1、,Abril de 2008,INFORMACIN PARA LOS TRABAJADORES AFILIADOS AL ISSSTELEY DEL ISSSTE RUTA DEL PROCESO PARA ELEGIR EL RGIMEN DE PENSIN,LEY DEL ISSSTE,2,Trabajadores de nuevo ingreso,Rgimen de Pensiones,Nuevo sistema de cuentas individuales. Los trabajadores que coticen por primera vez al ISSSTE a partir
2、 del 1 de abril del 2007, se incorporan al Sistema de Cuentas Individuales. Trabajadores que reingresan al servicio despus de la Reforma, se incorporaran al Sistema de Cuentas Individuales, tienen derecho despus de un ao, a que se les acredite su Bono de Pensin por el periodo cotizado.,Trabajadores
3、en Activo,Derecho a elegir entre dos opciones, de acuerdo al Artculo IV Transitorio: Sistema de Reparto, Art. X Transitorio, o, Sistema de Cuentas Individuales del ISSSTE. Los periodos cotizados se le reconocen al trabajador mediante un Bono de Pensin que se le deposita en su Cuenta Individual, Artc
4、ulo V Transitorio.,TRES GRUPOS DE TRABAJADORES,Jubilados y Pensionados actuales,No observan ningn cambio. Se respetan plenamente sus derechos adquiridos, continuarn disfrutando de su pensin, la cual estar a cargo del Gobierno Federal, Artculo XVIII transitorio.,3,Rgimen de Reparto Artculo Dcimo Tran
5、sitorio,4,Requisito de 60 aos de edad y al menos 10 aos de cotizacin. De 60 se pasa a 65 aos de edad, un ao cada dos aos calendario, hasta 2018.,Requisito de 55 aos de edad y al menos 15 aos de cotizacin, aumentando hasta los 60 aos a razn de un ao cada dos, hasta 2018.,49 aos para las mujeres, 51 p
6、ara los hombres. Se incrementa un ao cada dos hasta 58/60 en 2028.,c) Cesanta en edad avanzada,b) Edad y Tiempo de Servicios,a) Jubilacin,Se mantienen sin cambios los requisitos de edad hasta finalizar 2009.A partir del 2010 y hasta el 2028, se incrementa gradualmente la edad mnima de retiro. Consis
7、tente con el incremento en la esperanza de vida. Bajo este rgimen el trabajador no tiene derecho a Bono de Pensin.,Artculo Dcimo Transitorio, Fraccin II,Principal cambio: edad mnima para jubilacin.,Artculo Dcimo Transitorio,Requisito en 2010: 49 aos para mujeres, 51 para hombres. Se incrementa un ao
8、 cada dos hasta 58/60 en 2028.,Tiene derecho a retirarse slo si acumula 15 aos de servicio o ms. Pensin mxima de diez salarios mnimos. El importe de las pensiones est topado a diez salarios mnimos y se calcula con el promedio del SB del ltimo ao, siempre y cuando tenga una antigedad mnima en el mism
9、o puesto y nivel de tres aos. Pensin vitalicia de entre 40% y 100%.Cuando haya cumplido los requisitos de edad y aos de servicio que implica el Rgimen de Reparto, podr retirarse y gozar de una pensin vitalicia de entre 40% y 100% de su ltimo SB, incluyendo aguinaldos.,Rgimen de Reparto,Caracterstica
10、s del Rgimen de Reparto:,Pensin a beneficiarios.A la muerte del pensionado se transmite la pensin a sus beneficiarios de acuerdo al Artculo 131.Retiro de los recursos del SAR. Aquellos trabajadores que adquieran el derecho a disfrutar una pensin, o cumplan 65 aos de edad, podrn retirar en una sola e
11、xhibicin los recursos de la Subcuenta de Ahorro para el Retiro (SAR-ISSSTE).Tasa de reemplazo mxima de 100%.No puede aumentar su pensin ms all de este tope ya que no tiene la oportunidad de realizar aportaciones solidarias.No portabilidad.Dado que no hay portabilidad, no puede sumar los recursos aho
