1、 UNIN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES UIT-T X.670SECTOR DE NORMALIZACIN DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT (08/2004) SERIE X: REDES DE DATOS, COMUNICACIONES DE SISTEMAS ABIERTOS Y SEGURIDAD Gestin de redes de interconexin de sistemas abiertos y aspectos de sistemas Denominacin, direccionamiento
2、 y registro Utilizacin de agentes de registro para registrar nombres subordinados a nombres de pas en el rbol de nombres RH X.660 Recomendacin UIT-T X.670 RECOMENDACIONES UIT-T DE LA SERIE X REDES DE DATOS, COMUNICACIONES DE SISTEMAS ABIERTOS Y SEGURIDAD REDES PBLICAS DE DATOS Servicios y facilidade
3、s X.1X.19 Interfaces X.20X.49 Transmisin, sealizacin y conmutacin X.50X.89 Aspectos de redes X.90X.149 Mantenimiento X.150X.179 Disposiciones administrativas X.180X.199 INTERCONEXIN DE SISTEMAS ABIERTOS Modelo y notacin X.200X.209 Definiciones de los servicios X.210X.219 Especificaciones de los prot
4、ocolos en modo conexin X.220X.229 Especificaciones de los protocolos en modo sin conexin X.230X.239 Formularios para declaraciones de conformidad de implementacin de protocolo X.240X.259 Identificacin de protocolos X.260X.269 Protocolos de seguridad X.270X.279 Objetos gestionados de capa X.280X.289
5、Pruebas de conformidad X.290X.299 INTERFUNCIONAMIENTO ENTRE REDES Generalidades X.300X.349 Sistemas de transmisin de datos por satlite X.350X.369 Redes basadas en el protocolo Internet X.370X.379 SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE MENSAJES X.400X.499 DIRECTORIO X.500X.599 GESTIN DE REDES DE INTERCONEXIN DE
6、SISTEMAS ABIERTOS Y ASPECTOS DE SISTEMAS Gestin de redes X.600X.629 Eficacia X.630X.639 Calidad de servicio X.640X.649 Denominacin, direccionamiento y registro X.650X.679 Notacin de sintaxis abstracta uno X.680X.699 GESTIN DE INTERCONEXIN DE SISTEMAS ABIERTOS Marco y arquitectura de la gestin de sis
7、temas X.700X.709 Servicio y protocolo de comunicacin de gestin X.710X.719 Estructura de la informacin de gestin X.720X.729 Funciones de gestin y funciones de arquitectura de gestin distribuida abierta X.730X.799 SEGURIDAD X.800X.849 APLICACIONES DE INTERCONEXIN DE SISTEMAS ABIERTOS Compromiso, concu
8、rrencia y recuperacin X.850X.859 Procesamiento de transacciones X.860X.879 Operaciones a distancia X.880X.899 PROCESAMIENTO DISTRIBUIDO ABIERTO X.900X.999 SEGURIDAD DE LAS TELECOMUNICACIONES X.1000 Para ms informacin, vase la Lista de Recomendaciones del UIT-T. Rec. UIT-T X.670 (08/2004) i Recomenda
9、cin UIT-T X.670 Utilizacin de agentes de registro para registrar nombres subordinados a nombres de pas en el rbol de nombres RH X.660 Resumen Esta Recomendacin especifica los procedimientos para agentes de registro que operan en nombre de organizaciones internacionales para registrar nombres de orga
10、nizaciones subordinados a nombres de pas. La Recomendacin tiene dos anexos, uno para el registro de nombres de dominio de gestin para utilizacin con direcciones (originador/recibiente) de la serie X.400 y otro para el registro de nombres de organizaciones para utilizacin con nombres distinguidos del
11、 directorio de la serie X.500. Orgenes La Recomendacin UIT-T X.670 fue aprobada el 22 de agosto de 2004 por la Comisin de Estudio 17 (2001-2004) del UIT-T por el procedimiento de la Recomendacin UIT-T A.8. ii Rec. UIT-T X.670 (08/2004) PREFACIO La UIT (Unin Internacional de Telecomunicaciones) es el
