ITU-T Q 2951 SPANISH-1995 STAGE 3 DESCRIPTION FOR NUMBER IDENTIFICATION SUPPLEMENTARY SERVICES USING B-ISDN DIGITAL SUBSCRIBER SIGNALLING SYSTEM No 2 (DSS 2) C BASIC CALL《使用B-ISDN .pdf

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1、UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONESUIT-T Q.2951SECTOR DE NORMALIZACIN (02/95)DE LAS TELECOMUNICACIONESDE LA UITPROTOCOLOS DE APLICACIN DE LA RED DIGITALDE SERVICIOS INTEGRADOS DE BANDA ANCHAPARA SEALIZACIN DE ACCESODESCRIPCIN DE LA ETAPA 3 PARA SERVICIOSSUPLEMENTARIOS DE IDENTIFICACINDE NMERO Q

2、UE UTILIZAN EL SISTEMADE SEALIZACIN DIGITAL DE ABONADO N.o2DE LA RED DIGITAL DE SERVICIOS INTEGRADOSDE BANDA ANCHA LLAMADA BSICAClusula 1 Marcacin directa de extensionsClusula 2 Nmeros mltiples de abonadoClusula 3 Presentacin de la identificacin de la lnea llamanteClusula 4 Restriccin de la identifi

3、cacin de la lnea llamanteClusula 5 Presentacin de la identificacin de la lnea conectadaClusula 6 Restriccin de la identificacin de la lnea conectadaClusula 8 SubdireccionamientoRecomendacin UIT-T Q.2951(Anteriormente Recomendacin del CCITT)PREFACIOEl UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunica

4、ciones) es un rgano permanente de la Unin Internacional deTelecomunicaciones (UIT). Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomen-daciones sobre los mismos, con miras a la normalizacin de las telecomunicaciones en el plano mundial.La Conferencia Mundial de Nor

5、malizacin de las Telecomunicaciones (CMNT), que se celebra cada cuatro aos,establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendacionessobre dichos temas.La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento es

6、tablecido en laResolucin N. 1 de la CMNT (Helsinki, 1 al 12 de marzo de 1993).La Recomendacin UIT-T Q.2951, clusulas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8 ha sido preparada por la Comisin de Estudio 11(1993-1996) del UIT-T y fue aprobada por el procedimiento de la Resolucin N. 1 de la CMNT el 7 de febrerode 1995._NO

7、TAEn esta Recomendacin, la expresin Administracin se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto unaadministracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. UIT 1995Es propiedad. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse o utilizarse, de nin

8、guna forma o por ningn medio,sea ste electrnico o mecnico, de fotocopia o de microfilm, sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT.NDICERecomendacin Q.2951 (02/95)Pgina1 Marcacin directa de extensiones (DDI) 1Apndice I (a la clusula 1 de la Recomendacin Q.2951) Flujos de sealizacin.52 Nmeros

9、 mltiples de abonado (MSN) 5Apndice I (a la clusula 2 de la Recomendacin Q.2951) Flujos de sealizacin.103 Presentacin de la identificacin de la lnea llamante (CLIP) 10Anexo A (a la clusula 3 de la Recomendacin Q.2951) Opcin de entrega de dos elementos de informacinnmero de la parte llamante . 21Apnd

10、ice I (a la clusula 3 de la Recomendacin Q.2951) Flujos de sealizacin.224 Restriccin de la identificacin de la lnea llamante (CLIR) . 23Apndice I (a la clusula 4 de la Recomendacin Q.2951) Flujos de sealizacin.285 Presentacin de la identificacin de la lnea conectada (COLP) 28Apndice I (a la clusula

11、5 de la Recomendacin Q.2951) Flujos de sealizacin.416 Restriccin de la identificacin de la lnea conectada (COLR) 41Apndice I (a la clusula 6 de la Recomendacin Q.2951) Flujos de sealizacin.468 Subdireccionamiento (SUB) 46Apndice I (a la clusula 8 de la Recomendacin Q.2951) Flujos de sealizacin.50Apn