12、rrados en el sistema del IMSS para aumentar su pensin.,Rgimen de Reparto,Cuentas Individuales y Bono de Pensin,9,El Bono de Pensin es el reconocimiento de los periodos cotizados hasta el momento de la eleccin. Equivale al dinero necesario para obtener la pensin vitalicia a la que el trabajador tiene
13、 derecho al momento de cambiar de sistema.,Bono de Pensin,Factores para el clculo del Bono,1. Sueldo bsico de cotizacin al 31 de diciembre del 2006 y para los reingresos entre enero y marzo del 2007, el Sueldo Bsico (SB) inicial.,2. Aos cotizados al fondo de pensiones al 31 de marzo del 2007.,3. Eda
14、d del trabajador al 31 de diciembre del 2007.,Clculo del Bono,El Articulo 63 de la Ley abrogada contiene una tabla que indica la tasa de reemplazo a la que tena derecho cada trabajador, de acuerdo con sus aos cotizados (mnimo 15 aos) al cumplir los 55 aos de edad.,100%90%80%71%60%50%40%30%20%10%0%,0
15、 2 4 6 8 10 12 14 15 16 18 20 22 24 26 28 30,TASA DE REMPLAZO,AOS DE COTIZACIN,Un trabajador con 15 aos de cotizacin puede jubilarse con 50% de su SB.,La ley abrogada no reconoca derechos de los trabajadores con menos de 15 aos de cotizacin. Pero el Bono si permite reconocer los periodos cotizados m
16、enores a 15 aos.,Subcuentas de la Cuenta Individual ISSSTE,SAR-ISSSTE,Retiro, Cesanta en edad Avanzada y Vejez,Fondo de la Vivienda,Aportaciones Voluntarias,Ahorro Solidario,Administrada por PENSIONISSSTE durante los tres primeros aos para aquellos trabajadores que no tienen Afore. El trabajador rec
17、ibir cada semestre un estado de cuenta desglosado.,Fondo de la Vivienda.,Retiro.,Complementarias de Retiro.,Ahorro a Largo Plazo.,Bono de Pensin.,Cuota del Trabajador. Aportacin de la Entidad o Dependencia. Cuota Social.,Solo registro. Las aportaciones son administradas por FOVISSSTE.,Ahorro del tra
18、bajador (hasta el 2% del SB).,Aportacin de la Entidad o Dependencia. $3.25 por cada peso ahorrado por el trabajador.,CUENTA INDIVIDUAL,Se apertura una Cuenta Individual exclusiva del trabajador donde se le deposita el monto del bono, su saldo SAR-ISSSTE y las futuras cuotas y aportaciones tripartita
19、s.,Requisitos para el retiro con Cuentas Individuales,65 aos de edad y 25 de cotizacin Artculo 88.,60 aos en edad y 25 de cotizacin Artculo 84.,Vejez,Cesanta en edad avanzada,Sin requisito de edad, a partir del 2013. Artculo 80 y Artculo 13 Transitorio.,Seguro de Retiro,NUEVO,Seguro de Retiro,Para l
20、os trabajadores que hayan elegido la acreditacin de los Bonos de Pensin del ISSSTE, para el ejercicio del derecho previsto en el Artculo 80 de la Ley.,Cuentas Individuales,Reconocimiento de derechos desde el primer ao. Se le reconocen al trabajador sus periodos cotizados aunque slo haya cotizado un
21、ao (Art. 4 Trans.). Reconocimiento de periodos cotizados anteriormente mediante el bono. Los periodos cotizados hasta el momento en que se hace efectiva la eleccin se le reconocen al trabajador activo mediante un Bono de Pensin, cuyo valor est en funcin de su SB, edad y los aos cotizados al ISSSTE.