12、 organismo especializado de las Naciones Unidas en el campo de las telecomunicaciones. El UIT-T (Sector de Normalizacin de las Telecomunicaciones de la UIT) es un rgano permanente de la UIT. Este rgano estudia los aspectos tcnicos, de explotacin y tarifarios y publica Recomendaciones sobre los mismo
13、s, con miras a la normalizacin de las telecomunica-ciones en el plano mundial. La Asamblea Mundial de Normalizacin de las Telecomunicaciones (AMNT), que se celebra cada cuatro aos, establece los temas que han de estudiar las Comisiones de Estudio del UIT-T, que a su vez producen Recomendaciones sobr
14、e dichos temas. La aprobacin de Recomendaciones por los Miembros del UIT-T es el objeto del procedimiento establecido en la Resolucin 1 de la AMNT. En ciertos sectores de la tecnologa de la informacin que corresponden a la esfera de competencia del UIT-T, se preparan las normas necesarias en colabor
15、acin con la ISO y la CEI. NOTA En esta Recomendacin, la expresin “Administracin“ se utiliza para designar, en forma abreviada, tanto una administracin de telecomunicaciones como una empresa de explotacin reconocida de telecomunicaciones. La observancia de esta Recomendacin es voluntaria. Ahora bien,
16、 la Recomendacin puede contener ciertas disposiciones obligatorias (para asegurar, por ejemplo, la aplicabilidad o la interoperabilidad), por lo que la observancia se consigue con el cumplimiento exacto y puntual de todas las disposiciones obligatorias. La obligatoriedad de un elemento preceptivo o
17、requisito se expresa mediante las frases “tener que, haber de, hay que + infinitivo“ o el verbo principal en tiempo futuro simple de mandato, en modo afirmativo o negativo. El hecho de que se utilice esta formulacin no entraa que la observancia se imponga a ninguna de las partes. PROPIEDAD INTELECTU
18、AL La UIT seala a la atencin la posibilidad de que la utilizacin o aplicacin de la presente Recomendacin suponga el empleo de un derecho de propiedad intelectual reivindicado. La UIT no adopta ninguna posicin en cuanto a la demostracin, validez o aplicabilidad de los derechos de propiedad intelectua
19、l reivindicados, ya sea por los miembros de la UIT o por terceros ajenos al proceso de elaboracin de Recomendaciones. En la fecha de aprobacin de la presente Recomendacin, la UIT no ha recibido notificacin de propiedad intelectual, protegida por patente, que puede ser necesaria para aplicar esta Rec
20、omendacin. Sin embargo, debe sealarse a los usuarios que puede que esta informacin no se encuentre totalmente actualizada al respecto, por lo que se les insta encarecidamente a consultar la base de datos sobre patentes de la TSB. UIT 2005 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicac
21、in puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT. Rec. UIT-T X.670 (08/2004) iii NDICE Pgina 1 Alcance . 1 2 Referencias normativas. 1 2.1 Recomendaciones | Normas Internacionales idnticas. 1 2.2 Pares de Recomendaciones | Normas Internacionales de con
22、tenido tcnico equivalente 2 3 Definiciones 2 3.1 Trminos relativos al registro. 2 3.2 Trminos relativos a nombres internacionales . 2 3.3 Trminos ASN.1. 2 3.4 Trminos relativos al directorio 2 3.5 Trminos relativos a los sistemas de tratamiento de mensajes. 2 3.6 Definiciones adicionales. 3 4 Abrevi