12、dice II (a la clusula 8 de la Recomendacin Q.2951) Relacin entre elementos de informacin dedireccin y servicios suplementarios 50Recomendacin Q.2951 (02/95) i RESUMEN1 Esta Recomendacin define el funcionamiento del sistema de sealizacin digital de abonado N.o2 (DSS 2)para el soporte de los siguiente

13、s servicios suplementarios de identificacin de nmero:Clusula 1 Marcacin directa de extensiones (DDI)Clusula 2 Nmeros mltiples de abonado (MSN)Clusula 3 Presentacin de la identificacin de la lnea llamante (CLIP)Clusula 4 Restriccin de la identificacin de la lnea llamante (CLIR)Clusula 5 Presentacin d

14、e la identificacin de la lnea conectada (COLP)Clusula 6 Restriccin de la identificacin de la lnea conectada (COLR)Clusula 8 Subdireccionamiento (SUB)La Recomendacin define el funcionamiento para el soporte de los servicios en el punto de referencia TBo en el puntode referencia SBcoincidente con el T

15、Bde la interfaz usuario-red de la red digital de servicios integrados de banda ancha(RDSI-BA).2 Breve descripcin de los serviciosEl servicio suplementario de marcacin directa de extensiones (DDI) permite a un usuario llamar directamente a otrousuario en una centralita privada de la RDSI-BA o en otro

16、s sistemas privados, sin la intervencin de un operador,basndose exclusivamente en el nmero RDSI.El servicio suplementario de nmeros mltiples de abonado (MSN) ofrece la posibilidad de asignar nmerosmltiples RDSI a un acceso nico pblico o privado.La presentacin de la identificacin de la lnea llamante

17、(CLIP) es un servicio suplementario ofrecido a la parte llamadaque le permite obtener el nmero RDSI del abonado llamante, posiblemente con informacin de subdireccin.La restriccin de la identificacin de la lnea llamante (CLIR) es un servicio suplementario ofrecido a la parte llamantepara restringir l

18、a presentacin, a la parte llamada, del nmero RDSI y la subdireccin de la parte llamante.La presentacin de la identificacin de la lnea conectada (COLP) es un servicio suplementario ofrecido a la partellamante que le permite obtener el nmero RDSI de la parte conectada, posiblemente con informacin de s

19、ubdireccin.La restriccin de la identificacin de la lnea conectada (COLR) es un servicio suplementario ofrecido a la parte llamadapara restringir la presentacin, a la parte llamante, del nmero RDSI y la subdireccin de la parte conectada.El subdireccionamiento es un servicio suplementario que permite

20、al usuario llamado (servido) ampliar su capacidad dedireccionamiento ms all de la concedida por el nmero RDSI.ii Recomendacin Q.2951 (02/95) Recomendacin Q.2951Recomendacin Q.2951 (02/95)DESCRIPCIN DE LA ETAPA 3 PARA SERVICIOS SUPLEMENTARIOSDE IDENTIFICACIN DE NMERO QUE UTILIZAN EL SISTEMADE SEALIZA

21、CIN DIGITAL DE ABONADO N.o2 DE LA RED DIGITALDE SERVICIOS INTEGRADOS DE BANDA ANCHA LLAMADA BSICA(Ginebra, 1995)1 Marcacin directa de extensiones (DDI)1.1 AlcanceEsta Recomendacin especifica la etapa 3 del servicio suplementario marcacin directa de extensiones (DDI) para la reddigital de servicios i

22、ntegrados de banda ancha (RDSI-BA) en el punto de referencia TBo en el punto de referencia SBcoincidente con el TB(definidos en la Recomendacin I.413 1) por medio del protocolo del sistema de sealizacindigital de abonado n.o2 (DSS 2). La etapa 3 identifica los procedimientos de protocolo y las funci

23、ones de conmutacinque se necesitan para soportar un servicio de telecomunicacin (vase la Recomendacin I.130 2).Adems, la presente Recomendacin especifica los requisitos de protocolo en el punto de referencia TBcuando elservicio se presta al usuario por conducto de una RDSI-BA privada intermedia.Esta

