cual o con modificaciones. Cuando una Comisin de Estudio del UIT-T decide aceptar textos de una organizacin de normalizacin calificada segn la Rec. UIT-T A.6, comunica a la organizacin las medidas adoptadas en relacin con esos textos. Al utilizar, aceptar o publicar esos

44、textos, la Comisin de Estudio del UIT-T se rige por las disposiciones sobre derechos de autor consignadas en la clusula 2.4. Los documentos que presenten las organizaciones de normalizacin calificadas segn la Rec. UIT-T A.6 a las Comisiones de Estudio del UIT-T deben satisfacer el criterio 8) del An

45、exo A. Dichos documentos no se publican como Contribuciones. Tan pronto como se reciban sern puestos a disposicin, con el acuerdo del Presidente de la Comisin de Estudio, para el examen previo por el Grupo pertinente. Asimismo, se publican como documento para el Grupo pertinente mencionando la organ

46、izacin de normalizacin de origen, es decir, como un documento temporal en una Comisin de Estudio o reunin de Grupo de Trabajo, o como un documento en una reunin de Relator. En el ltimo caso, la recepcin y disposicin del documento recibido se debe registrar en el Informe de la reunin del Relator. 2.3

47、 Lista de organizaciones calificadas segn la Rec. UIT-T A.6 El Director de la TSB debe mantener actualizada y poner accesible en lnea una lista de organizaciones calificadas segn la Rec. UIT-T A.6, junto con los anlisis conexos, de las organizaciones nacionales y regionales de normalizacin que se es

48、tn evaluando o hayan sido aprobadas para la cooperacin y el intercambio de informacin, incluida la identificacin de las Comisiones de Estudio concernidas. 2.4 Disposiciones sobre derechos de autor El tema de las modificaciones de los textos y las disposiciones relativas a licencias sin derechos de a

49、utor, incluido el derecho de conceder una licencia secundaria, para los textos aceptados por el UIT-T o las organizaciones de normalizacin calificadas segn la Rec. UIT-T A.6 y sus editoriales u otras entidades es una cuestin que deben acordar la TSB y la organizacin particular. Ahora bien, la organizac

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