23、aturas, siglas o acrnimos 3 5 Consideraciones generales 3 6 Agente de registro. 4 7 Registro de nombres de organizaciones . 4 7.1 Generalidades . 4 7.2 Proceso de registro . 5 Anexo A Procedimientos operativos del agente de registro de nombres de dominios de gestin MHS a ser utilizados en direccione
24、s O/R (X.400) subordinadas a nombres de pas . 6 A.1 Finalidad. 6 A.2 Requisitos del UIT-T y la ISO 6 A.3 Utilizacin de nombres ADMD 6 A.4 Utilizacin de nombres PRMD 7 A.5 Proceso de registro . 7 A.6 Contenido de la solicitud de registro 7 Anexo B Procedimientos operativos para el agente de registro
25、de nombres de organizaciones para utilizacin en nombres distinguidos del directorio subordinados a nombres de pas . 7 B.1 Finalidad. 7 B.2 Requisitos del UIT-T y de la ISO. 8 B.3 Utilizacin de nombre de organizacin 8 B.4 Proceso de registro . 8 B.5 Contenido de la solicitud de registro 8 Rec. UIT-T
26、X.670 (08/2004) 1 Recomendacin UIT-T X.670 Utilizacin de agentes de registro para registrar nombres subordinados a nombres de pas en el rbol de nombres RH X.660 1 Alcance La presente Recomendacin especifica los requisitos para la operacin de agentes de registro que actan en nombre de organizaciones
27、para registrar un mismo nombre de organizacin ante mltiples autoridades de registro que operan de parte de diversos pases para registrar el mismo nombre subordinado a varios nombres de pas. Los requisitos especificados en esta Recomendacin son aplicables a cualquier arco en el rbol de nombres jerrqu
28、icos de registro bajo el cual pueden existir autoridades de registro nacionales (autoridades de registro que operan en nombre de un pas). Estos procedimientos pueden ser tiles para organizaciones internacionales que necesiten registrar el mismo nombre de organizacin en mltiples pases. De acuerdo con
29、 la presente Recomendacin, una de esas organizaciones podra utilizar un agente de registro para registrar un nombre en mltiples pases. 2 Referencias normativas Las siguientes Recomendaciones del UIT-T y otras referencias contienen disposiciones que, mediante su referencia en este texto, constituyen
30、disposiciones de la presente Recomendacin. Al efectuar esta publicacin, estaban en vigor las ediciones indicadas. Todas las Recomendaciones y otras referencias son objeto de revisiones por lo que se preconiza que los usuarios de esta Recomendacin investiguen la posibilidad de aplicar las ediciones m
31、s recientes de las Recomendaciones y otras referencias citadas a continuacin. Se publica peridicamente una lista de las Recomendaciones UIT-T actualmente vigentes. En esta Recomendacin, la referencia a un documento, en tanto que autnomo, no le otorga el rango de una Recomendacin. 2.1 Recomendaciones
32、 | Normas Internacionales idnticas Recomendacin UIT-T X.500 (2001) | ISO/CEI 9594-1:2001, Tecnologa de la informacin Interconexin de sistemas abiertos El directorio: Visin de conjunto de conceptos, modelos y servicios. Recomendacin UIT-T X.501 (2001) | ISO/CEI 9594-2:2001, Tecnologa de la informacin
33、 Interconexin de sistemas abiertos El directorio: Modelos. Recomendacin UIT-T X.660 (2004) | ISO/CEI 9834-1:2004, Tecnologa de la informacin Interconexin de sistemas abiertos Procedimientos para la operacin de autoridades de registro para interconexin de sistemas abiertos: Procedimientos generales.