22、Se apertura una Cuenta Individual exclusiva del trabajador donde se le deposita el monto del bono, su saldo SAR-ISSSTE y sus futuras cuotas y aportaciones. Rendimiento garantizado del bono de 3.5% por encima de la inflacin. No hay comisin por administracin del bono. Administrador de la cuenta. Hasta
23、 el 2011 la cuenta de los trabajadores que no tengan afore sern administradas por PENSIONISSSTE. Posteriormente el trabajador podr permanecer o cambiarse a una AFORE de su eleccin (Art. 25 Trans).,Caractersticas del Sistema de Cuentas Individuales:,Cuentas Individuales,PENSIONISSSTE cobrar la comisi
24、n ms baja del mercado, de 1% anual sobre saldo. No hay requisito de edad mnima a partir del 2013 para que el trabajador pueda obtener una pensin por retiro. El decide cundo es el momento apropiado para retirarse, siempre y cuando el monto acumulado alcance para una pensin vitalicia 30% mayor a la pe
25、nsin garantizada y despus de contratar el seguro de sobrevivencia (Art. 80). La tasa de reemplazo puede ser mayor al 100%. El trabajador puede aumentar su pensin, por cada peso que ahorre voluntariamente a travs del Ahorro Solidario, la Dependencia o Entidad le depositar $3.25 ms, teniendo cmo lmite
26、 mximo un tope del 2% del SB, para que reciba en contraparte un 6.5%. (Art. 100). Retirar parte de la cuenta en efectivo. El trabajador puede elegir tener una pensin menor y retirar de su Cuenta Individual, el resto de su saldo acumulado en una sola o varias exhibiciones.,Cuentas Individuales,Dos mo
27、dalidades de pago a eleccin del trabajador.El pago de una renta vitalicia (pensin durante toda su vida), en pagos mensuales ajustados por inflacin. Al fallecer el pensionado, sta se transmite a sus beneficiarios. Esta es la opcin diseada para la gran mayora de los trabajadores, Retiros programados d
28、efinido con base en la esperanza de vida del trabajador. Si el trabajador vive mas aos de lo esperado, su monto mensual se ir reduciendo, pero si fallece antes de lo esperado, el saldo de su Cuenta Individual se hereda a sus beneficiaros. Esta opcin esta diseada para casos excepcionales de personas
29、que por una circunstancia especial tienen una esperanza de vida reducida.,Suma de recursos acumulados en el IMSS. Si el trabajador tambin cotiz o cotiza en el IMSS, puede sumar los recursos ahorrados en ese Sistema. As aumentar su saldo final acumulado en su Cuenta Individual y obtendr una mayor pen
30、sin. Salud para pensionados: suma de periodos de cotizacin. Los trabajadores que lleguen a la edad para pensionarse por Cesanta en Edad Avanzada o Vejez, podrn transferir sus periodos de cotizacin no simultneos al IMSS y/o al ISSSTE segn corresponda para el seguro de salud.,Portabilidad entre IMSS e
31、 ISSSTE,Nuevos Beneficios en el Sistema de Cuentas Individuales,En el rgimen anterior esto no era posible, se suspenda el pago de la pensin mientras estaba trabajando. Ahora, se apertura una nueva Cuenta Individual y una vez al ao, se traslada el saldo para incrementar el importe de la pensin, o bie
32、n, se retira en una sola exhibicin el saldo.,Los beneficiarios legales del trabajador, a su fallecimiento, pueden retirar el monto constituido en la Cuenta Individual, en una sola exhibicin, o contratar a su vez una renta vitalicia.,Se garantiza una pensin mnima de $3,034.20, monto que se actualiza
33、anualmente con la inflacin.,Posibilidad de disfrutar una pensin y volver a trabajar cotizando en activo. Artculo 79,Asigna la propiedad de los recursos en la cuenta individual a los beneficiarios del trabajador. Artculo 129,Proteccin a los empleados de menores ingresos. Artculo 92,Caractersticas Gen
34、erales,20,En caso de dictamen de invalidez (accidentes o enfermedades no profesionales), la pensin por invalidez permanente es de 35% del salario bsico. Los requisitos entre ambos regmenes son diferentes:Sistema de Reparto:Se mantiene el requisito del Sistema anterior de al menos 15 aos de cotizacin
35、 para estar protegido. Sistema de Cuentas individuales:El trabajador requiere tres aos de cotizacin para invalidez permanente cinco aos de cotizacin para invalidez temporal. (Arts. 118 y 121),Seguro de Invalidez y Vida,Financiamiento del Seguro del Retiro, Cesanta en Edad Avanzada y Vejez,Las cuotas
36、 y contribuciones obligatorias son iguales en ambos sistemas, y fueron reestructuradas. Solo se increment para el trabajador la aportacin por “retiro, cesanta en edad avanzada y vejez” al pasar del 3.5% al 6.125 del SB. Este incremento es gradual y se aplicar con base en la siguiente tabla:,Ao 2008