24、 Recomendacin no especifica los requisitos de protocolo adicionales cuando el servicio se presta al usuario porconducto de una red de telecomunicaciones que no es RDSI-BA.El servicio suplementario marcacin directa de extensiones (DDI) permite al usuario llamar directamente a otro usuarioen una centr

25、alita automtica privada de RDSI (ISPBX) u otros sistemas privados, sin intervencin de operador. Esteservicio suplementario se basa en la utilizacin del nmero RDSI y no incluye subdireccionamiento.El servicio suplementario DDI es aplicable a todos los servicios de telecomunicacin.Esta Recomendacin es

26、 aplicable a los equipos que soportan el servicio suplementario DDI y han de conectarse a uno uotro lado de un punto de referencia TB, o de un punto de referencia SBcoincidente con TB, cuando se utiliza comoacceso a la RDSI-BA pblica.1.2 ReferenciasLas Recomendaciones UIT-T y dems referencias siguie

27、ntes contienen disposiciones que, mediante su referencia eneste texto, constituyen disposiciones de la presente Recomendacin. Al efectuar esta publicacin, estaban en vigorlas ediciones indicadas. Todas las Recomendaciones y dems referencias son objeto de revisiones, por lo que sepreconiza que todos

28、los usuarios de la presente Recomendacin investiguen la posibilidad de aplicar las ediciones msrecientes de las Recomendaciones y dems referencias citadas a continuacin. Se publica regularmente una lista de lasRecomendaciones UIT-T actualemente vigentes.1 Recomendacin UIT-T I.413 (1993), Interfaces

29、usuario-red de la RDSI de banda ancha.2 Recomendacin I.130 del CCITT (1988), Mtodo de caracterizacin de los servicios de telecomunicacinsoportados por una RDSI y de las capacidades de red de una RDSI.3 Recomendacin UIT-T Q.2931 (1995), Red digital de servicios integrados de banda ancha Sistema desea

30、lizacin digital de abonado n.o2 Especificacin de la capa 3 de la interfaz usuario-red para el control dela llamada bsica/conexin.4 Recomendacin E.164 del CCITT (1991), Plan de numeracin para la era de la red digital de serviciosintegrados.5 Recomendacin UIT-T I.580 (1993), Disposiciones generales pa

31、ra el interfuncionamiento entre la red digital deservicios integrados de banda ancha y la red digital de servicios integrados basada en la velocidad de 64 kbit/s.6 Recomendacin I.251.1 del CCITT (1992), Marcacin directa de extensiones.Recomendacin Q.2951 (02/95) 1 1.3 DefinicionesA los efectos de la

32、 presente Recomendacin son aplicables las siguientes definiciones:1.3.1 nmero DDI: La parte del nmero RDSI que es significativo para una ISPBX u otro sistema privado.1.3.2 usuario: La entidad de protocolo DSS 2 en el lado usuario de la interfaz usuario-red.1.3.3 red: La entidad de protocolo DSS 2 en

33、 el lado red de la interfaz usuario-red.1.3.4 nmero RDSI: Nmero conforme con el plan de numeracin y las estructuras especificadas en laRecomendacin E.164 4.1.3.5 nmero internacional: Nmero RDSI estructurado como se especifica en 3.2/E.164 4 (en los prrafosrelativos al nmero internacional).1.3.6 nmer

34、o nacional; nmero nacional significativo: Nmero RDSI estructurado como se especificaen 3.2/E.164 4 (en los prrafos relativos al nmero nacional significativo).1.3.7 nmero de abonado: Nmero RDSI estructurado como se especifica en 3.2/E.164 4 (en los prrafosrelativos al nmero de abonado).1.4 Abreviatur

35、asA los efectos de la presente recomendacin se utilizan las siguientes abreviaturas:DDI Marcacin directa de extensiones (direct dialling in)DSS 2 Sistema de sealizacin digital de abonado n.o2 (digital subscriber signalling system No. 2)ISO Organizacin Internacional de Normalizacin (international sta