34、Recomendacin UIT-T X.666 (2004) | ISO/CEI 9834-7:2004, Tecnologa de la informacin Interconexin de sistemas abiertos Procedimientos para la operacin de las autoridades de registro en interconexin de sistemas abiertos: Registro conjunto de la ISO y del UIT-T de organizaciones internacionales. Recomend
35、acin UIT-T X.680 (2002) | ISO/CEI 8824-1:2002, Tecnologa de la informacin Notacin de sintaxis abstracta uno: Especificacin de la notacin bsica. 2 Rec. UIT-T X.670 (08/2004) 2.2 Pares de Recomendaciones | Normas Internacionales de contenido tcnico equivalente Recomendacin UIT-T F.400/X.400 (1999), Si
36、stema de tratamiento de mensajes: Visin de conjunto del sistema y del servicio del tratamiento de mensajes. ISO/CEI 10021-1:2003, Information technology Message Handling Systems (MHS) Part 1: System and service overview. 3 Definiciones En esta Recomendacin se definen los siguientes trminos. 3.1 Trmi
37、nos relativos al registro La presente Recomendacin utiliza los siguientes trminos que se definen en la Rec. UIT-T X.660 | ISO/CEI 9834-1: a) rol administrativo; b) autoridad de registro; c) rbol de nombres jerrquicos de registro (rbol de nombres RH). 3.2 Trminos relativos a nombres internacionales L
38、a presente Recomendacin utiliza el siguiente trmino que se define en la Rec. UIT-T X.666 | ISO/CEI 9834-7: organizacin internacional. 3.3 Trminos ASN.1 La presente Recomendacin utiliza los siguientes trminos que se definen en la Rec. UIT-T X.680 | ISO/CEI 8824-1: a) NumericString (cadena numrica); b
39、) objeto; c) identificador de objeto; d) PrintableString (CadenaImprimible). 3.4 Trminos relativos al directorio La presente Recomendacin utiliza los siguientes trminos que se definen en la Rec. UIT-T X.501 | ISO/CEI 9594-2: a) nombre de directorio; b) nombre distinguido relativo. 3.5 Trminos relati
40、vos a los sistemas de tratamiento de mensajes La presente Recomendacin utiliza los siguientes trminos que se definen en las Recomendaciones UIT-T F.400/X.400 y en ISO/CEI 10021-1: a) dominio de gestin de administracin (ADMD); b) PRMD multinacional; c) direccin de originador/recibiente (direccin O/R)
41、; d) dominio de gestin privado (PRMD). Rec. UIT-T X.670 (08/2004) 3 3.6 Definiciones adicionales 3.6.1 agente de registro: Agente (puede ser un agente de software) que, actuando en nombre de una organizacin internacional, intenta registrar un nombre para esa organizacin internacional ante las autori
42、dades de registro de varios pases. 4 Abreviaturas, siglas o acrnimos A los efectos de esta Recomendacin | Norma internacional, se utilizan las siguientes abreviaturas, siglas o acrnimos: ADMD Dominio de gestin de administracin (administration management domain) ASN.1 Notacin de sintaxis abstracta un
43、o (abstract syntax notation one) EDI Intercambio electrnico de datos (electronic data interchange) MD Dominio de gestin (management domain) (PRMD o ADMD) MHS Sistema de tratamiento de mensajes (message handling system) PRMD Dominio de gestin privado (private management domain) 5 Consideraciones gene
44、rales 5.1 La Rec. UIT-T X.660 | ISO/CEI 9834-1 describe procedimientos generales de registro que son independientes del objeto en cuestin. Permite que otras Recomendaciones o Normas Internacionales definan procedimientos que son especficos de objetos de un tipo en particular. 5.2 Una organizacin int
45、ernacional que necesita registrar el mismo nombre de organizacin en mltiples pases, puede solicitarlo directamente en cada pas o presentar una nica solicitud a un agente de registro, definido en esta Recomendacin, que acta en nombre de la organizacin internacional para registrar el nombre solicitado
46、 en cada uno de los pases indicados por la organizacin internacional. Una vez que un nombre haya sido registrado satisfactoriamente en mltiples pases, el nombre de la organizacin puede ser utilizado subordinado a cada uno de esos nombres de pas. NOTA Una organizacin internacional puede intentar regi
47、strar un nombre como nombre de organizacin internacional, segn se especifica en la Rec. UIT-T X.666 | ISO/CEI 9834-7. Si el registro es satisfactorio, el nombre registrado puede ser utilizado sin especificar el nombre de pas. 5.3 La presente Recomendacin especifica los procedimientos del agente de r
48、egistro que acta en nombre de organizaciones internacionales para registrar diversos tipos de nombres de organizacin. Los nombres registrados por un agente de registro de acuerdo con estos procedimientos, slo se pueden utilizar dentro del contexto de un nombre de pas. Los trminos nombre de organizacin, nombre ADMD y nombre PRMD se utilizan en la presente Recomendacin en este contexto. 5.4 La presente Recomendacin es utilizada por un agente de registro que acta como parte de un proceso de registro para registrar valores de nombre de organizacin inequvocos necesar