37、2009 2010 2011 2012 en adelante,Cuota a cargo del Trabajador 4.025% 4.550% 5.075% 5.600% 6.125%,Se actualiza la pensin una vez al ao, en el mes de febrero, con base en la inflacin (ndice Nacional de Precios al Consumidor). Conserva el servicio mdico. Los trmites para obtener la pensin se hacen a tra
38、vs de Delegaciones regionales y estatales del ISSSTE. Tiene prstamos personales. Recibe el pago de su pensin mensual anticipada el primer da hbil del mes.,Derechos del Pensionado en ambos Sistemas,La Ley del ISSSTE contempla los siguientes derechos del pensionado:,Se le deposita al pensionado el mon
39、to mensual de su pensin en su cuenta bancaria. Tendr que hacer el pase de vigencia (prueba de sobrevivencia). A la muerte del pensionado se transmite la pensin a sus beneficiarios legales. Subcuenta del FOVISSSTE Si no utiliz crdito retira el 100% del monto constituido Si utiliz y no ha terminado de
40、 pagar debe seguir pagando, pero solo hasta un 20% del monto de su pensin Si no lo utiliz, podr solicitar que sea sumado al saldo acumulado en la Cuenta Individual.,La Ley del ISSSTE contempla los siguientes derechos del pensionado:,Derechos del Pensionado en ambos Sistemas,Derecho a 40 das de aguin
41、aldo: Rgimen de Reparto.- Se pagan 20 das en la pensin de diciembre y 20 con la pensin de enero. Sistema de Cuenta Individual.- Podr elegir entre un pago nico al final del ao o bien prorrateado en 12 mensualidades.El pago de la pensin al trabajador est a cargo: Nuevo Sistema de Reparto.- Del Gobiern
42、o Federal a travs del ISSSTE. Sistema de Cuenta Individual.- Con garanta del Gobierno Federal. Con cargo a los recursos de la cuenta individual a travs de la aseguradora que el trabajador elija.,Derechos del Pensionado,La Ley del ISSSTE contempla los siguientes derechos del pensionado:,La ruta del T
43、rabajador para Elegir Rgimen Pensionario,26,Derecho de los trabajadores que les da la Ley del ISSSTE,A que se les reconozcan los periodos cotizados con anterioridad. Conocer el Clculo Preliminar de su Bono de Pensin. Solicitar Revisin del clculo preliminar del bono, cuando considere que su sueldo bs
44、ico al 31 de diciembre del 2006, el tiempo de cotizacin (historia laboral) que sirvi de base del clculo y su edad, son diferentes a los que le son acreditados. Hasta el 15 de abril 2008, sin acreditacin documental. Hasta el 30 de junio 2008, con acreditacin documental. A partir del primero de enero
45、2008, los Trabajadores tendrn seis meses para optar por: El rgimen previsto en el Artculo Dcimo Transitorio, sistema de reparto modificado. La acreditacin del Bono de Pensin del ISSSTE en tu cuenta individual.,La Ruta del Trabajador para elegir Rgimen Pensionario,28,Etapa,Que el trabajador actualice
46、 sus datos,Objetivo,Acciones a realizar por el trabajador,Calendario 2008,Revisar que su informacin sea correcta y completa y en caso contrario, llenar el FORMATO DE ACTUALIZACIN DE DATOS y enviarlo por correo va porte pagado o entregarlo en el rea de personal de su Dependencia o Entidad.,Febrero /A
47、bril 16,Que el trabajador conozca el monto preliminar del Bono de Pensin,Conocer el monto preliminar de su Bono de Pensin y los factores utilizados para su clculo (SB al 31 de diciembre del 2006, tiempo de cotizacin y su edad al 31 de diciembre del 2007) a travs de: Consultar la OFICINA VIRTUAL desd
48、e la pgina de Internet del ISSSTE www.issste.gob.mx, Acudir al rea de personal de su Dependencia Entidad. El Documento de Eleccin le llegar va mensajera a su domicilio o podr obtenerlo de su Dependencia o Entidad.,Enero a Junio,CONOCE,ACTUALIZA,La Ruta del Trabajador para elegir Rgimen Pensionario,E
49、tapa,Que el trabajador ejerza su derecho de opcin a elegir el Rgimen Pensionario,Objetivo,Acciones a realizar por el trabajador,Calendario 2008,Recibir y revisar el Documento de Eleccin en el que se le informa el monto del Bono de Pensin, su nombre y fecha de nacimiento, su SBC al 31 de diciembre de
50、l 2006, tiempo de cotizacin hasta el 31 de diciembre del 2007. El trabajador que considere que alguno de los datos informados en el Documento de Eleccin son incorrectos, debe solicitar y presentar ante la Dependencia o Entidad en que labore, una “Solicitud de Revisin”. El ISSSTE emitir la resolucin respecto de su Solicitud de Revisin, la cual le ser entregada por su Dependencia. De resultar procedente, el Instituto realizar los ajustes en el clculo del Bono de Pensin, emitindole un nuevo Documento de Eleccin.,