36、ndardization organization)ISPBX Centralita automtica privada de servicios integrados (integrated services private branchexchange)RDSI Red digital de servicios integradosRDSI-BA Red digital de servicios integrados de banda anchaRDSI-BE Red digital de servicios integrados de banda estrecha1.5 Descripc

37、inLos nmeros DDI forman parte de un plan internacional de acuerdo con la Recomendacin E.164.Esta Recomendacin permite a los operadores de red utilizar planes de numeracin de longitudes fijas o variables, segnles convenga. Esta flexibilidad tambin es aplicable a los nmeros DDI, es decir, incluso en u

38、na ISPBX dada u otrosistema privado pueden aparecer nmeros DDI de longitud diferente.En las redes con un plan de numeracin abierto, la longitud del nmero DDI no necesariamente es conocida por lacentral local que da servicio ni por ninguna otra entidad de la red pblica.El servicio DDI se proporciona

39、cuando por lo menos una parte del nmero RDSI, que es significativa para el usuariollamado, se pasa a dicho usuario. Estas cifras ltimas (de longitud fija o variable) son enviadas desde la central yrecibidas por recepcin en bloque o con superposicin por la ISPBX u otro sistema privado, que establece

40、finalmente, demanera automtica, la comunicacin con el destinatario sin ayuda de operador. El envo de las ltimas cifras se hace deacuerdo con 5.2/Q.2931 6.5/Q.2931.1.6 Requisitos operacionales1.6.1 Prestacin y supresinEste servicio se prestar mediante acuerdo previo con el operador de red y se suprim

41、ir a peticin del abonado o porrazones administrativas.2 Recomendacin Q.2951 (02/95) 1.6.2 Requisitos en el lado red de origenSon aplicables los procedimientos de control de la llamada bsica de acuerdo con 5.1/Q.2931 y 6.5/Q.2931.1.6.3 Requisitos en la redNo es aplicable.1.6.4 Requisitos en el lado r

42、ed de terminacinCuando se presta el servicio suplementario DDI al usuario llamado, debe pasarse por lo menos el nmero DDI al usuarioen el elemento de informacin nmero de la parte llamada. Se utiliza el procedimiento de recepcin en bloque o consuperposicin para transferir la informacin del nmero de l

43、a parte llamada de acuerdo con las reglas especificadasen 5.2/Q.2931 (recepcin en bloque) o en 6.5/Q.2931 (recepcin con superposicin).El lado red de destino puede comprobar la gama y el formato del nmero DDI antes de que se pase al usuario llamado.1.7 Definiciones de estadosSon aplicables los estado

44、s asociados con el control de la llamada bsica de acuerdo con la Recomendacin Q.2931.1.8 Requisitos de codificacinEl nmero DDI es una parte del nmero RDSI que debe insertarse en el elemento de informacin nmero de la partellamada codificado de acuerdo con 4.5.11/Q.2931.1.9 Procedimientos de sealizaci

45、n en el punto de referencia SB coincidente con el TBNo es aplicable.1.10 Procedimientos para el interfuncionamiento con RDSI privadas1.10.1 Entrega de nmero DDI1.10.1.1 Operacin normalEl nmero DDI es entregado de la red al usuario llamado de acuerdo con los procedimientos de 5.2/Q.2931 (recepcinen b

46、loque) o en 6.5/Q.2931 (recepcin con superposicin).Cuando la identificacin del plan de direccionamiento/numeracin equivalga a plan de numeracin de la RDSI/serviciode telefona (Recomendacin E.164), el tipo de nmero se incluir en el elemento de informacin nmero de la partellamada enviado al usuario ll

47、amado y deber codificarse como: desconocido (vase la Nota 2 junto a tipo de nmero del Cuadro 4-14/Q.2931); o nmero de abonado, nmero nacional o nmero internacional (vase la Nota 3 junto a tipo de nmerodel Cuadro 4-14/Q.2931).NOTA Esta codificacin es independiente de la utilizacin de los procedimientos en bloque (en los que el nmero de laparte llamada se enva en un solo mensaje) o de los procedimientos con

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